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Agora' Agora - 30 giugno 1991
PROPUESTA DE RESOLUCION DEPOSITADA EN EL SENADO Y EN LA CAMARA DE LOS REPRESENTANTES BELGAS RELATIVA A QUE EL PARLAMENTO EUROPEO PARTICIPE EN EL PROCESO DE MODIFICACION DE LOS TRATADOS DE PARIS Y DE ROMA

El Senado,

- temiendo que el Parlamento europeo, originado por elecciones directas, no esté de ninguna manera asociado a la prosecución del proceso de integración y de democratización de la Comunidad europea;

- considerando que es indispensable en una Comunidad de derecho, que el órgano representativo de los ciudadanos no puede ejercer influencia alguna sobre la elaboración de la ley fundamental (Constitución) formada por los tratados de Roma y de París y los textos modificadores de los mismos;

- Decide no aprobar los textos modificadores de los tratados de París y de Roma que preparan actualmente las conferencias intergubernamentales, a no ser que no se aprueben antes (de todo) por el Parlamento europeo:

- Solicita al Gobierno que informe sobre esta decisión a los demás miembros del Consejo de Ministros europeos.

(depositada por M. Dierickx y consortes el 27 de marzo de 1991).

La Cámara de Representantes,

por propuesta del Comité encargado de las cuestiones europeas;

A. Considerando el estado avanzado de las discusiones en las Conferencias intergubernamentales sobre la Unión política, económica y monetaria;

B. Considerando las resoluciones del Parlamento europeo en la Unión económica y monetaria del 10 de octubre de 1990 (informe Herman) y sobre las Conferencias Intergubernamentales en el cuadro de la estrategia del Parlamento europeo para la Unión europea (informe Martin) del 22 de noviembre de 1990;

C. Considerando las resoluciones votadas por la Comisión de Asuntos Exteriores y Europeas de la Cámara de diputados italiana el 20 de noviembre de 1990;

D. Considerando la declaración final de la Conferencia de los Parlamentos de la Comunidad europea del 30 de noviembre de 1990;

1. decide ratificar los resultados de las dos Conferencias intergubernamentales sobre la Unión económica y monetaria sólo cuando el Parlamento europeo haya emitido un parecer conforme a dichas cuestiones;

2. considera en todo caso inaceptable todo resultado que tenga por efecto paralizar o hipotecar la prosecución de la evolución hacia una Unión europea de tipo federal por la utilización respectiva de mecanismos intergubernamentales y por una concentración de poderes en las manos del Consejo europeo.

(Propuesta depositada por M. De Gucht, abril de 1991).

 
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