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Parlamento Europeo - 19 novembre 1992
Relaciones CE/Turquía

RESOLUCION A3-193/92

Resolución sobre las relaciones entre la Comunidad Europea y Turquía

El Parlamento Europeo,

- Visto el acuerdo de asociación entre la Comunidad Europea y Turquía,

- Vista su Resolución, de 15 de septiembre de 1988, sobre la reactivación de la asociación entre la Comunidad Europea y Turquía y su Resolución, de 17 de marzo de 1989, sobre las relaciones económicas y comerciales entre la Comunidad Europea y Turquía,

- Vista la solicitud de adhesión de Turquía a la Comunidad Europea (14 de abril de 1987),

- Vista su Resolución, de 18 de junio de 1987, sobre una solución política del problema armenio,

- Visto el dictamen de la Comisión sobre la solicitud de adhesión,

- Vistas las propuestas de la Comisión sobre las relaciones con Turquía ("paquete Matutes") - junio de 1990,

- Vista su Resolución, de 11 de julio de 1990, sobre la violación de los derechos humanos en Chipre, por la que el Parlamento a) condena la flagrante violación de los derechos humanos en Chipre, b) sanciona la decisión del Consejo Europeo de Jefes de Estado y Gobierno de Dublín de 27 de junio de 1990, según la cual el problema de Chipre afecta a las relaciones entre la Comunidad y Turquía, y c) llama a todas las instituciones de la Comunidad a adaptar su política en consecuencia,

- Vista la comunicación de la Comisión al Consejo "Hacia una política mediterránea renovada",

- Vista su Resolución, de 12 de julio de 1991, sobre una política mediterránea renovada de 15 de mayo de 1991 ,

- Vista su Resolución, de 15 de mayo de 1991, sobre la ampliación de la Comunidad Europea y las relaciones con otros países de Europa,

- Vista su Resolución, de 17 de mayo de 1991, sobre el papel de Europa con miras a la seguridad en la región mediterránea,

- Visto el acuerdo de cooperación entre la CE y Turquía en el sector médico y sanitario,

- Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y de Seguridad y las opiniones de la Comisión de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial, de la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores, de la Comisión de Asuntos Sociales, Empleo y Medio de Trabajo y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A3-0193/92),

A. Considerando que el funcionamiento de los diferentes órganos creados en virtud del Acuerdo de asociación de 1963 sólo se ha normalizado recientemente con la reunión del Consejo de Asociación del 30 de septiembre de 1991,

B. Considerando las relaciones comerciales y económicas con la Comunidad Europea, de vital importancia para Turquía, y el amplio consenso nacional en dicho país sobre los vínculos de Turquía con la gran familia europea, expresada en la solicitud de adhesión de 1987,

C. Considerando que Turquía es miembro del Consejo de Europa, es signataria de la Carta de París de la CSCE, que acaba de concluir un acuerdo con la AELC, que es miembro de la OTAN y que por lo tanto es signataria de varios acuerdos internacionales que se ha comprometido a respetar,

D. Considerando el papel significativo que ha desempeñado siempre y tendrá que desempeñar inevitablemente Turquía en la solución de los problemas del Oriente Próximo y del Oriente Medio, del Asia Menor y del Cáucaso, en razón de su situación en Europa y en Asia, de su interés y de su determinación para asegurar y consolidar la paz en estas regiones,

E. Considerando la importancia de que Turquía se convierta en un elemento de estabilidad en una región marcada por profundos problemas políticos y étnicos, y apreciando la actitud positiva del Gobierno turco en el conflicto que opone a azeríes y armenios en el Alto Karabaj,

E. Considerando que interesa tanto a la Comunidad Europea como a las Naciones Unidas que se mantenga el equilibrio entre las potencias regionales del Oriente Próximo y del Oriente Medio, así como en el Cáucaso y en el Asia central,

1. Considera que es urgente estudiar y mejorar las relaciones con Turquía;

SOBRE LA SOLICITUD DE ADHESION DE TURQUIA A LA CE

2. Subraya que la Comunidad ha entrado en una nueva fase de su integración por la próxima realización del mercado interior, por una parte, y el establecimiento, por otra parte, de una Unión Económica Monetaria y Política, de conformidad con las decisiones del Consejo Europeo de Maastricht de los días 8 y 9 de diciembre de 1991, firmadas el 7 de febrero de 1992 por los Jefes de Estado y de Gobierno;

