RESOLUCION B3-1727, 1728 y 1736/92
Resolución sobre las conclusiones de la reunión del Consejo Europeo de Edimburgo de los días 11 y 12 de diciembre de 1992
El Parlamento Europeo,
-Vistas las conclusiones del Consejo Europeo reunido en Edimburgo los días 11 y 12 de diciembre de 1992,
A.Considerando la degradación de la situación económica, el aumento del número de parados en la Comunidad (16 millones) y la inestabilidad en el ámbito monetario y financiero que constituye una amenaza para la cohesión política y social,
B.Considerando que desde 1985 los ciudadanos europeos esperan la realización del mercado interior y de su símbolo, la abolición de las fronteras físicas en la Comunidad, es decir, la libre circulación,
C.Considerando que la solución a los problemas de la Comunidad pasa por la inmediata ratificación del Tratado de la Unión Europea,
D.Recordando sus anteriores resoluciones en las que pidió reiteradamente a los Gobiernos de los Estados miembros que fijaran una sede única para las instituciones, de conformidad con el artículo 216 del Tratado CEE,
1.Estima que la voluntad de varios Estados miembros de construir la Unión Europea ha permitido a la Comunidad salir del estancamiento en el que se encontraba desde hace meses, tomar una serie de decisiones que desbloquean la situación y permiten llevar a cabo el proceso de ratificación por parte del conjunto de los Estados miembros y ha contribuido a restaurar la credibilidad en la construcción europea;
2.Considera, sin embargo, que los resultados del Consejo Europeo obligan a una lectura matizada y constata que se ha excedido en su función de orientación y de impulso con objeto de superar las carencias de los últimos meses, poniendo en peligro el equilibrio institucional al reforzar los aspectos intergubernamentales;
3.Recuerda que la mayoría de las conclusiones deberán ponerse en práctica a través de procedimientos comunitarios en los que cada institución tenga una función específica, en particular, el Parlamento Europeo;
TRATADO DE LA UNION EUROPEA
4.Insiste en que el procedimiento de ratificación debe concluir antes del 30 de junio de 1993; pide al Reino Unido que lo ratifique cuanto antes y considera que, si fuera necesario, la construcción europea deberá continuar con aquellos Estados miembros que ya se han pronunciado en este sentido;
5.Considera que la decisión y las declaraciones sobre Dinamarca y el Tratado de la Unión Europea permitirán organizar el segundo referéndum danés; se congratula de que los acuerdos concluidos con Dinamarca no impliquen renegociación alguna del Tratado, pero lamenta que las cláusulas derogatorias concedidas a Dinamarca no impliquen límite alguno en su duración,lo que conlleva el riesgo de que Dinamarca se quede estancada en una actitud negativa que impida cualquier tipo de evolución;
6.Espera que el pueblo danés aproveche la oportunidad que se le ofrece para ratificar el Tratado de Maastricht y para participar plenamente en la Unión Europea;
ADHESION DE NUEVOS ESTADOS MIEMBROS A LA UNION
7.Expresa su satisfacción de que las "condiciones de admisión" de los futuros miembros "se basarán en la aceptación de la totalidad del Tratado sobre la Unión Europea y del acervo" comunitario lo que excluye que las exenciones concedidas a Dinamarca puedan ampliarse a otros miembros;
8.Acepta el calendario previsto para las negociaciones con los países candidatos y recuerda que la entrada en vigor del Tratado de la Unión es una de las condiciones previas para la conclusión de las negociaciones y que toda ampliación exigirá un análisis profundo sin el cual el Parlamento no emitirá su dictamen conforme;
REACTIVACION ECONOMICA
9.Toma nota de las medidas propuestas para reactivar la economía de la Comunidad pero lamenta que no se haya mencionado al empleo como uno de los objetivos de las políticas económicas;
10.Considera que, a la vista de la situación actual en la Comunidad y en los países del Este y de la cuenca mediterránea, el plan de reactivación económica debería ser más ambicioso y tener como primer objetivo el crecimiento y el empleo;
11.Pide que la Comisión ejerza toda su influencia para que se apliquen urgentemente las medidas propuestas y, en particular, para la creación del Fondo Europeo de Inversiones;
12.Considera que es necesaria una mayor coordinación de las políticas económica y monetaria de los Estados de la Comunidad para eliminar la incertidumbre que reina en los mercados monetarios y financieros;
