RESOLUCION B3-0034, 0036 y 0101/93
Resolución sobre la situación en Bosnia-Herzegovina
El Parlamento Europeo,
A.Reiterando su condena de los asesinatos y otras atrocidades cometidos contra la población civil de Bosnia-Herzegovina, que forman parte de una estrategia deliberada para aterrorizar a la comunidad musulmana, con el fin de llevar a cabo una depuración étnica;
B.Denunciando la ausencia de una auténtica cooperación política que habría permitido a los europeos armonizar su postura sobre la medidas que se deben adoptar con respecto a la situación en la antigua Yugoslavia,
C.Deplorando la incapacidad de la Comunidad Internacional y, en particular, de los europeos para conseguir que se respeten las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre el embargo, así como sobre el tránsito de los convoyes humanitarios; rinde, no obstante, homenaje a todos los que trabajan por una solución pacífica y prestan ayuda humanitaria y muy especialmente a los observadores, soldados, negociadores y organizaciones no gubernamentales que trabajan en la región;
D.Considerando que la tragedia en Bosnia-Herzegovina constituye una seria amenaza para la paz y la estabilidad en toda la región y, en particular, en todas las repúblicas de la antigua Yugoslavia,
E.Considerando que la responsabilidad primordial del conflicto y de su carácter brutal incumbe a los dirigentes de Serbia y de los serbios bosnios,
F.Considerando que se debe prestar un apoyo inequívoco a todos los esfuerzos por encontrar una solución pacífica al conflicto en Bosnia-Herzegovina,
H.Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en la antigua Yugoslavia y, en particular, las de 29 de octubre de 1992, sobre la catástrofe que se avecina en Bosnia y las violaciones de los derechos humanos en la antigua YugoslaviaVéase Acta de esta fecha, Parte II, punto 17 b)., 19 de noviembre de 1992, sobre la extensión del conflicto en la antigua YugoslaviaVéase Acta de esta fecha, Parte II, punto 1., y 17 de diciembre de 1992, sobre la violación de mujeres en la antigua YugoslaviaVase Acta de esta fecha, Parte II, punto 8 c).,
1.Insiste en la necesidad de incrementar la presión sobre los responsables, con objeto de que se ponga fin a todos los excesos y sean liberadas todas las personas que puedan estar detenidas en los campos;
2.Subraya la importancia de recoger todos los testimonios y documentos que permitan determinar las responsabilidades personales de los crímenes, en particular, las ejecuciones sumarias, torturas y violaciones de mujeres cometidas en el marco de los conflictos en la antigua Yugoslavia, con el fin de poder perseguir a los autores ante una jurisdicción internacional especializada;
3.Pide que, en el marco del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se establezca un centro de documentación sobre violación de los derechos humanos en la antigua Yugoslavia, con el mandato de realizar todas las investigaciones necesarias al respecto; pide a la Comunidad y sus Estados miembros que apoyen el establecimiento y funcionamiento de tal centro;
4.Pide a la Comunidad y a sus Estados miembros que asuman plenas responsabilidades en lo que respecta a garantizar una observancia y ejecución rigurosas del embargo contra la antigua Yugoslavia; pide a la Comisión de las Comunidades Europeas que elabore un lista de sanciones contra los países (sean Estados miembros o terceros países) desde cuyo territorio se realizan persistentes violaciones del embargo; pide, al mismo tiempo, que se indemnice a los países en los que el embargo produce efectos dsproporcionadamente negativos;
5.Pide a los ministros reunidos en el marco de la Cooperación Política que intervengan para que el Consejo de Seguridad adopte una nueva resolución que permita garantizar la aplicación efectiva de sus anteriores resoluciones, precisando los medios que puede utilizar los efectivos bajo los auspicios de las Naciones Unidas para cumplir sus misiones, y prever las sanciones y medidas militares que se deban aplicar en el caso de que las milicias serbias sigan incumpliendo estas diferentes resolucione;
6.Subraya las exigencias de una solución justa y equitativa, apoya el proceso de negociación de Ginebra y llama la atención sobre la necesidad de establecer, desde la primera fase de aplicación, garantías muy serias para la protección de las minorías que viven en las provincias cuya creación se prevé en Bosnia-Herzegovina, así como la magnitud de los medios internacionales que habrá que movilizar durante años para garantizar el respeto de cualquier acuerdo negociado;
7.Reitera su exigencia de que se clausuren inmediatamente todos los campos de detención y, en particular, los campos de mujeres y de que se permita un acceso libre y seguro a los mismos de las organizaciones humanitarias, de forma que todos los detenidos en estos campos puedan recibir ayuda;
8.Hace un nuevo llamamiento a los Gobiernos de los Estados miembros para que acojan (temporalmente) a un número mucho mayor de refugiados y pide a los Estados miembros que abran con carácter urgente sus fronteras y faciliten inmediatamente fondos con objeto de resolver el problema de los refugiados de conformidad con el principio de reparto equitativo de la carga;
9.Pide a la Comunidad y a los Estados miembros que den todo el apoyo necesario -material, económico y militar- al ACNUR y a la ECHO en el desarrollo de sus esfuerzos de ayuda humanitaria a la atormentada población de Bosnia-Herzegovina;
10.Pide un apoyo genuinamente eficaz y duradero a aquellos grupos y sus medios de comunicación que en todas las repúblicas de la antigua Yugoslavia desarrollan actividades relacionadas con la defensa de la democracia, el pluralismo étnico y la tolerancia política y religiosa en un Estado de derecho y luchan contra la barbarie y los prejuicios étnicos;
11.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Cooperación Política Europea, a la Comisión, así como a los Copresidentes y participantes en la Conferencia de Ginebra;