RESOLUCION A3-0111/93
Resolución sobre las industrias marítimas europeas
El Parlamento Europeo,
-Vista la Comunicación de la Comisión sobre los nuevos desafíos a las industrias marítimas (COM(91) 0335 final - C3-0022/93),
-Visto el informe final del Foro Marítimo y las conclusiones presentadas por sus cuatro grupos de trabajo,
-Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social sobre las industrias marítimas europeas: nuevas medidas para fortalecer la competitividad (COM(92) 490 final),
-Vistas sus recientes Resoluciones sobre temas marítimos, particularmente sus Resoluciones de 22 de noviembre de 1991 sobre la política industrial comunitaria en el sector de la construcción naval, de 16 de septiembre de 1992 sobre los daños causados al medio ambiente por vertidos de petróleo desde buques, de 17 de noviembre de 1992 sobre el medio ambiente y la competitividad industrial, de 19 de enero de 1993 sobre las medidas en favor de la regeneración y para evitar la contaminación mar Báltico y de 21 de enero de 1993 sobre la catástrofe del petrolero Braer,
-Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial y las opiniones de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor y de la Comisión de Transportes y Turismo (A3-0111/93),
A.Considerando que las industrias marítimas ofrecen una elevada cifra de puestos de trabajo en la Comunidad, calculada en unos 2,5 millones de personas en todos los sectores,
B.Considerando que el 90% del comercio comunitario exterior se realiza mediante buques,
C.Considerando que los buques consumen menos energía por tonelada transportada y se compaginan mejor con el medio ambiente que cualquier otro medio de transporte en lo que se refiere a la contaminación acústica y de la atmósfera,
D.Considerando la política "agresiva" de los EE.UU. y del Japón dirigida a proteger sus industrias frente a la competencia europea,
E.Considerando que la Comunidad Europea tiene grandes intereses en el sector marítimo y que es indispensable la acción conjunta de los Estados miembros y de las empresas para lograr los objetivos comunitarios,
F.Considerando que un importante sector de la economía de determinados Estados miembros y de sus regiones depende considerablemente de las industrias marítimas, con una dependencia que se aparta bastante del término medio, por lo que los resultados de cualquier evolución desfavorable tienen una mayor repercusión en dicho sector,
Importancia de las industrias marítimas comunitarias
1.Subraya la gran importancia que las distintas industrias marítimas de la Comunidad Europea tienen para la economía comunitaria, tanto por sus propias proporciones como por su significación para el desarrollo del comercio comunitario, para los recursos naturales que constituyen su base y para su entorno, y por causa de los efectos indirectos que ejercen sobre toda una gama de industrias y servicios. Señala, además, que las industrias marítimas de la Comunidad constituyen una fuente importante de trabajo, y que lo seguirán siendo en el futuro;
2.Señala que la situación de las industrias marítimas comunitarias varía enormemente de una industria a otra, pero que existen algunos indicadores inquietantes por lo que respecta a la posición de la Comunidad Europea en algunos de los sectores más importantes, como la acusada disminución de la participación comunitaria en la flota mundial y en el porcentaje de barcos nuevos destinados a navieras europeas actualmente en construcción en los astilleros europeos, y el hecho de que el volumen de toneladas controladas por la CE pero con banderas extranjeras es, en la actualidad, mayor que el de la flota comunitaria que navega bajo banderas comunitarias. Estima que la Comunidad Europea deberá abordar estos problemas si desea mantener su competitividad y salvaguardar su fundamento industrial;
3.Señala la importancia fundamental para las diferentes industrias marítimas europeas de una industria naval europea fuerte; Considera que los beneficios de una considerable flota de buques registrados en los Estados miembros y de un elevado número de marinos comunitarios repercutirá en todos los demás sectores conexos, incluida la construcción naval y la producción de equipo en el sector marítimo, dando lugar a importantes transacciones en el mercado interno y a la adquisición de técnicas fundamentales en el sector marítimo. Señala además la importancia estratégica de fuertes industrias comunitarias en términos de defensa;
