RESOLUCION SOBRE LA CONSTITUCION DEL TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL PERMANENTE
El Parlamento Europeo,
A. Considerando la multiplicación de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad perpetrados en un gran número de países y que permanecen impunes,
B. Considerando la necesidad y la urgencia de crear un primer núcleo de justicia internacional rigurosamente objetiva e imparcial para juzgar por encima de todo los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad, cualquiera que sea el lugar en que se cometan,
C. Subrayando el significativo progreso realizado en este sentido gracias a la creación y a los primeros actos concretos de los Tribunales internacionales ad hoc sobre la antigua Yugoslavia y Ruanda,
D. Congratulándose ya de que tanto en los estatutos de los Tribunales ad hoc como en el proyecto de estatuto del Tribunal Permanente no esté prevista la pena capital,
E. Considerando que la 50ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas ha decidido formalmente en el otoño de 1995 encargar a un Comité preparatorio que complete los trabajos para la definición del estatuto del tribunal internacional, con objeto de dar la posibilidad a las Naciones Unidas de convocar la conferencia constitutiva del Tribunal Penal Internacional Permanente,
F. Considerando que el Comité preparatorio clausuró su última reunión el 30 de agosto pasado solicitando a la Asamblea General de las Naciones Unidas que convoque la Conferencia Diplomática Plenipotenciaria antes de que concluya el año 1998,
G. Considerando que, a pesar de este resultado positivo, obtenido ante todo gracias a la determinación de un gran número de Estados miembros de la Unión Europea, aún subsiste una enérgica oposición por parte de determinados países, así como reservas por parte de dos Estados miembros de la Unión Europea, y que es más urgente que nunca superarlas para garantizar la consolidación definitiva de una jurisdicción penal internacional,
H. Considerando que el Gobierno italiano se ha declarado dispuesto ya a acoger a la Conferencia Diplomática Plenipotenciaria para la constitución del tribunal,
1. Insta solemnemente al Consejo y a los Estados miembros a que lleguen lo antes posible a una posición común respecto a la necesidad de constituir el Tribunal Penal internacional permanente y a que actúen de común acuerdo durante la 51ª Asamblea General de las Naciones Unidas con objeto de que se renueve el mandato del Comité preparatorio y se adopte la decisión de convocar una Conferencia Diplomática Plenipotenciaria para la constitución del Tribunal Penal internacional antes de que concluya el año 1998;
2. Insta por consiguiente a la Presidencia irlandesa y a la Comisión, en lo que se refiere a sus competencias, a que pongan en juego todos los esfuerzos necesarios para que la Unión pueda expresarse con una sola voz en este importante asunto;
3. Subraya la necesidad de que la Unión participe, desde el punto de vista presupuestario, en los esfuerzos de constitución del tribunal permanente;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros.