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Partito Radicale Centro Radicale - 15 aprile 1999
PE/Myanmar/resolución

B4-0375, 0384, 0389, 0399, 0410 y 0416/99

Resolución sobre Myanmar

15/04/99

El Parlamento Europeo,

- Vistas sus resoluciones anteriores sobre Myanmar,

A. Consternado por el fallecimiento en el Reino Unido de Michael Aris, esposo de Aung San Suu Kyi,

B. Deplorando la decisión del Gobierno de Myanmar de no conceder un visado de entrada por razones humanitarias al esposo de Aung San Suu Kyi para que visitara a su mujer cuando

estaba ya gravemente enfermo,

C. Tomando nota de la declaración del Consejo en la que se condena esta actitud inhumana, que refleja una flagrante falta de respeto por los derechos humanos fundamentales por parte

del Consejo de Estado para la Paz y el Desarrollo (CEPD),

D. Deplorando que se impida el libre funcionamiento de los partidos políticos y que la Secretaria General de la Liga Nacional para la Democracia (LND), premio Nobel de la Paz y

premio Sajarov, Aung San Suu Kyi, siga de hecho bajo arresto domiciliario;

E. Profundamente preocupado por la persistencia y la extrema gravedad de las violaciones de los derechos humanos perpetradas por las autoridades militares en Myanmar, especialmente

por la violación de las leyes humanitarias por el Ejército de Myanmar en áreas de minorías étnicas,

F. Considerando que unidades del Ejército del CEPD y autoridades locales han ordenado recientemente el traslado de poblados de los karen y el uso de sus habitantes para trabajos forzados;

G. Condenando las recientes detenciones y dimisiones forzosas de cientos de representantes democráticos y militantes de la LND;

H. Considerando que el 16 de septiembre de 1998, 250 diputados al Parlamento Popular (el 54,6% de los 485 diputados) confirieron mandato a la LND y a representantes de cuatro partidos para que constituyeran el Comité de representación del Parlamento Popular (CRPP) para que actuara en nombre de todo el Parlamento, al que nunca se ha permitido reunirse,

I. Destacando que Aung San Suu Kyi ha pedido repetidamente a todos los Parlamentos democráticos del mundo que reconozcan formalmente al Comité y apoyen su trabajo;

J. Considerando que el Parlamento danés y el Senado belga ya han expresado su apoyo al CRPP,

K. Señalando que el Comisión Mixta de Cooperación ASEAN-UE lleva más de un año sin reunirse a consecuencia de discrepancias sobre la incorporación de Myanmar,

1. Expresa sus más hondas condolencias a Aung San Suu Kyi;

2. Denuncia la denegación por las autoridades de Myanmar del visado de entrada a Michel Aris, lo que constituye una prueba más de la actitud del Gobierno de Myanmar en relación

con los derechos humanos fundamentales;

3. Reitera su condena de la dictadura militar de Myanmar y de todas las violaciones de los derechos humanos perpetradas por el CEPD;

4. Condena las reiteradas violaciones de los derechos humanos cometidas contra grupos étnicos dentro de Myanmar, el actual traslado forzoso de poblados de los karen y el uso de

sus habitantes para trabajos forzados;

5. Pide de nuevo al Gobierno de Myanmar que garantice los derechos humanos fundamentales del pueblo de Myanmar, que libere a todos los presos políticos y que permita la libre circulación de Aung San Suu Kyi;

6. Reitera su opinión de que el único camino para que Myanmar vuelva a ser reconocida como integrante de la comunidad internacional y para llegar a una solución a la profunda

crisis del país debe iniciarse con un diálogo político significativo entre las autoridades de Myanmar, la oposición democrática y representantes de las minorías étnicas;

7. Expresa su reconocimiento y su apoyo al CRPP e insta a sus comisiones competentes a que entablen un diálogo constructivo con los parlamentarios electos de Myanmar;

8. Reitera su apoyo a la decisión del Consejo de no aceptar la participación de Myanmar en las reuniones ASEAN-UE y ASEM hasta que se produzcan mejoras significativas de la situación de los derechos humanos y la democracia en Myanmar;

9. Pide al Consejo que garantice la aplicación estricta de la actual posición común de la PESC sobre Myanmar, en particular por lo que se refiere a la prohibición de los visados de entrada y pide además a los Estados miembros de la UE que se abstengan de conceder visados de tránsito a personal del CEPD y del Ejército;

10. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a la ASEAN, al CRPP y al Gobierno de Myanmar.

 
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