4.Rechaza la distinción que a menudo se hace entre industrias emergentes e industrias declinantes, es decir, entre industrias que atraviesan una fase de crecimiento y las que están en decadencia. Considera que es de gran importancia estimular el desarrollo de las industrias marítimas emergentes, como la minería en la plataforma submarina, la conversión de energía térmica, la producción de agua potable y la construcción de plataformas flotantes, así como el de las industrias que ya han alcanzado cierta madurez, como la acuicultura. Estima, sin embargo, que los sectores más tradicionales, como la construcción naval y la pesca, no deberían descuidarse, y que su competitividad puede reforzarse asimismo en gran medida si le se aplican técnicas modernas y se adoptan otras medidas adecuadas;
Necesidad de una estrategia marítima integrada
5.Lamenta que se haya tratado a menudo a las industrias marítimas de manera segmentada, considerándose sus problemas por separado, aplicándoseles políticas divergentes y a veces conflictivas, y con unas competencias administrativas frente a ellas excesivamente fragmentadas, no sólo en el plano nacional, sino también en el seno de la Comisión. Considera, en cambio, que existe una clara correlación entre la mayoría de las industrias marítimas y que muchas de las medidas comunitarias que habrán de adoptarse son de carácter horizontal;
6.Insiste, por tanto, en que se establezca una estrategia comunitaria integrada y a largo plazo respecto de las industrias marítimas europeas, que incluyan aspectos fiscales, de transporte, medio ambiente y seguridad, recursos naturales, política social, competencia, I+D y de política internacional y que se sitúen en un marco eficaz, económicamente eficiente, democrático y con poder de decisión;
Protección del medio ambiente marítimo
7.Señala, en consideración de su Resolución de 17 de diciembre de 1992 sobre el accidente del petrolero y la marea negra de las costas de La Coruña, así como la Resolución mencionada de 21 de enero de 1993 sobre el accidente del petrolero "Braer", que el traslado, necesario y oportuno desde el punto de vista ecológico, de los transportes de la carretera al agua, no puede dar lugar a un traslado del riesgo en el sector de los transportes; por ello, la Comunidad y los Estados miembros tienen que prestar una atención especial a la prevención de las colisiones mediante sistemas de regulación del tráfico; en los casos en que resulte oportuno deben tomarse en consideración los sistemas de tuberías (por ejemplo, para el transporte de mercancías peligrosas) como alternativa ecológica; la oceanografía desempeña un papel importante en este sentido;
8.Opina, consciente de la creciente importancia de los mares como fuente de recursos, espacio vital e importante sistema amortiguador en el sistema global del clima, que la asignación de fondos para la investigación y el desarrollo ha de estar vinculada a la observancia de criterios ecológicos; tal es el caso de proyectos financiados con créditos destinados a la conversión militar, como PERIFRA y KONVER, que van a parar, por ejemplo, a las industrias marítimas; los créditos destinados a la investigación en el sector marítimo deben aumentarse, inscribirse en un título presupuestario creado a tal efecto y fomentar especialmente las fuentes de energía regenerativas como alternativa ecológica a los combustibles fósiles y a la energía nuclear;
9.Pide, en consideración del apartado 2 del artículo 130 R del Tratado CEE, que se intensifique la previsión medioambiental en la política relativa a la industria marítima; ello puede lograrse, por ejemplo, mediante un control de calidad, de acuerdo con criterios ecológicos, durante el proceso de producción industrial; la industria tiene que estar dispuesta también, de acuerdo con las condiciones marco establecidas, a asumir su responsabilidad respecto al medio ambiente; además, habría de perseguirse una mejora de las disposiciones de seguridad mediante la adopción de disposiciones en materia de sanciones y de responsabilidad civil;
10.Pide, en relación con el Reglamento (CEE) nº 3760/92 del Consejo, de 20 de diciembre de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura, y a la vista del informe de la Comisión sobre el control de la aplicación de la política pesquera común (SEC(92)0394), un control más riguroso de los métodos de captura y una mayor vigilancia de los caladeros, así como el desarrollo de tecnologías pesqueras que apoyen la conservación de las poblaciones (por ejemplo, mediante la pesca selectiva); el establecimiento y la explotación de las instalaciones de acuicultura tienen que tener en cuenta los aspectos medioambientales.
