RESOLUCION B3-0077 y 0093/93
Resolución sobre Marruecos
El Parlamento Europeo,
A.Preocupado por la represión de que son víctima en Marruecos los demócratas y, más particularmente, los sindicalistas, en unos momentos en que el Gobierno marroquí declara su intención de iniciar un proceso de democratización y presenta su candidatura a la vicepresidencia de la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos de las Naciones Unidas que se celebrará en junio de 1993 en Viena,
B.Considerando que todavía no se ha puesto en libertad a Nubir AMAUI, Secretario General de la Confederación Democrática del Trabajo y miembro de la Secretaría Política de la USFP, condenado el 17 de abril de 1992 a dos años de cárcel, a raíz de unas declaraciones al diario El País,
C.Recordando la vulneración de los derechos de la defensa de Nubir AMAUI en el transcurso del proceso, así como los atentados a la libertad de prensa que siguieron al mismo,
D.Sabedor de que Nubir Amaui será juzgado en segunda instancia el 21 de enero de 1993 ante la audiencia territorial de Rabat,
E.Considerando la detención y condena a cinco años de prisión el 18 de mayo de 1992 de Dris GHNIMI, Secretario Regional de la Unión General de Trabajadores Marroquíes, por el mero hecho de haber apoyado una huelga de trabajadores agrícolas,
F.Considerando la detención el 20 de noviembre de 1992 de Ahmed BELAICHI, uno de los responsables locales de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos en Al-Hoceima, y su condena a tres años de prisión incondicional
G.Preocupado por la persistencia de las violaciones de los derechos humanos en Marruecos, como demuestran los recientes informes de la Federación Internacional de Derechos Humanos y de Amnistía Internacional,
1.Condena la detención y encarcelamiento de Nubir AMAUI, Dris GHNIMI y Ahmed BELAICHI, y pide su puesta en libertad y la de todas las personas encarceladas por su actividad política o sindical, garantizando su seguridad después de la liberación;
2.Pide al Gobierno marroquí que esclarezca los hechos en lo que respecta a la suerte de las personas desaparecidas, que ponga término al encarcelamiento político, a los secuestros ilegales y a las restricciones de las libertades fundamentales y que respete los convenios internacionales de los que es signatario;
3.Pide a las autoridades comunitarias y a los Gobiernos de los Estados miembros que, en el marco de las relaciones políticas, económicas y comerciales, hagan todo lo posible para obligar al Gobierno marroquí a poner en libertad a todas las personas encarceladas por su actividad política o sindical y a poner término a su política de violación de los derechos humanos;
4.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno marroquí.