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Parlamento Europeo - 14 maggio 1992
Política comunitaria de medio ambiente respecto de los PED
RESOLUCION LEGISLATIVA A3-0023/92

Textos aprobados el 14.5.92

sobre la política comunitaria de medio ambiente respecto de los países en desarrollo

El Parlamento Europeo,

-Vista la propuesta de resolución presentada por el Sr. Saby sobre la política comunitaria de medio ambiente respecto de los países en desarrollo (B3-1296/90),

-Vistas sus resoluciones de 19 de febrero de 1987 sobre la desertización DO C 76 de 23.3.1987, pág. 120. y de 25 de octubre de 1990 sobre los problemas medioambientales en la región amazónicaDO C 295 de 26.11.1990, pág. 189. sobre las medidas para proteger la ecología de los bosques tropicalesDO C 295 de 26.11.1990, pág. 193. y sobre la conservación de los bosques tropicalesDO C 295 de 26.11.1990, pág. 196.,

-Vistas las resoluciones de la Asamblea Paritaria ACP-CEE al respecto AP/207, Anexo 20 de 20.3.1991, DO C 218 de 3.9.1990 y DO C 45 de 26.2.1990.,

-Visto el informe de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A3-0023/92),

1.Destaca que los problemas relativos al medio ambiente son mundiales, poseen un carácter transfronterizo y, por lo tanto, no sólo afectan al mundo occidental, sino también a los países en desarrollo;

2.Destaca que las perspectivas de desarrollo para el Sur son limitadas si los países industrializados del Norte persisten en sus actuales patrones de producción y consumo; que el futuro desarrollo económico del Tercer Mundo exige que se tomen medidas, y particularmente también en los países industrializados del Norte, para atenuar las consecuencias perjudiciales para el medio ambiente del desarrollo económico, y que el método de producción económico se transforme profundamente para lograr un desarrollo ecológicamente sostenible a nivel local y a nivel mundial;

3.Reconoce que es evidente que la Comunidad y los países en desarrollo comparten un interés común en materia de protección del medio ambiente;

4.Destaca que es necesario desarrollar, simultáneamente con una lucha eficaz contra la contaminación en los países industrializados del Norte, un concepto integrado de protección del medio ambiente y de cooperación al desarrollo, en virtud del cual los aspectos ecológicos, así como los aspectos sociales, se incluyan formalmente en la toma de decisiones de un modo sistemático;

5.Destaca que los enormes problemas ecológicos de los países en desarrollo están estrechamente ligados a los grandes problemas de desarrollo que tienen también que afrontar, como:

-la pobreza,

-la problemática de la deuda,

-el desarrollo demográfico;

y que, además, el deterioro de su medio ambiente impone graves limitaciones a sus posibilidades de desarrollo futuras, como consecuencia de la desaparición de tierras agrícolas, de numerosas especies animales y vegetales, etc.;

6.Señala que los países en desarrollo se enfrentan además a problemas ecológicos específicos, como:

-la deforestación,

-la desertización,

-las consecuencias negativas de la agricultura para el medio ambiente,

-el cambio climático y la disminución de la capa de ozono,

-la exportación a los países en desarrollo de residuos peligrosos,

-problemas medioambientales causados por el crecimiento de la urbanización;

7.Expresa su deseo de que una lucha permanente contra la pobreza, que ayude a los países a salir, de manera respetuosa con el medio ambiente, de la espiral de la pobreza, constituya uno de los objetivos principales de la política comunitaria de ayuda al desarrollo;

8.Manifiesta su opinión de que la CE debe mostrarse dispuesta, más que en el pasado, a solucionar el problema del saneamiento de la deuda, ahora que cada vez resulta más evidente que la carga de la deuda dificulta el avance económico de los países en desarrollo y les obliga a agotar sus recursos naturales para financiar los intereses y los pagos, y pide por ello, una vez más, que se condone la deuda de los países ACP;

9.Subraya que la Comisión, basándose en las llamadas "condiciones de Trinidad", debe desarrollar una estrategia comunitaria de la deuda que emplee, entre otras, la fórmula de "debt for nature swaps" (canje de deuda por naturaleza), y considera que los Estados miembros, haciendo uso de esta estrategia comunitaria de la deuda, deben armonizar y ajustar sus puntos de vista en relación con el Club de París y el Banco Mundial;