3. Subraya que las obligaciones y los derechos que se deriven desde ahora de la calidad de Estado miembro serán mayores;

4. Constata que la cuestión fundamental relativa al futuro de la Comunidad se sitúa en el contexto mucho más amplio de la nueva arquitectura del continente europeo;

5. Recuerda al respecto los diferentes esquemas de organización que existen ya: Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa, próxima creación de un Espacio Económico Europeo, y el Consejo de Europa;

6. Recuerda que la solicitud de adhesión de Turquía deberá situarse en el marco más amplio de una reflexión de conjunto sobre la Comunidad;

7. Hace suyas las conclusiones del informe de la Comisión en lo que se refiere a la solicitud de adhesión de Turquía e indica -sin poner en entredicho la elegibilidad de Turquía para convertirse un día en Estado miembro de la Comunidad- que la cuestión de la adhesión no es objeto de la presente resolución;

8. Constata que en este momento las condiciones de adhesión -en particular políticas- no se cumplen en el caso de Turquía, pero toma nota de la voluntad constante de Turquía de integrarse, mediante una gestión progresiva, en las estructuras europeas;

9. Subraya la importancia de Turquía en cuanto interlocutor económico, comercial y político y tiene en cuenta su multiplicidad cultural y religiosa, que refuerza su valor y su papel como país puente entre Europa y Asia;

SOBRE LA SITUACION POLITICA Y DEMOCRATICA EN TURQUIA

10. Constata que las elecciones legislativas del 20 de octubre de 1991,que muestran el multipartidismo del régimen turco y su madurez política, han abierto la vía hacia una nueva era política en ese país, en el marco de una ley electoral que todavía limita el derecho de expresión política;

11. Aprecia el protocolo de coalición entra el Partido de la Justa Vía (DYP) y el Partido socialista demócrata (SHP) así como el programa gubernamental, que se presentan como las garantías del proceso de democratización que ha de ponerse en marcha en Turquía, en el espíritu de la Carta de París, y solicita al Gobierno que aplique las reformas anunciadas y el reconocimiento de la realidad kurda;

12. Toma nota de que la coalición gubernamental ha expresado el deseo de llevar a cabo una revisión de la Constitución de 1982, que no permite en la actualidad el establecimiento de un Estado de Derecho;

13. Toma nota de la aprobación por la Gran Asamblea Nacional turca, el 21 de mayo de 1992, de la ley por la que se modifican las disposiciones del código de procedimiento penal, la ley sobre el establecimiento y el procedimiento de los tribunales de seguridad del Estado, la ley sobre los poderes y funciones de la policía y la ley antiterrorista;

14. Expresa su deseo de que se promuevan y amplíen medidas legislativas, tal como ha declarado, por otra parte, el actual Gobierno turco, destinadas a garantizar la libertad de asociación y de expresión, la revisión del procedimiento penal, el procedimiento de detención, el derecho a la defensa, la lucha contra la tortura, la suspensión de ciertas disposiciones de la ley antiterror (que supone, en particular su artículo 1, un peligro real para la democracia) y de la ley sobre las responsabilidades y los poderes de la policía; desea que estos proyectos de ley sean adoptados rápidamente por la Gran Asamblea Nacional Turca;

15. Aprueba el cierre de la prisión de Eskisehir, pero se indigna por la persistencia de prácticas de tortura y por la existencia de presos políticos, cuya amnistía general -tal y como lo desean las organizaciones de defensa de los derechos humanos- podría crear un clima de reconciliación entre el Estado y los ciudadanos;

16. Lanza un llamamiento a las fuerzas militares y de seguridad turcas que siguen presentes en la vida política para que no obstaculicen los esfuerzos del Gobierno de coalición y para que garanticen el derecho a la vida y el cese inmediato de los actos de tortura;

17. Apela a Turquía para que firme, ratifique y se atenga a una serie de convenios internacionales, en particular de la OIT sobre la protección de los derechos de los trabajadores (derechos sindicales), y ratifique los convenios sobre los derechos de los niños y la igualdad de las mujeres, y suprima la pena de muerte; acoge con satisfacción la declaración del Gobierno turco de 5 de mayo de 1992, por la que retira sus salvedades en relación con los artículos 6, 8, 10, 11 y 13 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos;

18. Denuncia los actos de terrorismo, en particular del PKK, Dev-Sol y Hezbolá, de los que son víctimas civiles inocentes;

