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Parlamento Europeo - 1 dicembre 1994
Política de empleo

A4-0056/94

Resolución sobre un plan de acción relativo a la política de empleo para que se adopte en la reunión del Consejo Europeo de Essen durante los días 9 y 10 de diciembre de 1994

El Parlamento Europeo,

-Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en particular sus artículos 2, 3 A, 103, apartado 2, y 118 C,

-Visto el artículo 135 del Reglamento,

-Vista su decisión de 20 de julio de 1994 sobre la creación, composición numérica, mandato y atribuciones de una Comisión temporal sobre el empleo, en particular el párrafo tercero de su apartado 2,

-Vistas las decisiones del Consejo Europeo en sus reuniones de Edimburgo, Copenhague, Bruselas y Corfú,

-Visto el Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo (COM(93)0700) y el Informe de la Comisión sobre el empleo en 1994 (COM(94)0381),

-Vistas sus resoluciones de 2 de diciembre de 1993 sobre las orientaciones generales sobre las políticas económicas de los Estados miembros y de la Comunidad, de 9 de marzo de 1994 sobre el Libro Blanco de la Comisión de las Comunidades Europeas: crecimiento, competitividad, empleo, y de 10 de marzo de 1994 sobre el empleo en Europa,

-Visto el informe de la Comisión Temporal sobre el Empleo y la opinión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial (A4-0056/94),

A.Considerando que los altos niveles de desempleo, los bajos índices de empleo y las disparidades regionales son problemas a los que se enfrentan todos los Estados miembros y que, para resolverlos, es necesario desarrollar políticas comunes convenidas al nivel de la Unión que tomen plena consideración de las necesidades de la cohesión económica y social, así como coordinar las iniciativas de los Estados miembros en este ámbito,

B.Considerando que el trabajo es para todo ciudadano europeo un derecho inalienable que debe incluirse en la futura Constitución de la Unión,

C.Considerando que la problemática del empleo también ha de estudiarse en el marco de la internacionalización de la actividad económica y de que conviene un diálogo constructivo a nivel mundial,

D.Considerando que el actual índice de desempleo en la Unión Europea representa un coste inmenso e inaceptable en términos económicos y humanos que está socavando el tejido social de la Unión,

E.Considerando que, a pesar del nivel económico relativamente elevado de la Unión, sigue aumentando el número de personas que viven por debajo del nivel de la pobreza,

F.Considerando que el Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo establece una estrategia a medio plazo para la Unión y sus Estados miembros con la finalidad de crear 15 millones de empleos nuevos y duraderos, y que el Consejo Europeo de Bruselas lo hizo suyo en su reunión de diciembre de 1993, basándose en él para adoptar un plan de acción,

G.Considerando que los empleos creados por el crecimiento son accesibles a trabajadores con buenos niveles de cualificación y que los empleos destruidos por el aumento de la competitividad son empleos de mano de obra poco cualificada, o de cualificación inadecuada, por lo que es forzoso admitir que esta situación genera un aumento creciente e incesante del desempleo de larga duración, fuente de exclusión de las personas más frágiles, mujeres, trabajadores de más de cincuenta años, minusválidos y jóvenes sin formación,

H.Considerando que el Consejo Europeo decidió en Corfú que este nuevo plan de acción se aprobaría en su reunión de Essen en diciembre de 1994 y que su legitimidad institucional y aceptación pública solamente quedará garantizada con la participación del Parlamento Europeo en su elaboración,

I. PRINCIPIOS GENERALES

1.Reafirma su opinión de que el problema del desempleo en la Unión Europea es uno de los principales desafíos al que debe hacer frente y de que el objetivo de crear como mínimo 15 millones de nuevos empleos viables con el paso de siglo debe constituir una prioridad absoluta;

2.Considera que, si bien el crecimiento económico sostenible de la Unión es una condición necesaria para la creación de empleos nuevos, no es una condición suficiente y está convencido, además, de que la Unión debe emprender reformas estructurales como se indica a continuación para convertir el crecimiento económico en un mayor número de puestos de trabajo;