10.Subraya que la deuda y los programas de ajuste estructural incrementan la presión sobre el medio ambiente y, en consecuencia, reitera su petición de que se anule la deuda de los países ACP y se apliquen mecanismos financieros que vinculen la disminución de la carga de la deuda y la protección del medio ambiente, dentro del respeto a la voluntad y a las culturas de las poblaciones locales;

11.Pide a la Comisión que ejerza su influencia para que se modifiquen aquellas disposiciones del GATT que puedan suponer un obstáculo a la aplicación de leyes de protección del medio ambiente;

12.Considera asimismo que la Comisión, anticipándose a ello mediante referencias arancelarias, debe conceder un acceso más fácil al mercado a los productos elaborados de modo sostenible y que debe crearse un fondo de garantía para la inversión privada;

13.Manifiesta su deseo de que la Comisión colabore más sistemáticamente en el lanzamiento de programas destinados a la planificación familiar en el marco de la enseñanza, en la formación de la mujer y en programas de salud, incluido el suministro de anticonceptivos y un sistema de previsiones para la vejez, con objeto de que los afectados puedan hacer una elección lo más fundada posible;

14.Manifiesta su deseo de que la Comisión se comprometa a prohibir y prohiba para ella misma, antes de 1995, la importación de la madera tropical que no se explote con un criterio sostenible, y de que para ello se pronuncie en los foros adecuados en favor de una estrategia mundial al respecto, y manifiesta su opinión de que debe prohibirse de inmediato la importación de madera tropical procedente de Sarawak, en tanto no se explote de un modo sostenible;

15.Considera asimismo que la Comisión, en su relación de desarrollo, debe prestar especial atención a la necesaria readaptación para la explotación sostenible de la madera tropical, así como a la dependencia existente entre la deforestación y la ampliación de las áreas de cultivo;

16.En este sentido, acoge con manifiesta satisfacción la realización del programa piloto para la conservación de la pluviselva brasileña en los términos establecidos por el Banco Mundial, la Comisión y el Gobierno del Brasil;

17.Señala las consecuencias negativas de la minería de superficie, como son la erosión de los suelos, la alteración del régimen hidrológico y la destrucción del paisaje, y pide a la Comisión que preste ayuda técnica sobre todo a los países ACP donde se aplica el Sysmin, ofreciéndoles mejores métodos de explotación y proponiendo códigos de conducta a los explotadores de dicha minería de superficie;

18.Subraya la necesidad de permanecer vigilantes ante el problema de la desertización y alude en este contexto a la importancia del desarrollo de sistemas adecuados de cultivo, la realización de un desarrollo paisajístico y la creación de una estructura descentralizada de toma de decisiones que otorgue a la población rural una responsabilidad propia en la utilización del suelo;

19.Pide que se preste atención a las consecuencias negativas de la agricultura productivista para el medio ambiente y manifiesta su deseo de que, en este contexto, se prohiba exportar a terceros Estados plaguicidas, insecticidas y toda otra sustancia ya prohibidos dentro de la Comunidad;

20.Expresa pues su deseo de que se examinen las posibilidades para la limitación de plaguicidas e insecticidas y pide a la Comunidad que se preocupe de una mejor información, orientación y transmisión de conocimientos en materia de métodos plaguicidas alternativos y ecológicos, así como en cuanto a las consecuencias negativas del uso de plaguicidas e insecticidas que atacan el medio ambiente;

21.Desea que la Comunidad prohíba, en analogía con el artículo 39 del Convenio de Lomé IV, la exportación de residuos peligrosos o radiactivos a países en desarrollo;

22.Señala la necesidad de establecer un sistema seguro de control para aplicarlo a las exportaciones de residuos peligrosos de la Comunidad, y pide a la Comisión que cree un grupo de expertos que se encargue de dicho control;

23.Destaca que el Occidente es el mayor causante del efecto invernadero y que tiene por ello una obligación de honor de aportar una contribución esencial a la prevención y solución de este problema, y señala que en la relación comunitaria de desarrollo debe prestarse atención al llamado Protocolo de Montreal y dar cumplimiento a sus conclusiones; además, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CONUMAD) de Brasil deberá establecerse un acuerdo con compromisos destinados a combatir el posible cambio climático motivado por el efecto invernadero;