19. Reconoce que el Gobierno tiene absoluto derecho a combatir el terrorismo, a condición de que se respeten por completo los derechos humanos y que el ejercicio de este derecho no provoque una espiral de violencia, y señala a este respecto que la Comunidad ha condenado las incursiones de las fuerzas aéreas turcas contra los kurdos en el Iraq y el nivel de la respuesta militar turca contra la población de las zonas kurdas de Turquía que ha causado un gran número de muertos y heridos entre los ciudadanos inocentes;

20. Invita al Gobierno turco a suspender de inmediato la situación de emergencia en el sudeste del país y a promover el diálogo con el pueblo kurdo para lograr una solución, ya que cualquier solución basada en la represión está condenada de antemano al fracaso;

21. Alienta la campaña de educación sobre los derechos humanos que el Gobierno tiene la intención de lanzar en todos los medios policiales y militares;

22. Se pronuncia a favor de la concesión de una ayuda financiera comunitaria a las asociaciones de promoción y defensa de los derechos humanos en Turquía con el fin de alentarlos en sus actividades, en particular los centros de rehabilitación de las personas víctima de la tortura;

23. Constata que hasta ahora ningún Gobierno turco había tenido en cuenta el problema kurdo sino que, por el contrario, los diferentes gobiernos cometieron actos de represión y de opresión contra este pueblo;

24. Está convencido de que esta situación es una de las causas del terrorismo perpetrado por el PKK, organización terrorista que ha sido siempre condenada por el PE, y cuyos actos sólo favorecerán realmente los intereses de la población kurda cuando sean no violentos;

25. Toma nota de que el nuevo Gobierno turco tiene la intención de respetar la diversidad cultural de esta población en el marco del proceso de democracización y de unidad de la nación;

26. Considera que estos derechos específicos deberían incluir la facultad de expresarse, escribir, publicar y presentarse ante los tribunales en lengua kurda y de recibir una enseñanza en dicha lengua; estas facilidades deberían además ir acompañadas de una serie de medidas económicas, de las que se beneficie realmente la problación kurda, que permitan un mejor desarrollo económico y social de la región del sudeste que, por los problemas vinculados al paro y al analfabetismo, constituye un terreno especialmente fértil para el desarrollo de actividades terroristas;

27. Desea que todas las minorías de Turquía puedan vivir su especificidad cultural, de conformidad con las disposiciones del Tratado de Lausana, sin temor a represiones o discriminaciones, y apoya esta legítima reivindicación igualmente para las minorías turcas que se encuentran en todo el mundo;

28. Pide, en el caso de que se construyan nuevas presas en el sudeste de Anatolia, que se realicen previamente excavaciones arqueológicas, para salvaguardar los testimonios de las culturas y civilizaciones que se han sucedido, a lo largo de los siglos, en la meseta de Anatolia; insta a los Estados miembros de la Comunidad Europea a que planteen este problema tanto en el Consejo de Europa como en la UNESCO;

29. Recuerda, en particular, sus resoluciones relativas al problema armenio;

30. Desea que se reconozca y se proteja legalmente el derecho de cada ciudadano a profesar y manifestar públicamente sus convicciones religiosas;

31. Subraya el carácter ecuménico y el papel sobre todo el mundo ortodoxo del Patriarcado de Constantinopla en su calidad de máxima institución ortodoxa y desea que, en el futuro, se eviten acciones que debiliten su autoridad y su dignidad.

SOBRE EL ESTADO DE LA ASOCIACION

32. Constata que desde que se han reanudado las relaciones de asociación en 1989, tal como había recomendado en sus Resoluciones anteriormente citadas de 15 de septiembre de 1988 y de 17 de marzo de 1989, relaciones que se habían interrumpido tras el golpe de Estado militar del 12 de septiembre de 1980, uno de los órganos de esta asociación, a saber, la comisión parlamentaria mixta, ha podido reanudar su funcionamiento normal a razón de tres reuniones por año, y se felicita por el diálogo que ha podido "mantenerse" entre parlamentarios de la Gran Asamblea Nacional Turca y del Parlamento Europeo;

33. Se congratula de la reunión del Consejo de asociación celebrada el 30 de septiembre de 1991 -la primera tras el fracaso de la reunión del 26 de abril de 1988 en Luxemburgo- y desea que este órgano siga sus trabajos de modo constructivo y permita resolver las dificultades de orden económico, comercial e incluso político que existen entre ambos interlocutores, que han sido objeto, el 6 de diciembre de 1991, de una reunión del Comité de asociación;