3.Expresa su convicción de que ésta es la cuestión más urgente puesto que las nuevas tecnologías y los métodos de organización del trabajo no sólo pueden incrementar la capacidad competitiva de numerosas empresas y crear nuevas oportunidades de empleo sino también reducir a corto plazo el empleo en otras empresas; por ello, afirma que los puestos de trabajo creados por el crecimiento no son de la misma naturaleza que los destruidos exclusivamente por el aumento de la productividad. Considerando que el crecimiento puede favorecer la reabsorción de un determinado desempleo, no tendrá ningún efecto sobre el desempleo de larga duración que genera la exclusión. El crecimiento no puede ser un pretexto para frenar la lucha contra la exclusión sino un medio para reforzar esta lucha;

4.Reconoce que el éxito económico de la UE está vinculado al comercio global, y que la pobreza y el endeudamiento en los países en vías de desarrollo tienen una grave repercusión en la capacidad de la UE para exportar mercancías y crear puestos de trabajo en los Estados miembros; para conseguir este objetivo, es necesario desarrollar políticas de apoyo a los países en vías de desarrollo, así como incluir en los acuerdos comerciales internacionales y en la nueva Organización Comercial Mundial (OMC) una cláusula ambiental y una cláusula social basadas en el respeto de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y que como mínimo contenga normas referentes al trabajo de menores, al derecho de asociación y a la prohibición de trabajos forzosos;

5.Mantiene que son necesarias unas políticas estructurales más efectivas para crear puestos de trabajo y que estas medidas deben estar acompañadas por la participación activa de los interlocutores sociales y apoyadas por un soporte financiero adecuado fundado, particularmente, en asociaciones de carácter privado/público; confirma la necesidad de desarrollar el diálogo social, tal como queda reflejado en el Protocolo de Maastricht, dado que lo considera fundamental para aplicar con éxito las medidas necesarias que hagan posible la creación de empleo;

6.Considera importante la coordinación a nivel de la UE de la política monetaria y financiera, sobre todo desde la perspectiva de la política de empleo, subraya el incremento inusualmente elevado de los tipos de interés a largo plazo al inicio de un movimiento coyuntural ascendente influye negativamente en las decisiones de inversión, y aboga por una clara disminución de los tipos de interés básicos, a fin de contener el aumento de los tipos de interés en los mercados de capitales; para ello, sería deseable que los bancos centrales coordinaran sus políticas; censura la falta de transparencia y de legitimación sociopolítica de las instituciones monetarias, cuyas decisiones repercuten en la política financiera y salarial;

7.Comparte la indicación del Consejo Europeo de Edimburgo según el cual la Comunidad y los Estados miembros deben: "sostener los esfuerzos tendentes a promover las tecnologías limpias, los productos y los procesos de producción industrial no contaminantes", así como la óptica del "desarrollo ecológicamente sostenible" propuesta en su resolución de 5 de abril de 1992 sobre los resultados de las Conferencias Intergubernamentales; expresa su convicción de que la competitividad futura de Europa se garantizará únicamente si los gobiernos y las instituciones europeas se unen ante el desafío del desarrollo sostenible desde el punto de vista ambiental, social y económico, y acogería con satisfacción el desarrollo de un programa de medidas basado en el capitulo 10 del Libro Blanco;

8.Espera del Consejo que no busque la solución para el problema del desempleo en un desmantelamiento sistemático de las disposiciones que regulan la seguridad social y la protección de los trabajadores e insta al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros a que pongan en marcha, en los ámbitos de su competencia, un programa de renovación económica basado en los puntos siguientes: refuerzo de la cooperación entre los Estados miembros en los ámbitos económico y monetario que garantice la realización del mercado interior, para que se restablezca la credibilidad de la unión monetaria; supresión de los obstáculos aún existentes que impiden la plena realización del mercado interior, para restablecer la competitividad de la economía europea; mayor equilibrio entre la imposición fiscal del trabajo, del capital y del medio ambiente; mayor apoyo a las pequeñas y medianas empresas (PYME) a través de una legislación apropiada y de facilidades fiscales que beneficien sobre todo a las empresas de reciente creación y

que fomenten la creación de nuevos puestos de trabajo; créditos para la investigación y el desarrollo que alcancen el mismo nivel que en otros países industrializados; mayores inversiones productivas y una política comercial activa;

9.Reafirma su adhesión al modelo social europeo que busca no sólo eficiencia del mercado, que ha de tener en cuenta las exigencias de un desarrollo sostenible, sino también un alto nivel de empleo y protección social eficaz, y considera que, mediante el establecimiento de objetivos políticos y sociales dirigidos hacia un nuevo modelo de desarrollo que se base en esos criterios, los Estados miembros ayudarán a los ciudadanos europeos a hallar la confianza que necesitan para superar la crisis;

