RESOLUCION B3-1581, 1583 y 1599/92
Resolución sobre los niños de la calle del Brasil
El Parlamento Europeo,
A. Considerando las Resoluciones de 11 de julio de 1991 sobre los asesinatos de niños de la calle en el Brasil, de 12 de marzo de 1992 sobre los sufrimientos de los niños abandonados en Colombia, de 9 de abril de 1992 sobre la difícil situación de los niños abandonados de Guatemala y de 14 de mayo de 1992 sobre la situación de las mujeres y los niños en los países en desarrollo,
B. Impresionado por el hecho de que 45 millones de niños brasileños se ven privados de los derechos fundamentales como la educación, la alimentación y la salud,
C. Vista la Declaración sobre la protección y el desarrollo de los niños (World declaration on the survival, protection and development of children), aprobada el 30 de septiembre de 1990 en Nueva York durante la Cumbre Mundial sobre los Niños de las Naciones Unidas,
D. Considerando la Convención de las Naciones Unidas de los Derechos del Niño que entró en vigor en septiembre de 1990, según la cual los niños tienen derecho a que se tenga en cuenta su opinión en relación con cualquier asunto que les afecte (artículo 12),
E. Visto el Estatuto del Niño y del Adolescente, que está en vigor en el Brasil desde el 13 de junio de 1990,
F. Vistas las continuas violaciones de los derechos de los niños de la calle en el Brasil (entre otros países), que se desprenden de noticias sobre asesinatos cometidos por bandas organizadas, prostitución y tráfico internacional de niños entre otros hechos,
G. Señalando que este problema tiene sus causas en las grandes desigualdades socioeconómicas dentro del Brasil y a escala internacional, que hacen que grandes sectores de la población no tengan garantizadas las condiciones básicas de existencia,
H. Preocupado por las noticias de las amenazas de muerte que han recibido por su trabajo tanto los asistentes sociales que trabajan en el Brasil con los niños de la calle, como los miembros de su familia,
I. Satisfecho ante el hecho de que los niños de la calle se organicen por su cuenta a fin de defender sus derechos,
J. Haciendo referencia a la información con arreglo a la cual el pasado viernes 13 de noviembre se hallaron los cadáveres de Jorge Antonio de Oliveira Silva (de 20 años de edad) trabajador social de Rio dedicado al problema de los niños de la calle y Jean Alves da Cunha (de 13 años de edad) del Estado federal de Espíritu Santo, ambos participantes en la organización de la conferencia,
K. Señalando la Conferencia de los niños de la calle que se celebrará en Brasilia del 18 al 21 de noviembre y en la que participarán niños de la calle del Brasil y de otros países vecinos,
1. Pide nuevamente a las autoridades brasileñas que hagan todo cuanto esté en su mano para mejorar la seguridad y las oportunidades de los niños de la calle;
2. Pide a la Comunidad Europea y a sus Estados miembros que apoyen a las autoridades brasileñas en este sentido, que planteen los intereses de los niños de la calle en el marco de su relación de ayuda al desarrollo y que concedan un mayor apoyo a sus organizaciones en el marco de programas de desarrollo;
3. Pide a la Comunidad Europea y a sus Estados miembros en particular que cooperen con las autoridades brasileñas de todas las maneras posibles, a fin de luchar contra el mencionado tráfico internacional;
4. Pide a la Comunidad Europea y a sus Estados miembros que, en su cooperación con el Brasil, reserven una parte prioritaria para la educación, la alimentación y la salud de los niños y, particularmente, los que carecen de hogar en las grandes ciudades;
5. Expresa su aprecio por la labor de las organizaciones no gubernamentales que trabajan en pro de la mejora de las condiciones de vida de los niños de la calle;
6. Pide a las autoridades brasileñas que tomen las medidas necesarias para que cese la masacre de los niños de la calle y sean juzgados los responsables de los asesinatos;
7. Pide a las autoridades brasileñas que garanticen la seguridad de los trabajadores de dichas organizaciones no gubernamentales;
8. Considera indispensable que el Gobierno brasileño lleve a cabo cuanto antes una política eficaz de ayuda a los niños de la calle, sobre todo mediante un programa especial de educación con instructores y estructuras adecuadas, y un apoyo al sector urbano no oficial, que es lo único que en la actualidad puede proporcionar perspectivas concretas a los niños;
9. Pide a las autoridades brasileñas que apoyen hasta donde sea posible al "Movimento Nacional de Meninos e Meninas de Rua", de acuerdo con dicho movimiento tanto durante la Conferencia como después de la misma;
10. Pide al Gobierno brasileño que tenga en cuenta debidamente las conclusiones de esta reunión y, sobre todo, que aplique la ley federal sobre la situación de los niños y de los adolescentes;
11. Pide a su Presidente que, con ocasión de la Conferencia que se celebra esta semana, exprese en nombre del Parlamento nuestra solidaridad con los niños de la calle;
12. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, a las autoridades brasileñas y al "Movimento Nacional de Meninos e Meninas de Rua", en su calidad de organizadores de la Conferencia de los niños de la calle en Brasilia.