RESOLUCION B3-0242 y 0257/93
sobre el accidente del "Maersk Navigator" en el Estrecho de Malaca
El Parlamento Europeo,
-Vista su Resolución de 21 de enero de 1993 sobre el desastre del petrolero Braer,
A.Considerando la colisión del superpetrolero danés "Maersk Navigator", que transportaba más de 250.000 toneladas de petróleo, con el petrolero japonés "Sanko Honour" a 60 millas de la costa de Sumatra, ocurrida el 21 de enero y que ocasionó el vertido de aproximadamente 20.000 toneladas de crudo y una capa de petróleo de más de 50 km., lo que pone en peligro las zonas de protección de la naturaleza en las islas Nicobar,
B.Considerando la serie ininterrumpida de graves accidentes provocados por petroleros -la sexta que se produce en esta región del mundo en un plazo de ocho meses-, lo que indica carencias importantes en la normativa internacional de seguridad,
C.Considerando que, con un tráfico de unos 2.000 barcos diarios, el Estrecho de Malaca es la vía navegable más utilizada en el mundo,
D.Considerando que la poca profundidad del Estrecho de Malaca, junto con las peligrosas corrientes, ha causado un elevado número de accidentes,
1.Lamenta el daño ecológico y material causado por el accidente;
2.Manifiesta el deseo de que la aplicación de las normas internacionales y, en particular, las del Convenio MARPOL sea mucho más estricta;
3.Pide a los Consejos de Medio Ambiente y de Transportes que examinen la crítica realizada por el Ministro indio de Medio Ambiente contra el Gobierno danés en el sentido de que éste no proporcionó ayuda, y que preparen planes de intervención para cualquier caso futuro de emergencia marítima fuera del territorio de la CE, cuando esté implicado un barco de pabellón europeo;
4.Pide a los Estados miembros de la CE y a los ministros de Asuntos Exteriores reunidos en el marco de la Cooperación Política Europea que ayuden a Indonesia, Malasia y Singapur en sus planes para instalar un servicio obligatorio de prácticos en el Estrecho de Malaca;
5.Pide que la profundidad mínima del agua bajo la quilla de los barcos que naveguen en el Estrecho de Malaca sea de 3,5 a 5 metros;
6.Acoge con satisfacción el proyecto de los Consejos de Medio Ambiente y Transportes de mejorar la normativa de seguridad comunitaria para el transporte marítimo, especialmente en lo que se refiere al establecimiento de un sistema de sanciones y de responsabilidad civil, pero insiste en que las disposiciones han de ser competencia de la CE y no de la OMI;
7.Pide al Consejo, a la Comisión y al Gobierno danés que establezcan disposiciones compensatorias para los Estados afectados por el accidente que incluyan:
-cobertura de los gastos de reparación que no cubren las compañías de seguros,
-financiación de un estudio sobre las repercusiones ecológicas del accidente;
8.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a la CPE, al Gobierno danés y a los Gobiernos de Indonesia, Malasia, Singapur y la India.