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Parlamento Europeo - 29 ottobre 1992
Situación en Angola

RESOLUCION B3-1420, 1438, 1446, 1466, 1470, 1475, 1480 y 1482/92

Resolución sobre la situación en Angola

El Parlamento Europeo,

A. Considerando la importancia de las elecciones en el proceso de pacificación de Angola,

B. Considerando la forma democrática en que se han desarrollado estas elecciones, como comprobaron los observadores internacionales de la Comunidad y de las Naciones Unidas,

C. Tomando también en consideración la posición adoptada por los Gobiernos estadounidense, portugués y sudafricano con respecto a las elecciones en Angola,

D. Considerando que algunas irregularidades que hayan podido verificarse no han impedido en absoluto que las elecciones hayan merecido la valoración de "libres y justas",

E. Tomando en consideración los resultados definitivos, anunciados el 17 de octubre de 1992 por el Presidente del Consejo Nacional Electoral, y condenando todas las maniobras tendentes a ignorar o a cuestionar dichos resultados;

F. Lamentando los violentos incidentes que se han producido dede las elecciones y que han causado varias muertes,

1. Pide a todas las partes interesadas que respeten rigurosa y totalmente los compromisos contraídos en Lisboa, que ya han permitido la elección de un nuevo Parlamento, así como la celebración de la primera vuelta de las elecciones presidenciales;

2. Insta a que se condene, en los términos más enérgicos, a todo partido que trate de reiniciar las hostilidades, imponiéndole sanciones inmediatas;

3. Pide a la ONU que garantice que la segunda vuelta de las eleccione presidenciales se celebre de un modo ejemplar, de conformidad con los acuerdos de paz de BICESSE;

4. Manifiesta su satisfacción por la oportunidad y la importancia de las declaraciones del Consejo de los días 1 y 15 de octubre de 1992 en el marco de la CPE, especialmente en lo que se refiere al respeto de los resultados electorales como factor indispensable para crear las condiciones que permitan que la comunidad internacional apoye la reconstrucción de Angola;

5. Se compromete a estudiar, con las demás instituciones comunitarias, las posibilidades de establecer un programa de cooperación técnica con el nuevo Parlamento, en aplicación, en especial, de los artículos 5, 26 y 275 del IV Convenio de Lomé;

6. Pide a todas las partes que respeten los acuerdos de paz de 1991, especialmente en lo que respecta a la creación efectiva de un único ejército nacional;

7. Insta a los Estados miembros de la CE a que se apresten a asistir a la ONU enviando más observadores para supervisar las elecciones;

8. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la CPE, a la Comisión, a los Estados miembros, al Secretario General de la ONU, a los Gobiernos de los Estados Unidos, de Angola y de Sudáfrica, al Secretario General de la OUA, a los Copresidentes de la Asamblea Paritaria ACP/CEE, al Presidente de Rusia y a los Presidentes del MPLA y de la UNITA.

 
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