13.Pide a la Comisión y al Consejo que pongan en marcha todos los medios políticos, económicos y diplomáticos disponibles para contrarrestar la especulación monetaria que tiende a poner en entredicho la existencia del SME;
FINANCIACION DE LA COMUNIDAD Y PAQUETE DELORS II
14.Toma nota de las conclusiones del Consejo Europeo sobre la futura financiación de la Comunidad y de sus propuestas relativas a las perspectivas financieras anuales; considera que podrían servir de base para un examen profundo de cara a un posible acuerdo interinstitucional; encarga a su comisión competente que elabore un informe al respecto;
MERCADO INTERIOR
15.Denuncia el mantenimiento de los controles en las fronteras interiores de la Comunidad después del 1 de enero de 1993, que constituye una violación del artículo 8A del Tratado CE y se preocupa por la pérdida de credibilidad que ello puede ocasionar entre los ciudadanos de la Comunidad; lamenta también el desequilibrio actual entre la libertad de circulación de los bienes y de las personas;
16.Pide a la Comisión que utilice todos los medios de que dispone para lograr que todos los Estados miembros respeten el Tratado;
DEMOCRACIA, TRANSPARENCIA Y SUBSIDIARIEDAD
17.Constata con satisfacción, en relación con la subsidiariedad, que el procedimiento de aplicación del artículo 3 B deberá ser objeto de un acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, y vuelve a expresar su deseo de que el procedimiento adoptado no implique ningún desequilibrio ni desaceleración del proceso de toma de decisiones de la Comunidad; confirma el mandato de su delegación ante la conferencia interinstitucional para negociar un acuerdo sobre la democracia, la transparencia y la subsidiariedad;
18.Lamenta los escasos progresos que se han realizado en materia de democracia e insiste en la necesidad de que el Consejo se comprometa a no adoptar un acto legislativo rechazado por el Parlamento Europeo;
19.Constata la apertura en materia de transparencia, que si bien constituye un progreso, no alcanza el nivel indispensable de publicidad de la actividad legislativa del Consejo; manifiesta su indignación por el requisito de unanimidad a la hora de decidir sobre el acceso al público, mientras que para la adopción del reglamento interior del Consejo sólo se requiere mayoría simple;
20.Insiste en que las votaciones de los Estados miembros y las explicaciones de voto en el Consejo se hagan públicas;
21.Recuerda que el nuevo examen o la retirada de reglamentos y directivas quedarán sometidos al poder legislativo del Parlamento;
COMPOSICION DEL PARLAMENTO EUROPEO
22.Se congratula de que el Consejo Europeo haya aprobado las propuestas del Parlamento en lo que se refiere a la adaptación del número de escaños a los cambios pasados y futuros de la composición de la Comunidad;
23.Desea que el Consejo apruebe a su debido tiempo, para las elecciones de 1994, un procedimiento electoral uniforme conforme a la propuesta del Parlamento Europeo;
SEDES DE LAS INSTITUCIONES Y DE LOS ORGANISMOS
24.Expresa su perplejidad ante el hecho de que el Consejo Europeo haya tomado una decisión que pretende establecer detalladamente los lugares de las distintas actividades del Parlamento Europeo sin consultar siquiera al propio Parlamento;
25.Declara que cualquier decisión que divida permanentemente las actividades del Parlamento Europeo entre tres países diferentes es contraria a los Tratados, en particular a los artículos 5, 142 y 216 del Tratado CEE, así como al derecho inherente a un Parlamento elegido por sufragio universal directo de determinar sus propios métodos de trabajo y de desempeñar sus cometidos de la manera más eficaz;
26.Considera que la fijación de su sede no debe afectar a su capacidad de autoorganizarse de conformidad con los Tratados y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia; en consecuencia, no se considera vinculado por decisiones contrarias a los Tratados;
27.Condena la falta de decisión sobre la sede de los otros Organos, como la Agencia para el Medio Ambiente y el Instituto Monetario Europeo, cuya sede debía fijarse, de conformidad con la decisión del Consejo Europeo de Maastricht, antes de finales de 1992;
RELACIONES EXTERIORES