II. APLICACION DEL LIBRO BLANCO

10.Reafirma su apoyo a la estrategia a medio plazo expuesta en el Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo, en el que se combinan los elementos esenciales que necesita la Unión para salir de su anómala situación de desempleo; se propone resistir cualquier intento de socavar esta estrategia; expresa su convicción de que todas las políticas deben seguir evaluándose con arreglo a sus repercusiones actuales o futuras sobre la competitividad, el crecimiento económico y el empleo; cree que, a pesar de los signos de recuperación económica, sigue habiendo una demanda y unos recursos insuficientes para alcanzar el objetivo del Libro Blanco de crear 15 millones de puestos de trabajo a finales de siglo;

11.Considera que los proyectos de redes de infraestructura se han de evaluar y controlar con cuidado por lo que respecta a su repercusión ambiental, de conformidad con lo previsto en el Convenio ESPOO, del que la Comunidad Europea es parte integrante;

12.Se remite a sus Fondos estructurales, a su Fondo de cohesión y a la concesión de préstamos por parte del Fondo Europeo de Inversiones (FEI) y espera que los Estados miembros utilicen de manera eficaz para la creación de nuevos puestos de trabajo y actividades los recursos financieros puestos a su disposición y que coordinen también con eficacia las medidas financiadas de esta manera; comprende las dificultades a que se enfrentó el Consejo al establecer la limitación de créditos para el FEI; no obstante, expresa su preocupación por el hecho de que la limitación de créditos fijada en 8.000 millones de ecus sea inferior al importe necesario para cumplir los objetivos de empleo del Libro Blanco; opina que el FEI ha de estar dotado con más recursos sin por ello comprometer las políticas encaminadas a cumplir los criterios de convergencia de Maastricht;

13.Expresa su preocupación por el hecho de que esta decisión invalide el instrumento mediante el cual podrían combinarse las inversiones en infraestructuras, entre otras, necesarias para la cohesión económica y social con la observancia de los criterios de convergencia de Maastricht; señala que, para evitar las tendencias negativas para el empleo en el mercado internacional de capitales, se ha de llevar a cabo una política coherente de estabilidad y una política presupuestaria sólida; pide que la UE desarrolle una iniciativa diplomática con vistas a un nuevo acuerdo monetario internacional;

III. UN NUEVO PLAN DE MEDIDAS CONTRA EL DESEMPLEO PARA EL CONSEJO DE ESSEN

a) Medidas en los Estados miembros

14.Afirma que los siete sectores de política de mercado laboral acordados en Bruselas deben seguir constituyendo el marco general para las medidas de los Estados miembros; considera como prioritarios a corto plazo, en el marco de los siete sectores acordados en Bruselas, la cualificación profesional de los trabajadores para superar la adaptación a la constante mutación económica y tecnológica y reducir el riesgo de desempleo; opina asimismo que, además de los siete sectores, deben acentuarse sensiblemente las políticas para mejorar el entorno empresarial de las PYME, así como medidas sobre la organización del tiempo de trabajo, sobre el desempleo a largo plazo y sobre la inversión en recursos humanos: instrucción, educación, formación permanente y cualificación profesional; subraya la importancia de la enseñanza, la formación profesional, la formación permanente y el perfeccionamiento profesional como elementos clave para mejorar las oportunidades de empleo;

15.Estima que los Estados miembros tienen que realizar aún más esfuerzos para reducir los costes laborales, especialmente los costes no salariales del trabajo, particularmente en el extremo menos cualificado del mercado laboral, donde estos costes son desproporcionadamente elevados, mediante el desplazamiento de la carga fiscal y de las contribuciones de los empresarios, de manera que no se reduzcan los niveles actuales de protección social; pide que se establezca un régimen europeo de financiación alternativa; que, si procede, pueda acordarse entre los interlocutores sociales una diferenciación por sectores;

16.Opina asimismo, no obstante, que la protección social y los sistemas fiscales deben funcionar de manera que se mantengan los incentivos del trabajo y se desincentive la economía sumergida; considera también que debe utilizarse racionalmente el gasto público y que, por tanto, debe lucharse eficientemente contra el abuso de prestaciones, de trabajo clandestino y el empleo ilegal;

