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Parlamento Europeo - 29 ottobre 1992
Rigoberta Menchú, Premio Nobel

Resolución sobre la concesión del Premio Nobel de la Paz a Rigoberta Menchú

RESOLUCION B3-1418, 1440 y 1488/92

El Parlamento Europeo,

A. Acogiendo con satisfacción la designación de Rigoberta Menchú, activista guatemalteca en favor de los derechos humanos de los indígenas, como Premio Nobel de la Paz 1992,

B. Apoyando la declaración de la comisión noruega del Premio Nobel, en el sentido de que Rigoberta Menchú constituye un símbolo viviente de la paz y la reconciliación entre las líneas divisorias étnicas, culturales y sociales en su propio país, en el continente americano y en el mundo,

C. Recordando que, en este mismo mes de octubre de 1992, se cumplen exactamente 500 años desde la llegada de Colón a las Américas y que Rigoberta Menchú es la coordinadora de la Campaña de resistencia del continente americano ante el Quinto Centenario,

D. Teniendo conocimiento de la inauguración del faro en la República Dominicana el día 12 de octubre y lamentando profundamente los enormes costes financieros y sociales que ha supuesto la construcción del mismo,

E. Consciente de su Resolución de 12 de marzo de 1992 sobre los indígenas y el Quinto Centenario y, en particular, de su decisión de designar ponentes para los derechos de los pueblos indígenas,

F. Considerando la comunicación de la Comisión al Parlamento sobre la necesidad de proteger a los pueblos indígenas cuyo modo de vida, cultura y existencia misma están íntimamente relacionadas con el medio ambiente y considerando también la Resolución del Consejo Europeo de mayo de 1990,

G. Considerando el Convenio 169 de la OIT y el Proyecto de declaración del Grupo de trabajo sobre los pueblos indígenas de Naciones Unidas sobre estos pueblos;

H. Reconociendo que las políticas asimilacionistas no sólo han retrasado la elaboración de un instrumento internacional adecuado sobre los derechos de los pueblos indígenas, sino que también han afectado profundamente a las comunidades indígenas,

I. Lamentando que los desplazamientos de pueblos indígenas, las masacres y la denegación del derecho a sus tierras y a sus recursos naturales sean todavía algo cotidiano en varios países de la América Latina,

1. Felicita a Rigoberta Menchú por haber sido galardonada con el Premio Nobel de la Paz y por su decisión de utilizar el dinero del premio para crear una fundación para la protección de los pueblos indígenas de las Américas;

2. Pide a los Doce y a los países miembros de Naciones Unidas que respondan al llamamiento de Rigoberta Menchú y que presionen para que se conceda una cantidad de dinero mucho más importante al Fondo voluntario para los pueblos indígenas de Naciones Unidas, en el Año que esta Organización ha dedicado a estos pueblos;

3. Confía en que la concesión del Premio Nobel de la Paz a Rigoberta Menchú no sólo representará un reconocimiento de sus esfuerzos, sino que también abrirá el camino para mejorar los derechos humanos y las condiciones sociales, económicas y políticas de los pueblos indígenas y que asimismo será útil para hacer avanzar el proceso de paz en Guatemala;

4. Acoge con satisfacción las iniciativas de la Comisión de las Comunidades Europeas de llevar a cabo un estudio acerca de la situación de los pueblos indígenas en las selvas tropicales y de incluir un importante componente de la población indígena en los proyectos relativos a las selvas tropicales de la DG I, RFT, COAMA, NCI y el Pacto de demarcación para la Amazonia y recomienda la máxima participación indígena en la gestión de los proyectos;

5. Pide a la Comisión de las Comunidades Europeas que elabore más proyectos con las comunidades indígenas, también fuera de las selvas tropicales, sobre la base de un reconocimiento de sus valores, de sus conocimientos tradicionales y de sus prácticas de gestión de los recursos con vistas a fomentar un desarrollo sostenible y respetuoso con el medio ambiente y pide a la CEE que incluya sistemáticamente en sus "tratados de tercera generación" una cláusula sobre los derechos de los pueblos indígenas;

6. Acoge con satisfacción y apoya la Carta de Derechos de la Alianza global de los pueblos indígenas y tribales de las selvas tropicales así como la Declaración Kari-Oka y la Carta de la Tierra de los pueblos indígenas;

7. Acoge con beneplácito el trabajo llevado a cabo para elaborar una Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas por parte del Grupo de Trabajo sobre los pueblos indígenas destinado a proteger y reforzar los derechos colectivos de los pueblos indígenas, incluido el derecho a mantener su lengua, cultura, religión, educación, tierras y recursos, a evitar la utilización de sus tierras y de sus recursos con fines militares o para el vertido de residuos tóxicos y a desarrollar sus territorios de conformidad con sus tradiciones indígenas;

8. Lamenta las continuas violaciones de los derechos humanos en contra de los pueblos indígenas, las organizaciones no gubernamentales y los abogados que apoyan a estos pueblos, demostradas rigurosa y documentalmente por muchas organizaciones internacionales no gubernamentales;

9. Pide a todos los Gobiernos de países en los que existen pueblos indígenas que ratifiquen el Convenio 169 de la OIT y, en particular, se congratula de la aprobación de la ratificación de dicho Convenio por parte del Congreso de Guatemala el día 8 de octubre;

10. Pide a su comisión competente que estudie la posibilidad de contribuir al desarrollo de normas relativas a los derechos de los pueblos indígenas en Naciones Unidas;

11. Pide al Banco Mundial que cree un fondo especial de ayuda a los proyectos desarrollados por los pueblos indígenas;

12. Pide una prohibición completa de las pruebas nucleares y una moratoria de las pruebas británicas, tras las moratorias francesa, rusa y estadounidense y solicita a la comunidad internacional y a los Gobiernos nacionales que apoyen a las comunidades de pueblos indígenas que se han visto afectadas por dichas pruebas;

13. Pide a las Delegaciones interparlamentarias para las relaciones con la América del Norte, con la América Central y con los países de Sudamérica, así como a la Cooperación Política Europea en sus relaciones con sus equivalentes americanos, que incluyan en sus órdenes del día el tema de los pueblos indígenas;

14. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, a la Cooperación Política Europea, a la OIT y al Grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas.

 
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