De nuevo reitero la conveniencia, como ya lo manifesté en esta Asamblea hace seis años con el informe Vetter, de revisar el concepto de "extranjero" aplicado a los inmigrantes que han desarrollado sus vidas en alguno de los Estados miembros de la Unión, pues resulta inadmisible que el concepto de ciudadanía no les alcance igualmente.
Asimismo, manifiesto, de nuevo, mi rechazo al artículo 12 de esta directiva, ya que difícilmente puede seguir manteniéndose esta excepción, aunque sea por un mandato -enmienda 26 que, por cierto, acaba de rechazar, además, la comisión y la ponente- y que discrimina arbitraria y vejatoriamente fundamentalmente a portugueses, pero también a italianos, griegos y españoles del derecho a ser electores y elegibles en el Estado de Luxemburgo, cuando además, y si me lo permiten, para colmo, suscribimos en este mismo pleno una condena a la xenofobia y al racismo.