17.Opina que tales modificaciones pueden perseguirse a través de una política fiscal -evocada correctamente en el Libro Blanco sobre desarrollo, competitividad y empleo- que desvíe la carga tributaria del empleo a factores como el medio ambiente y los recursos naturales y energéticos; opina que ha de recurrirse a nuevas fuentes para la financiación de la seguridad social a fin de aligerar los costes salariales indirectos;

18.Expresa su convicción de que hay un margen amplio en la Unión Europea para la creación de puestos de trabajo en diversos sectores emergentes de empleo, especialmente el de sanidad y otros servicios de asistencia, medio ambiente, ocio, turismo, artesanado, cultura, agricultura ecológica, servicios empresariales, comerciales y audiovisuales, así como para el fomento de la economía social; y nuevas iniciativas, como la creación de "bonos de servicio", según se indica en el Libro Blanco; opina que la concesión de prioridad a esos sectores, incluso en ámbitos que tradicionalmente han estado situados dentro del sector público, impulsará la creación de nuevos puestos de trabajo, tanto en el sector público como en el privado;

19.Subraya la importancia de garantizar que las nuevas iniciativas comunitarias se apliquen inmediatamente, y hace especial hincapié en el potencial para la creación de puestos de trabajo de las iniciativas LEADER y URBAN destinadas a las pequeñas y medianas empresas;

20.Reconoce que muchos de los nuevos puestos de trabajo que se necesitan en la Unión, incluyendo los citados más arriba, podrán ser creados por pequeñas y medianas empresas; opina, no obstante, que los Estados miembros necesitan mejorar en mayor medida el entorno empresarial de las PYME simplificando las reglamentaciones, garantizando un trato fiscal más favorable y contribuyendo a su acceso a los mercados de la contratación pública y a las nuevas tecnologías; una medida especialmente favorable sería la reducción del IVA en los servicios de trabajo intensivo, por ejemplo, mediante la ampliación del Anexo H de la Directiva 92/77/CEE;

21.Reitera su punto de vista de que una flexibilidad positiva en el mercado laboral y particularmente en relación con el tiempo de trabajo y la organización del mismo ha de redundar en beneficio tanto de los empresarios como de los trabajadores; insiste en que unos modelos de trabajo más flexibles han de ir acompañados de medidas de seguimiento, por ejemplo, en el ámbito de la acogida de los niños y de las garantías de una protección social equivalente; en este contexto hace hincapié en que se aprueben con prioridad las directivas referentes al destino temporal de trabajadores, las licencias parentales, el trabajo a tiempo parcial y temporal y el trabajo interino;

22.Observa que según el nuevo Informe sobre el empleo en Europa, casi 9 millones de trabajadores en la Unión trabajan por término medio más de 48 horas semanales y opina que hay un margen para la creación de empleo si llega a reducirse el período medio de trabajo; expresa su convicción de que la distribución del trabajo disponible entre más personas puede suponer una importante contribución a la creación de nuevos puestos de trabajo y a reducir el número de despidos; hace un llamamiento a los interlocutores sociales, a los Estados miembros y a la Unión a que tomen medidas de fomento del trabajo a tiempo parcial, interrupción de la carrera profesional, licencias de formación, descanso sabático y otras formas de reducción del tiempo de trabajo que, sin embargo, no deben poner en peligro la posición competitiva de las empresas ni la protección social de los trabajadores;

23.Observa con preocupación el desequilibrio entre la demanda y la oferta de mano de obra cualificada; insta a los Estados miembros a que desarrollen sus sistemas de formación inicial y continuada y a que garanticen que estos sistemas puedan adaptarse a los cambios del mercado de trabajo;

24.Opina que las autoridades locales desempeñan una función decisiva en la creación de nuevos puestos de trabajo, y han de ser juzgadas en función de su capacidad de crear puestos de trabajo en su ámbito de jurisdicción; por otra parte, es oportuno que en el fomento de un desarrollo local, las instituciones competentes consulten de forma permanente a los interlocutores sociales, con el fin de favorecer una mejor colaboración y participación en la toma de decisiones;

