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Marin Gonzalez Manuel - 28 ottobre 1994
Marín, vicepresidente de la Comisión.

Señor Presidente, la presente propuesta de la Comisión, cuya finalidad es prorrogar la aplicación del programa piloto de observación de la NAFO hasta finales del presente año, responde, como ya se ha señalado, a un acuerdo celebrado dentro de la NAFO en febrero de 1994.

La Comisión no considera oportuno suspender en estos momentos la aplicación del programa piloto. El objetivo principal de dicho programa consiste en lograr una situación de transparencia por lo que respecta a la observancia de las medidas de conservación de los recursos pesqueros del Atlántico Noroccidental. En este contexto, cabe destacar que, ante el mal estado de tales recursos, la NAFO prohibió la pesca de varias poblaciones y limitó considerablemente las capturas de las demás. Los buques de todas las partes contratantes deben atenerse imperativamente a tales medidas.

Basándose precisamente en las observaciones efectuadas dentro del programa piloto, la Unión Europea ha podido confirmar que el cumplimiento de hecho de las medidas de conservación por parte de sus buques corresponde a las comprobaciones efectuadas mediante los demás medios de inspección. Existen, también dentro de la NAFO, otras partes contratantes que pretenden completar el programa de inspección y vigilancia comunes internacionales de esta organización con un programa de observación permanente.

Esta postura de la Comisión, que no es partidaria por el momento de contar con un programa de inspección y vigilancia permanente, se justifica en que, efectivamente, si se le diera este carácter permanente, se trataría de un programa de costes muy elevados, ya que la eficacia de un inspector que está controlando el ejercicio de la pesca exige inevitablemente que el observador, el inspector comunitario, se encuentre precisamente a bordo y pueda, objetivamente, elaborar su informe acerca del respeto de las normas que se han adoptado en común.

La Comisión ha tomado nota del deseo del Parlamento Europeo de ser informado en una fase más avanzada de los debates en las organizaciones internacionales en materia de acuerdos de pesca para los que es preciso consultar al Parlamento. Es decir, en cualquier caso, el Parlamento será consultado. La Comisión, igualmente, va a informar al Parlamento Europeo sobre la evolución de los debates que se celebren en estos organismos y, naturalmente, le comunicará toda la información que sea necesaria respecto al presente programa piloto.

Por eso, recientemente, se ha remitido al Parlamento una copia del informe detallado sobre la aplicación de este programa, que estamos hoy discutiendo, que tiene que ver con la NAFO. El informe que se entregó a la NAFO es exactamente el mismo que se entregó al Parlamento Europeo. Hay una cuestión que tiene que ver mucho más con la presentación de la enmienda que con su contenido. La Comisión debe ser transparente e informar a la autoridad presupuestaria -Parlamento Europeo, Consejo de Ministros- antes de pedirle una nueva prórroga de este programa. Y, en este sentido, la Comisión informará al Parlamento Europeo del resultado de este programa piloto.

Pero tenemos dudas sobre la conveniencia, desde un punto de vista jurídico, de incorporar como enmienda la obligación de la Comisión de presentar un informe. Entendemos que, por un problema estrictamente de presentación, tal vez esto no sea necesario, pero, desde luego, sí les garantizo que la Comisión va a ser transparente con el Parlamento Europeo y, antes de cualquier otra prórroga, les informará a ustedes sobre cómo ha sido ejecutado el programa.

 
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