34. Toma nota de los datos relativos a un aumento sustancial de los intercambios comerciales, que se caracterizan no obstante por un importante déficit turco, y recuerda el aumento significativo autorizado por la Comunidad Europea en lo que se refiere a las cuotas de exportación de productos textiles turcos hacia la Comunidad Europea;

35. Se felicita por la reciente firma del acuerdo de cooperación entre la CE y Turquía en el ámbito médico y sanitario así como por el acuerdo relativo a proyectos de formación profesional en los sectores del turismo y de la minería y de otros muchos acuerdos sectoriales;

SOBRE EL NUEVO IMPULSO DADO A LA ASOCIACION

36. Está convencido de que el nuevo impulso efectivo de la asociación responde a los intereses mutuos de ambos interlocutores;

37. Recuerda que el problema de la República de Chipre, una de las condiciones políticas previas no resueltas para la adhesión, afecta a las relaciones entre la CE y Turquía, y recuerda la posición comunitaria puesta de manifiesto constantemente con ocasión de los diferentes Consejos Europeos, en particular en el Consejo de Dublín de abril de 1990, y en las resoluciones del Parlamento Europeo a favor de la unidad, la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República de Chipre, y de la retirada de las fuerzas de ocupación turcas, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas;

38. Remite a la Declaración del Consejo de 24 de junio de 1975, en la que se afirma que el interés de la Comunidad es mantener y desarrollar relaciones estrechas de asociación con Turquía y que la solicitud de adhesión de Grecia a la CE no debe afectar a las relaciones entre la CE y Turquía ni a los derechos que se derivan del acuerdo celebrado entre la CE y Turquía,

y a la Declaración de 26 de junio de 1990:

"El Consejo Europeo debatió el problema de Chipre, a la vista del callejón sin salida a que había llegado el diálogo entre las comunidades.

Expresando su profunda preocupación por la situación, el Consejo Europeo confirma por entero sus anteriores declaraciones y su apoyo a la unidad, la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República de Chipre, de conformidad con las resoluciones al respecto de las Naciones Unidas. Recordando que el problema de Chipre afecta a las relaciones CE-Turquía y teniendo presente la importancia de dichas relaciones, el Consejo Europeo destaca la necesidad de hacer desaparecer en breve los obstáculos que impiden la continuación de amplias conversaciones entre las comunidades, con el fin de alcanzar una solución justa y viable del problema de Chipre en base a la misión de buenos oficios del Secretario General, tal como se subrayó de nuevo recientemente en la resolución 649/90 del Consejo de Seguridad";

39. Toma nota de la declaración conjunta de los Primeros Ministros de Grecia y de Turquía en Davos, en febrero de 1992, en lo que se refiere a un tratado de amistad entre los dos países y a su apoyo a los esfuerzos del Secretario General de las Naciones Unidas para celebrar una Cumbre internacional con vistas a restablecer la unidad chipriota;

40. Está convencido de que la democratización de Turquía está directamente ligada a la solución del problema de Chipre;

41. Recuerda que el dictamen de la Comisión relativo a la solicitud de adhesión de Turquía a la CE venía acompañado de un proyecto de propuestas -llamado el "paquete Matutes" (junio de 1990)- destinadas a favorecer el nuevo impulso y la intensificación de la asociación y presta su apoyo a la cooperación en general y al fortalecimiento del diálogo político;

42. Recuerda la filosofía de la política mediterránea renovada de la Comunidad, que prevé un aumento de su contribución en favor de sus socios mediterráneos, respetando los objetivos y las prioridades de desarrollo que se han fijado, teniendo en cuenta los problemas particulares de cada uno de ellos;

43. Recuerda su Resolución antes citada, de 12 de julio de 1991, sobre la política mediterránea renovada, en particular sus apartados 1, 2 y 11;

44. Constata que el conjunto de los países de la cuenca mediterránea, tanto de la orilla norte como de la orilla sur, se beneficia actualmente de una ayuda financiera de la Comunidad, tanto si dichos países están vinculados con la Comunidad por acuerdos de asociación (Chipre, Malta) como por acuerdos de cooperación (Siria, Argelia ...);

45. Espera que se eliminen lo más rápidamente posible las causas de la desigualdad de trato entre estos países socios de la CE y Turquía;

46. Pide al Consejo que adopte, en relación con Turquía, la misma actitud que con los demás países mediterráneos, en la medida en que las reformas anunciadas y el proceso de democratización se conviertan en realidad y las fuerzas de ocupación turcas se retiren de la República de Chipre en el marco de una solución justa y duradera del problema chipriota, de acuerdo con las resoluciones de las Naciones Unidas;