11.Pide que se realicen esfuerzos considerables para intensificar drástica e inmediatamente el control del cumplimiento de la normativa vigente relativa a la seguridad marítima, dado que es evidente que en los Estados miembros no se realizan los suficientes controles de los buques por parte de los Estados miembros debido a la escasez de medios materiales y humanos;
12.Opina que la unificación en una guardia costera europea de las distintas instituciones estatales marítimas ya existentes dedicadas a tareas como control de pesca, aduana, y policía constituiría a medio plazo un medio adecuado para un control efectivo; señala que, mediante la realización de tareas de seguimiento ecológico, esta guardia costera ofrecería también una perspectiva para puestos e instalaciones militares afectados por los recortes presupuestarios de los ministerios de defensa;
13.Pide a la Comisión que, considerando la catástrofe del "Mar Egeo" antelas costas de La Coruña, examine en qué medida las estaciones de descarga (terminales) para sustancias peligrosas pueden trasladarse de emplazamientos terrestres o próximos a la costa a zonas marítimas alejadas de ella, desde las que las mercancías peligrosas que han de descargarse se transporten a tierra firme mediante la utilización de "pipelines" o embarcaciones más pequeñas;
14.Toma nota de que la Comisión ha presentado entretanto una comunicación sobre "una política común de seguridad marítima", sobre la que habrá de pronunciarse en un procedimiento específico, y pide que la política de seguridad marítima constituya una parte integrante de la política industrial marítima;
El Foro Marítimo
15.Acoge con gran satisfacción, en este contexto, la creación de un Foro Marítimo de las industrias y los servicios afectados, con objeto de examinar la situación general en el sector marítimo y de formular recomendaciones para la adopción de medidas de cara al futuro; subraya que es muy importante tener en cuenta, en toda acción emprendida por la Comunidad para fomentar la industria marítima europea, el informe final del grupo de expertos de alto nivel establecido por el Foro de Industrias Marítimas;
16.Considera que dicho Foro ha creado una base más amplia para la cooperación en asuntos de interés común entre las distintas industrias marítimas que la que ha existido en el pasado, y que así ha ocurrido, en particular, en el sector del transporte marítimo y en el de la construcción naval, cuyos destinos están tan íntimamente ligados y cuyas estrategias y objetivos han sido a menudo tan distintos;
17.Estima que el informe final del Foro constituye una excelente base para las actividades futuras y que, de tener un seguimiento adecuado, podría llevar al establecimiento de una política industrial coherente para el sector marítimo, que pudiera servir de modelo para el establecimiento de políticas industriales horizontales en otros sectores;
Medidas de seguimiento necesarias: elementos para una estrategia comunitaria
18.Acoge con satisfacción el hecho de que la Comisión haya respondido de manera positiva a las recomendaciones hechas por el Foro y que se haya comprometido a adoptar una serie de medidas para ponerlas en práctica;
19.Considera, sin embargo, que la respuesta de la Comisión no ha sido lo suficientemente precisa y que existen tres conjuntos de problemas específicos que la Comisión ha de encarar de manera mucho más clara:
-las iniciativas que deben emprenderse en el plano internacional para desarrollar la competencia sobre una base de reciprocidad, para adoptar medidas estrictas en favor del medio ambiente, para conseguir que se lleven a cabo inspecciones más uniformes y eficaces de los puertos y para poner coto a los abusos derivados de la utilización de pabellones de conveniencia, tales como la violación de las normas mínimas relativas a los buques y a las tripulaciones,
-las medidas que ha de adoptar la Comisión para asegurarse de que su propia organización interna, así como las múltiples Direcciones Generales interesadas, respondan de manera clara a los imperativos de una política industrial marítima integrada,