25.Opina que la Unión Europea y los Estados miembros deben crear las condiciones para garantizar el acceso de los jóvenes al trabajo o a unos tipos de formación profesional adecuados, eficaces y reconocidos, y observa que se necesita una oferta variada de ciclos de formación y la adopción de medidas de formación que respondan a distintas exigencias, y pide que se ofrezca a todos los jóvenes y adultos que deseen estudiar la posibilidad de perfeccionar su cualificación profesional, así como de adaptarla a los cambios producidos por el desarrollo tecnológico; espera, por lo tanto, del Consejo que aplique lo antes posible los programas Leonardo y Sócrates en la versión aprobada por el Parlamento Europeo y pide a los Estados miembros que den prioridad a las acciones dirigidas a los jóvenes especialmente vulnerables al riesgo de desempleo; pide a la Comisión que se base en propuestas relativas a un programa expuestas en el Libro Blanco;

26.Pide a los Estados miembros que desarrollen activamente la infraestructura social y del mercado de trabajo, con objeto de responder de forma positiva a la transformación de la función que desempeñan los sexos en la sociedad, y, en particular, que identifiquen las barreras vinculadas al sexo, en relación con el cuidado de los niños, los impuestos, la seguridad social y la legislación laboral (por ejemplo, acciones encaminadas a personalizar los impuestos, medidas de seguridad social, etc.);

27.Destaca que en ningún caso se pueden menoscabar los principios de igualdad de oportunidades en el mercado laboral y de igualdad de trato para hombres y mujeres ni la política de igualdad de oportunidades;

28.Insta a que se emprendan nuevas acciones positivas orientadas a la integración en el mercado laboral de las personas afectadas de una minusvalía;

b) Medidas que debe emprender la Unión

29.Expresa su convicción de que la imposición fiscal del trabajo ha de ser reducida, en particular por lo que se refiere a los ingresos más bajos; en este contexto destaca que la reducción substancial de los costes no salariales en los Estados miembros depende de la aprobación a nivel europeo de medidas compensatorias, especialmente en el ámbito de los impuestos medioambientales, los impuestos sobre el consumo y los impuestos sobre el patrimonio; insiste ante el Consejo para que éste asuma su responsabilidad a este respecto;

30.Opina que los Estados miembros deben desarrollar un proceso claro de planificación de acciones, tanto dentro como entre los Estados miembros, para llevar a la práctica los objetivos de los sectores mencionados y en otros sectores convenidos de la política de mercado de empleo y las estrategias locales de desarrollo; cree que deben establecerse criterios sociales y económicos, que reflejen varios enfoques y problemas, para evaluar el progreso, a través de los instrumentos estadísticos apropiados, de las políticas de los Estados miembros sobre la base de un procedimiento informativo regular; las acciones de los Estados miembros deben complementarse mediante acciones de acompañamiento realizadas por la Comisión en los casos en que ello pueda añadir valor a las políticas nacionales;

31.Pide al Consejo Europeo que desarrolle iniciativas, en ejecución del capítulo 10 del Libro Blanco y por analogía con sus iniciativas en el ámbito de las redes transeuropeas y de la sociedad de la información, para la creación de nuevos puestos de trabajo en el marco de un modelo de sociedad basado en el desarrollo sostenible y capaz de mejorar en la Unión Europea la calidad de vida y las oportunidades de empleo de todas las personas, pero sobre todo de la mujer; pide al Consejo Europeo que encargue a la Comisión la elaboración de un programa de acción en este ámbito que incluya los aspectos financieros y ambientales del mismo;

32.Observa asimismo que el apartado 2 del artículo 103 del Tratado CE determina que "el Consejo, por mayoría cualificada y sobre la base de una recomendación de la Comisión, elaborará un proyecto de orientaciones generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Comunidad"; insta a la Comisión a que dé prioridad a la formulación de unas nuevas directrices enfocadas a la creación de empleo en el contexto de la recuperación económica;

33.Pide que se tomen medidas de refuerzo de la cohesión económica y social de la Unión Europea y que se apoye el esfuerzo de convergencia real de los Estados miembros menos desarrollados; pide al Consejo que convenza a los Estados miembros para que los recursos de los Fondos estructurales se utilicen plena y adecuadamente;

34.Pide que el Consejo y la Comisión elaboren una contabilidad europea con el fin de disponer de un cuadro global de la economía europea y de agregados económicos comunes que permitan coordinar con eficacia las políticas económicas de los Estados miembros;