28.Apoya al Consejo en su firmeza contra la política de los actuales dirigentes de Serbia y pide a los Estados miembros que participen activamente en las medidas de refuerzo de las sanciones y en la aplicación de la Resolución 786 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;
29.Opina, al igual que el Consejo, que se debe dar prioridad a los medios políticos para resolver la crisis en la antigua Yugoslavia, pero que, vista la gravedad de la situación, se imponen nuevas iniciativas por parte de la comunidad internacional. Manifiesta su satisfacción por la voluntad del Consejo y de sus Estados miembros de participar activamente;
30.Pide al Consejo que adopte todas las iniciativas políticas necesarias para intervenir cuanto antes militarmente en Bosnia-Herzegovina, con el fin de terminar con el asedio y las agresiones militares;
31.Condena enérgicamente, al igual que el Consejo, las incalificables brutalidades cometidas contra la comunidad musulmana de Bosnia-Herzegovina con objeto de llevar a cabo la "purificación étnica", condena especialmente la violación sistemática de mujeres y exige con firmeza el cierre inmediato de todos los campos de detención y, en particular, de los campos reservados a las mujeres, y que se preste toda la ayuda necesaria a las víctimas;
32.Reitera la necesidad de que los Estados miembros tomen la decisión formal y vinculante de acoger a los refugiados procedentes de la antigua Yugoslavia y, en particular, a los que se encuentran encerrados en campos de concentración sin poder abandonarlos por no tener un lugar de destino en el extranjero;
33.Apoya la propuesta del Consejo de crear zonas de seguridad para las poblaciones civiles y de hacer llegar a ellas, por todos los medios, la ayuda humanitaria necesaria;
34.Considera que el Consejo debe pedir ahora urgentemente al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que decida la aplicación de las propuestas precedentes y que reúna los medios, incluidos los militares, necesarios para la aplicación real de estas decisiones;
35.Considera que no se ha hecho suficiente hincapié en la necesidad de garantizar la libertad de expresión en todo el territorio de la antigua Yugoslavia y en particular -durante la campaña electoral- en Serbia y Kosovo, donde no se ha de impedir que se exprese la prensa en lengua albanesa;
36.Manifiesta su satisfacción por el interés del Consejo por el papel de Irán en el Oriente Próximo y por la amenaza que el exceso de armamento de este país representa para la estabilidad regional; a este respecto, pide a los Doce que insistan para que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adopte todas las medidas de prevención necesarias para evitar una nueva guerra en la región; señala la necesidad de un reforzamiento de la política común de control de las exportaciones y la venta de armas;
37.Pide que la Comunidad y sus Estados miembros amplíen sus esfuerzos en favor del pueblo somalí e insiste en que todos los Estados miembros deben participar activamente en las operaciones de ayuda humanitaria que se realizan bajo los auspicios de las Naciones Unidas; pide que el Consejo utilice todos los medios necesarios para lograr una solución política del conflicto;
38.Pide al Consejo que refuerce su política común de apoyo a los procesos de democratización en los países de Africa y que sea firme con aquellos países africanos en los que la situación de los derechos humanos sigue siendo preocupante;
39.Toma nota con satisfacción de que el Consejo Europeo apoya plenamente la Resolución 794 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas así como su aplicación por la Comunidad Internacional, pero deplora que el hecho de que el Consejo Europeo no haya formulado iniciativas concretas para garantizar que la aplicación de la Resolución 794 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas fomente la reconciliación y la reconstrucción nacionales en Somalia; pide al Consejo que formule propuestas para una conferencia de reconciliación y un programa de reconstrucción para Somalia;
40.Pide, en particular, la mayor vigilancia y firmeza frente a la situación en Sudáfrica, ya que, mientras no se suprima de hecho el apartheid, sigue siendo necesaria la presión internacional;
41.Expresa su inquietud ante el modo en que ha discurrido la sustitución del Primer Ministro de Rusia;
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42.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros de la Comunidad.