24.Destaca la necesidad de acudir a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CONUMAD) con estrategias destinadas a frenar la urbanización y reducir a un mínimo sus consecuencias negativas; entre otras medidas, deberá estudiarse con respecto a la problemática de los residuos urbanos en qué modo pueden instalarse plantas de reciclado de residuos en las grandes ciudades, en las que podrán colaborar los llamados recolectores de basuras; subraya que las causas de la urbanización en los países en desarrollo son sobre todo de índole económica, en particular las políticas agrícolas, que no motivan a los pequeños productores (ausencia de reforma agraria, prioridad de los cultivos de exportación, ausencia de apoyo a los precios para los productores);

25.Señala la necesidad de llegar a desarrollar, considerando el objetivo de un crecimiento económico sostenible, indicadores fidedignos para poder calcular la disminución de valor como consecuencia de la degradación del medio ambiente, y manifiesta su deseo de que en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CONUMAD) de Brasil se estudien todos los métodos posibles en virtud de los cuales se puedan repercutir los costes medioambientales en los precios de las materias primas y de los productos elaborados;

26.Considera necesario que, con motivo de la conferencia de Río de Janeiro, se discutan las posibilidades existentes para repercutir los costes vinculados al medio ambiente y a la creciente escasez de los recursos naturales en los precios de las materias primas y de los productos, así como de su transporte, y considera que el consiguiente aumento de los precios de la energía y de las materias primas favorecería la disminución del consumo y del despilfarro en los países ricos;

27.Manifiesta su deseo de que la Comunidad cree un mecanismo financiero adecuado para que puedan ponerse a disposición de los países que reciben la ayuda al desarrollo los recursos financieros necesarios para resolver sus problemas ecológicos que superan el ámbito nacional y para cumplir con sus obligaciones medioambientales para con la Comunidad y con el resto del mundo, y pide asimismo que se dedique atención a la elaboración del "Instrumento Medio ambiental Mundial" (Global Environmental Facility) (GEF), debiendo considerarse la necesidad de transparencia y suficiente influencia del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en la toma de decisiones sobre el GEF;

28.Destaca que en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CONUMAD) de Brasil debe prestarse especial atención a las diferentes relaciones entre el medio ambiente y el comercio internacional, debiendo orientarse más este último en dirección al desarrollo sostenible, teniendo en cuenta el hecho de que el desarrollo de los intercambios internacionales en el marco de la liberalización del comercio que se está negociando en el GATT puede constituir un obstáculo para determinados países en sus intentos de proteger sus ecosistemas y sus frágiles economías y que, por otra parte, el desarrollo de los transportes internacionales tiene graves consecuencias para el equilibrio natural del planeta;

29.Destaca la necesidad de estudiar hasta que punto podrían recibir las Naciones Unidas mayores competencias para la solución de problemas ecológicos mundiales, en el marco de órganos sometidos a control democrático;

30.Hace un llamamiento a la Comunidad para que no utilice las medidas relativas al medio ambiente para proteger el mercado contra productos procedentes de los países en desarrollo y, por otra parte, para que no aplique disposiciones de excepción para los países en desarrollo, en virtud de las cuales dichos países no tuvieran que satisfacer los requisitos medioambientales;

31.Señala que, para poder incluir debidamente las consideraciones ecológicas y sociales en el proceso de toma de decisiones, la Comunidad debe formular criterios precisos que tengan que cumplir los proyectos, y pide a la Comisión que recoja en este marco los criterios vigentes al respecto del Banco Mundial, Banco Asiático de Desarrollo y de la actual legislación comunitaria en materia medioambiental;

32.Manifiesta su opinión de que la Comisión debe confeccionar para cada país o región con los que la Comunidad mantiene una relación de desarrollo un documento de base que posea autoridad en materia de medio ambiente y que constituya una parte integrante esencial de las grandes líneas generales de la política de cooperación, y opina asimismo que la Comisión tiene que utilizar plenamente en la elaboración de estos documentos de base las informaciones y noticias que le facilite el PNUMA con respecto a este sector;

33.Destaca la necesidad de elaborar, con anterioridad a un proyecto de desarrollo específico, un informe de la evaluación de sus repercusiones sociales y sobre el medio ambiente, así como la necesidad de una integración de los valores sociales y ecológicos en el análisis de gastos/beneficios;

34.Destaca una vez más, considerando también su deseo de que tenga lugar un control medioambiental regular a lo largo del período de duración de un proyecto, la necesidad de crear un servicio de inspección in situ de cooperación al desarrollo;

