B4-0772, 0778, 0792 y 0816/96
Resolución sobre la grave situación de Wei Jingsheng y las violaciones de los derechos humanos en China
El Parlamento Europeo,
- Vista la Comunicación de la Comisión titulada "Una política a largo plazo para las relaciones China-Europa" (COM(95)0279),
- Recordando sus anteriores Resoluciones sobre la situación en China,
A. Considerando que en los campos de trabajo y de detención, conocidos con el nombre de laogai, centenares de miles de personas se encuentran encarceladas en condiciones inhumanas,
B. Considerando que, en virtud de las leyes en vigor en el territorio de la República Popular de China, 68 delitos, entre los cuales se encuentra la evasión fiscal, pueden ser castigados con la pena de muerte,
C. Considerando que, como lo demuestran los informes de diferentes organizaciones internacionales, se multiplican en China las ejecuciones,
D. Considerando que el disidente chino Wei Jingsheng se encuentra en la actualidad detenido y en condiciones sanitarias especialmente preocupantes,
E. Considerando que el caso de Wei Jingsheng plantea cuestiones fundamentales relativas a los derechos inalienables, como la libertad de expresión y de opinión,
F. Considerando que el proceso de Wei Jingsheng se ha desarrollado al margen de cualquier criterio de justicia,
G. Considerando que la tortura y los malos tratos siguen estando extendidos y siendo sistemáticos en China en lugares como las comisarías de policía, los centros de detención, los campos de trabajo y las cárceles,
H. Considerando que el Consejo de Asuntos Generales del 4 de diciembre de 1995 declaró que los objetivos básicos de la UE en sus relaciones con China eran, entre otros, el fomento de la democracia, unas estructuras basadas en el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos,
1. Condena con la mayor firmeza las continuas y crecientes violaciones de los derechos humanos perpetradas en el territorio de la República Popular de China;
2. Pide la liberación de todos los detenidos por delitos de opinión y la clausura inmediata de los laogai;
3. Pide al Gobierno de la República Popular de China que libere inmediatamente a Wei Jingsheng y que se asegure de que puede recibir atención médica adecuada;
4. Pide al Gobierno de la República Popular de China que proceda sin demora a un nuevo examen jurídico independiente del caso de Wei Jingsheng que permita la plena participación de expertos jurídicos reconocidos internacionalmente;
5. Pide al Gobierno chino que permita a las organizaciones humanitarias internacionales el acceso a las personas detenidas en las cárceles chinas;
6. Pide a la Comisión que le presente en breve plazo un informe sobre la política que lleva a cabo en la actualidad la Unión con respecto a China, concediendo una atención especial a la cuestión del respeto de los derechos humanos y de los derechos fundamentales;
7. Opina que la Unión Europea tiene que estar dispuesta a hacer un mayor uso de las presiones, incluidas las sanciones, en las relaciones comerciales y de negocios con China;
8. Pregunta a la Comisión si las violaciones de los derechos humanos en China tendrán repercusiones en la solicitud de China de convertirse en miembro de la Organización Mundial del Comercio;
9. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos de los Estados miembros, así como al Gobierno de la República Popular de China.