Resolución sobre la situación de catástrofe natural causada por el mal tiempo en Italia y las inundaciones en Ligura y Toscana
RESOLUCION B3-1407, 1408, 1430, 1463 y 1464/92
El Parlamento Europeo,
A. Alarmado por los turbiones de violencia excepcional que se han abatido sobre Liguria, especialmente en las provincias de Génova y Savona, en Toscana, particularmente en el Mugello y en el valle del Arno superior e inferior, y en otras regiones italianas,
B. Conmocionado por el trágico balance (diversos muertos y numerosos heridos) de esta auténtica catástrofe,
C. Considerando, en particular, que en Liguria cayeron más de 282 mm de agua en menos de 12 horas, con el consiguiente desbordamiento de ríos y torrentes, inundaciones y corrimientos de tierra,
D. Considerando la dramática situación y los enormes daños provocados por los excepcionales e insistentes turbiones, especialmente durante la mitad de octubre, en Toscana, que recuerdan una vez más la urgencia de una ordenación hidrogeológica eficaz del territorio,
E. Preocupado por los enormes daños ocasionados al patrimonio público y privado, así como a la actividad económica y productiva de regiones ya afectadas por la crisis y los procesos de reconversión industrial,
F. Lamentando que el Gobierno italiano no haya apoyado hasta hoy con la financiación adecuada la aplicación de la Ley nacional de defensa del suelo (Ley 183/89) ni haya realizado la necesaria coordinación de las políticas de reordenación hidrogeológica en las cuencas fluviales de relevancia nacional;
G. Considerando que la Región de Liguria ya ha pedido justamente al Gobierno italiano la declaración urgente de zona catastrófica,
H. Considerando que la Comisión ya ha puesto a disposición de las personas más afectadas por la catástrofe de Liguria parte de los fondos para ayudas urgentes a que se refiere la línea presupuestaria B4-340,
1. Expresa su condolencia a los familiares de las víctimas afectadas por la tragedia;
2. Manifiesta su solidaridad a los heridos y a toda la población afectada por las violentísimas lluvias;
3. Pide a la Comisión que, en estrecha cooperación con el Gobierno italiano, examine los estudios oficiales de evaluación de los daños elaborados por las regiones interesadas y que proporcione de común acuerdo las ayudas necesarias;
4. Pide que la Comisión y el Consejo preparen una directiva sobre la defensa hidrogeológica de las cuencas hidrográficas especialmente sensibles, desde el punto de vista del medio ambiente, y muy urbanizadas;
5. Pide que el Estado italiano elabore planes de reequilibrio hidrogeológico, de repoblación forestal y de control de la expansión urbana en los territorios afectados;
6. Desea que toda la financiación comunitaria ya concedida por la Comisión para la repoblación forestal, la regulación de las corrientes menores de agua y la reordenación territorial de las tierras agrícolas de montaña y de cuasimontaña sea objeto de controles eficaces puntuales para comprobar que se utiliza efectivamente para conseguir los fines originariamente establecidos;
7. Sugiere a la Comisión, al Gobierno italiano y a las regiones interesadas que utilicen para tal fin los fondos estructurales de que dichas regiones son beneficiarias, previendo eventualmente una modificación de los MCA correspondientes, con vistas a un aumento de la asignación financiera disponible;
8. Apoya la solicitud de las autoridades regionales de proclamación de zona catastrófica y pide a la Comisión y al Consejo que actúen para que se tomen con urgencia las medidas necesarias en ese sentido;
9. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, al Gobierno italiano y a las regiones interesadas.