35.Insiste en que se incrementen de forma suficiente los límites de endeudamiento de la Unión Europea y/o del Fondo Europeo de Inversiones para posibilitar la financiación adecuada de los proyectos de infraestructura transeuropea e insta al establecimiento de las asociaciones públicas/privadas para financiar estos proyectos; considera que el FEI ha de estar en condiciones de intervenir en favor de las PYME para constituir consorcios de garantía para el acceso al crédito y ello con el fin de fomentar y apoyar el desarrollo de servicios reales a las PYME que favorezcan la descentralización de los instrumentos de acceso al mercado de los accionistas; insta al Consejo Europeo de Essen a que preste su apoyo a estas participaciones en el capital de pequeñas y medianas empresas como dimensión principal de las actividades de un FEI en expansión;

36.Aboga por una mayor coordinación de la política económica en el seno de la UE y por una reforma de la cooperación en los ámbitos de la investigación y el desarrollo, para que pueda cuajar la dimensión europea de la política industrial; aboga por una toma de decisiones fluida en el ámbito de la política industrial y por una iniciativa a nivel de la UE orientada a crear un marco propicio para la innovación industrial sobre todo en el ámbito de la informática;

37.Subraya la importancia de EURES y otras iniciativas europeas destinadas a la realización de un mercado laboral transfronterizo, en particular en zonas fronterizas dotadas de una movilidad profesional (potencialmente) elevada; destaca en este contexto los muchos obstáculos que ponen trabas a la movilidad profesional transfronteriza y especialmente la sanción fiscal del trabajo transfronterizo;

c) Procedimientos de control y de seguimiento

38.Insta encarecidamente al Consejo a que apoye a la Comisión para que incluya en el próximo programa de trabajo, y en los programas de los siguientes años, una exposición detallada de las previsiones generales de crecimiento del empleo, así como una relación de las provisiones de fondos en que puedan apoyarse;

39.Propone que la Comisión asuma el control global del plan de acción en colaboración con los Consejos de Asuntos Sociales y ECOFIN, y que presente un informe de evaluación intermedio sobre la ejecución del plan de acción al Consejo Europeo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social y a los interlocutores sociales;

40.Otorga mandato a su Presidente para que presente la siguiente declaración del Parlamento Europeo al Consejo Europeo de Essen:

"No puede haber prioridad más importante que la aplicación del Libro Blanco.

Los 15 millones de nuevos puestos de trabajo, como acordaron el Consejo Europeo, la Comisión y el Parlamento Europeo, se crearán solamente si la Unión Europea y sus Estados miembros se comprometen a:

-utilizar la presente recuperación para crear un crecimiento y un empleo sostenibles y para reafirmar y aplicar las estrategias establecidas en el Libro blanco;

-fortalecer y desarrollar el FIE u otros instrumentos apropiados a fin de fomentar las inversiones privadas y públicas para mejorar la capacidad de producción e impulsar la infraestructura económica y social; invita al Consejo a que presente un plan específico de financiación de las inversiones definidas en el Libro Blanco (11 palabras suprimidas);

-crear una flexibilidad positiva desarrollando una política de empleo activa, acompañada de una política voluntaria de inserción para las personas en dificultades, basada en la inversión sustancial en recursos humanos para una sociedad altamente cualificada y flexible; invita al Consejo a que establezca los objetivos para los esfuerzos comunes de los Estados miembros;

-intensificar las políticas y programas de lucha contra el paro juvenil y de larga duración, e integrar a los minusválidos y los marginados sociales en el mercado laboral; espera que el Consejo presente al Parlamento unas propuestas adecuadas;

-transformar la economía actual en una economía más sostenible, ideando reformas en la imposición fiscal con vistas a lograr un mayor equilibrio, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente; (espera que el Consejo confiera mandato a la Comisión para negociar propuestas de mejoras sustanciales antes de finales de la década);

-apoyar una iniciativa destinada a nuevas políticas para estabilizar los mercados financieros y pedir una mejor coordinación de las diferentes políticas.

No podemos correr el riesgo de decepcionar a nuestros pueblos incumpliendo esta promesa.

Los Estados e Instituciones de nuestra Europa serán calificados según el éxito que obtengan al enfrentarse con este desafío."

41.Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, al Comité Económico y Social y a los Gobiernos de los Estados miembros.

 
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