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Verde i Aldea Josep - 26 ottobre 1994
MEP*MPE - Verde i Aldea (PSE).

Señor Presidente, quienes analizan actualmente la evolución de los derechos humanos fundamentales destacan una paradoja evidente: en el momento de la proclamación de estos derechos -especialmente en el siglo XVIII- aparece al propio tiempo una noción superadora de los derechos fundamentales, la noción de ciudadano, que incorpora a estos derechos básicos unos derechos políticos a través de los cuales participa en la vida pública. Sin embargo, y curiosamente, la aparición de la ciudadanía y de los derechos del ciudadano lleva consigo una limitación al establecerse una diferencia clara entre el nacional y el extranjero. La aparición del ciudadano comporta la aparición del nacional frente al extranjero. El nacional, con todos los derechos, y el extranjero, que los ve reducidos y no participa en la vida pública.

La Unión Europea y las Comunidades, desde el principio, han tenido como meta fundamental, respecto de las personas, la supresión de esta diferencia entre el nacional y el extranjero. La libre circulación de personas, la libertad de establecimiento, etc. van en este sentido.

Faltaba un elemento importante y este elemento importante era el de la ciudadanía europea. Afortunadamente, esta noción, no ya como derecho de ciudadanos menores, sino el concepto mismo de ciudadanía, por lo tanto, de titular de derechos y obligaciones en el ámbito político, aparece recogida en el Tratado de la Unión. Por mi parte, me congratulo de que haya sido precisamente el Gobierno español el impulsor de esta noción. Sin embargo, corremos el peligro de que una vez hecha la proclamación, aceptada por todo el mundo con gran satisfacción, llegado el momento de la realidad, cuando se trata de aplicar esta condición de ciudadanía, nos encontremos con extraordinarias restricciones.

El texto que se ha presentado en este Parlamento y que el Parlamento ha discutido en la Comisión de Asuntos Jurídicos es un texto que presenta algunas de estas características limitativas. Debo decir que en el ejercicio de consulta que estamos haciendo corremos el peligro de que estemos trabajando en el vacío, y siento decirlo, porque en este mismo momento el Consejo de Ministros y algunos Estados miembros ya han anunciado, unos, que no la aplicarán en las próximas elecciones; otros, que tienden a endurecer las condiciones trasladando a nivel local lo que se aprobó a nivel de elecciones europeas. Es decir, discriminando a los residentes cuando se considere que son demasiado numerosos.

La Comisión de Asuntos Jurídicos ha tendido a superar estas limitaciones y creo que sería injusto que el Parlamento, a pesar de que no tenga facultad legislativa, se limitara a aceptar estas limitaciones. Tenemos que hacer llegar un mensaje y éste es, en mi opinión, el mensaje que ha transmitido la Comisión de Asuntos Jurídicos.

Para terminar, señor Presidente, quiero resaltar la importancia de este ejercicio de consulta y quiero felicitar a la ponente, la Sra. Palacio, con quien se ha podido hacer un trabajo positivo -ha acogido las sugerencias que se le habían formulado por todos los miembros de la comisión- y, en mi opinión, ha conseguido un informe realmente importante que pone de manifiesto cuál es la posición del Parlamento en este aspecto decisivo y que espero que la Asamblea y el Grupo Socialista sigan por el mismo camino que la ponente en esta importante labor del Parlamento.

 
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