47. Recomienda que, de modo inmediato, se adopten medidas puntuales destinadas a mejorar las relaciones;

* en el ámbito económico y comercial:

48. Desea que las autoridades turcas velen por que se solucione el problema de las falsificaciones que afectan de modo nada desdeñable a los intercambios comerciales con la Comunidad, que pongan término a algunas prácticas de dumping, cumplan sus obligaciones derivadas del Tratado de Ankara, en particular en relación con las exportaciones agrícolas comunitarias a Turquía y respeten sus compromisos de desmantelar los derechos de aduana, así como las exacciones de efecto equivalente;

49. Propone, por otra parte, que se fomenten las empresas mixtas entre empresas comunitarias y empresas turcas y que, a tal efecto, apoye la próxima organización de semanas comerciales Comunidad Europea/Turquía;

50. Desea que Turquía adopte las medidas necesarias para crear un clima propicio para las inversiones de las empresas comunitarias;

* en el ámbito cultural, de la información y del medio ambiente:

51. Desea que los estudiantes y funcionarios turcos puedan beneficiarse de becas de información sobre la Comunidad Europea, tanto de becas Schuman como de programas de visita (European Community visitor's programmes)y aprecia las recientes propuesta de la Comisión en este sentido;

52. Cree que sería oportuno que Turquía pudiera beneficiarse del programa Erasmus en materia de movilidad de los estudiantes y de refuerzo de la cooperación entre universidades, lo que contribuiría de modo positivo a la apreciación recíproca de las culturas, las religiones y las mentalidades;

53. Cree que, en razón de la inmensidad del país, la apertura de dos delegaciones de la Oficina en Ankara de la Comunidad Europea, una en Estambul y la otra en Diyarbakir, constituiría un enlace importante en materia de información y cooperación con la Comunidad Europea;

54. Pide a la Comisión y al Consejo que vuelvan a examinar la cuestión de la libre circulación de trabajadores a la luz de la nueva situación económica en la Comunidad y en Turquía, y que actúen de manera que los trabajadores turcos que ya residen en la Comunidad y/o trabajan en Turquía puedan beneficiarse de la libre circulación en virtud del artículo 48 de los Tratados;

55. Considera necesario que Turquía suscriba y ratifique los convenios internacionales sobre el medio ambiente en los que ya participa la Comunidad, como la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres de 1979 y el Convenio sobre la prevención de la contaminación marina procedente de fuentes terrestres de 1974.

* en cuanto a los trabajadores turcos

56. Considera que las grandes obras y sus repercusiones sobre el medio ambiente deben ser uno de los temas principales que hay que tratar en los debates entre la Comunidad Europea y Turquía.

* en el ámbito del diálogo político:

57. Insiste, en especial, en el valor y la importancia del diálogo político entre la Comunidad Europea y Turquía; alienta encarecidamente las relaciones entre las comisiones parlamentarias homólogas, los intercambios de información entre la Subcomisión de Derechos Humanos del Parlamento Europeo y la Comisión de Derechos Humanos de la Gran Asamblea Nacional Turca, así como la continuación de trabajos constructivos en el seno de la Comisión Parlamentaria Mixta;

58. Pide al Consejo de asociación que debata asimismo cuestiones políticas de interés común para ambas partes y todas las cuestiones que puedan interesarle, en particular las que afectan actualmente al Iraq, la situación en el Oriente Medio y Próximo, los problemas del Cáucaso y de la seguridad en el Mediterráneo, o el problema de Chipre, sin menoscabar por ello, por lo que se refiere a este último punto, las competencias de las Naciones Unidas; en la óptica de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), apoya la presencia de Turquía en calidad de observador en la Unión Europea Occidental;

59. Toma nota de la creación, el 3 de febrero de 1992 en Estambul, de la Cooperación Económica del Mar Negro, que reúne, bajo la égida de Turquía, a Armenia, Azerbaiyán, Bulgaria, Georgia, Moldavia, Rumania, Rusia y Ucrania; manifiesta la esperanza de que este foro de cooperación favorezca la estabilidad de la región y permita el desarrollo de las relaciones, sobre una base de igualdad, entre las partes firmantes del acuerdo;

60. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a la Cooperación Política Europea, al Gobierno turco y a la Gran Asamblea Nacional Turca.

 
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