El Parlamento Europeo,
1. Subraya que la Declaración final de 30 de noviembre de 1990 aprobada por la Conferencia de los Parlamentos de la Comunidad Europea, compuesta por 12 parlamentos nacionales de los Estados miembros y por el Parlamento Europeo, ha definido, por amplia mayoría, las necesidades específicas para el necesario refuerzo de la legitimidad democrática de la Comunidad y de su transformación en Unión europea de tipo federal;
2. Observa que el Consejo Europeo de Roma de los días 14 y 15 de noviembre de 1990 ha retomado los asuntos debatidos por la Conferencia de los Parlamentos - fijando sobre esta base el orden del día de la Conferencia Intergubernamental sobre la unión Política - lo que podrá abrir el camino hacia el establecimiento de una verdadera Unión europea, si las conclusiones de la Conferencia Intergubernamental respetan el compromiso solemne contraído por el Consejo Europeo ante los ciudadanos y dándole pleno efecto;
3. Se congratula del apoyo de varios Gobiernos en lo referente al principio de codecisión entre el Parlamento y el Consejo y, en particular, de las propuestas incorporadas a la reciente declaración común italo-alemana, pero constata que otras intervenciones en las Conferencias Intergubernamentales proponen un refuerzo considerable de la cooperación puramente intergubernamental y, por lo tanto, una agravación espectacular del déficit democrático a nivel nacional y comunitario;
4. Considera que la mejora del poder de control parlamentario de las actividades de la Comisión, en especial a través de los procedimientos de investigación, peticiones y aprobación de la gestión, no debería servir de pretexto para evitar la indispensable reabsorción del déficit en cuanto a la democracia y eficacia de los procedimientos legislativos y de nombramiento de la Comisión;
5. Expresa su profundo desacuerdo con la tesis según la cual democracia y eficacia constituyen polos opuestos y recuerda que la eficacia está condicionada por la importancia del componente democrático en el procedimiento de toma de decisiones a nivel nacional y a nivel comunitario; recuerda, además, que el retraso registrado en algunos asuntos se debe, practicamente en todos los casos, al Consejo;
8. Insta a los Parlamentos de los Estados miembros a seguir el ejemplo de la Cámara de los Diputados italiana pidiendo a sus Gobiernos que respeten las exigencias contenidas en la Declaración final de Roma, así como a anunciar que no autorizarán la ratificación de los resultados de las Conferencias Intergubernamentales sino después de su aprobación por el Parlamento Europeo;
9. Anuncia desde ahora que rechaza cualquier resultado de dichas conferencias que no aplique los principios anteriormente enunciados;