35.Vuelve a solicitar que se cree en el seno de la DG VIII de la Comisión una dirección dedicada exclusivamente al medio ambiente, con competencias bien definidas y personal suficiente a disposición, encargada de examinar los aspectos medioambientales especialmente relacionados con el desarrollo, para integrar de la mejor manera posible la política de medio ambiente en la cooperación al desarrollo; señala también que deberá sensibilizarse a todos los funcionarios que trabajan en Bruselas, o fuera de esta ciudad, en la cooperación al desarrollo, por ejemplo mediante formación adicional, en relación con los principios ecológicos generales, y subraya además la necesidad de la institucionalización de las consultas entre las Direcciones Generales de Desarrollo y Medio Ambiente para fomentar una coordinación interna eficaz y el mejor empleo posible del reducido capital humano que la Comisión pone a disposición en este sector, evitando, en particular, el trabajo por partida doble;

36.Solicita a la Comisión que se encargue de que, mediante la información y la enseñanza, se produzca una mayor transferencia de conocimientos en el sector de la tecnología, poniendo especial énfasis en las tecnologías ecológicas, de pequeña escala, de fácil aplicación y económicas;

37.Considera que estas transferencias masivas de tecnología podrán asimismo garantizarse gracias a la reasignación de créditos militares tanto en el norte como en el sur y a la recaudación de un impuesto sobre la energía, una parte considerable del cual debería destinarse a los países en desarrollo;

38.Pide a la Comunidad que, en cooperación con el PNUMA, la IUCN y el WWF, apoye de manera óptima a los países en desarrollo en la elaboración de una buena legislación ecológica;

39.Opina que la Comisión, dado que muchos de los países no disponen de un importante cuerpo de funcionarios con experiencia en el sector de la legislación sobre el medio ambiente y su control, debe prestar particular atención, en su relación de desarrollo, a la creación y sostenimiento de un cuerpo de funcionarios calificado para esta tarea;

40.Manifiesta su opinión de que la Comunidad debe fomentar una mayor sensibilización de cara a la problemática medioambiental en la ejecución de los proyectos de desarrollo; en este sentido, manifiesta asimismo su opinión de que ha de concederse una mayor importancia a la información, a la transferencia de conocimientos, a la formación, a la creación de estructuras administrativas adecuadas y a la participación de la población local, especialmente al papel de la mujer;

41.Destaca que la Comunidad debe tratar de conseguir que los productores comunitarios de los Estados que reciben la ayuda al desarrollo cumplan en principio los mismos requisitos ecológicos que los productores comunitarios, al menos en tanto las consecuencias negativas para el medio ambiente sean similares en ambas regiones; subraya que esto sólo será posible si la Comunidad y los demás países industrializados aportan a los países en desarrollo los medios financieros y tecnológicos indispensables; señala asimismo que estos requisitos tienen que aplicarse particularmente a las empresas comunitarias que invierten en los Estados que reciben la ayuda al desarrollo;

42.Señala que las ONG y las "Peoples Organizations" son las organizaciones adecuadas por excelencia para fomentar la sensibilización con respecto al medio ambiente y la participación de la población local en el proceso de desarrollo sostenible y que, por ello, ha de contactárselas más directamente en la elaboración, propagación y ejecución de la política medioambiental en los países en desarrollo, destacando, sin embargo, que los proyectos de las ONG también tienen que cumplir los requisitos medioambientales y que, con esta finalidad, es necesario establecer unas condiciones previas para las ONG;

43.Señala que la política comunitaria de desarrollo sólo contribuirá eficazmente a la protección del medio ambiente en los países en desarrollo si se hace más eficaz la coordinación entre esa propia política de desarrollo y la de los Estados miembros;

44.Considera necesario que la Comunidad continúe sus esfuerzos por dotar de una mayor coherencia a su política de desarrollo en su conjunto y a la aplicación de los distintos instrumentos;

45.Considera que ha de examinarse en su conjunto en cuanto a las conclusiones y recomendaciones contenidas en la presente resolución la política de cooperación al desarrollo de la CE con los Estados de Lomé, Asia, América Latina y los países del Mediterráneo;

46.Manifiesta su opinión de que la Comisión de Desarrollo y Cooperación del Parlamento Europeo debe estar representada en la delegación comunitaria ante el PNUMA;

47.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión y al Consejo.

 
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