-las medidas concretas que la Comisión tiene intención de proponer, después de obtener el acuerdo de los sectores industriales implicados, en relación con el seguimiento que se deberá dar al Foro Marítimo y a las reuniones de expertos en materia de industria y, en particular, si desea ir más allá del marco que ofrece el Foro actual (al que dice querer convocar anualmente) mediante la creación de una Fundación o Agencia Marítima;
20.Acoge con satisfacción la iniciativa emprendida por las regiones marítimas y otras partes interesadas de estudiar la posibilidad de crear una Asociación Europea de Regiones Marítimas con objeto de fomentar la adopción de medidas comunitarias en relación con los asuntos marítimos en su conjunto;
21.Considera que la Comisión debería apoyar dicha iniciativa, que es compatible con el espíritu del Foro Marítimo, siempre que no suponga una duplicación innecesaria de las actividades del Foro;
22.Considera que la Comisión, los Estados miembros y las empresas deben coordinar sus políticas con el fin de hacer frente de manera más eficaz a problemas como la supresión de las barreras técnicas, la distorsión de la competencia y las prácticas ilegales de fijación de precios;
23.Considera que, en relación con la industria marítima, se deberían incluir y perseguir los siguientes objetivos a escala comunitaria y teniendo en cuenta las propuestas ya existentes, como las relativas a EUROS y a la seguridad en el tráfico marítimo:
-un conjunto de medidas positivas en favor de la navegación comunitaria, lo suficientemente interesante como para mantener o hacer que vuelvan buques a los registros de los Estados miembros, en particular mediante la introducción de normas comunes para el trato fiscal de las operaciones de navegación; éstas deberán incluir un régimen flexible de amortización para las operaciones de navegación y/u otras medidas que faciliten la inversión así como desgravaciones apropiadas en materia de ingresos y de previsión social en relación con la contratación de marinos comunitarios,
-el suministro de una mayor proporción de información básica, de informes sobre las causas de siniestros y de estadísticas, que contengan análisis en relación con las repercusiones ecológicas, sociales y económicas, en las que deberán basarse las iniciativas futuras,
-una cualificación especial de las tripulaciones de los buques mediante una formación profesional y una formación continua adaptada al progreso técnico y mediante la instrucción obligatoria en el ámbito de la seguridad y de los equipos de seguridad, lengua de trabajo única a bordo y en las comunicaciones mar-tierra, así como garantía de calidad obligatoria de la gestión,
-un conjunto de medidas eficaces para la protección del medio ambiente marítimo y la prevención de calamidades tales como la del Braer y la del Mar Egeo, que contenga, entre otras cosas, disposiciones mejores y más estrictas en materia de responsabilidad civil y de seguridad para los buques, las tripulaciones y las rutas marítimas,
-la adopción de medidas comunitarias integradas para el fomento del transporte marítimo de trayecto corto, con objeto de contribuir a la reducción de las congestiones en el transporte, reducir la contaminación y crear una actividad económica y empleo adicionales,
-una estrategia comunitaria integrada en materia de investigación y desarrollo, con objeto de fomentar la protección medioambiental y la seguridad, estimular nuevos conceptos de diseño y tecnologías de capacitación incluido el empleo de la técnica y de la tecnología del hidrógeno, examinar el potencial y fomentar el desarrollo de las industrias marítimas emergentes y de nuevos recursos marinos, y las medidas necesarias para emprender proyectos adecuados piloto, muy en especial, superpetroleros ecológicos,
-el establecimiento, por parte del Grupo de Expertos de Alto Nivel, de un nuevo grupo de expertos que coordine la estrategia comunitaria en el ámbito de la investigación y el desarrollo,
-apoyo de la creación de normas europeas y de disposiciones técnicas en las tecnologías marítimas con el fin de lograr economías de escala,
-el análisis de los problemas suscitados en relación con los recursos humanos, con objeto de que los marinos comunitarios vuelvan a hallar condiciones de trabajo interesantes y tengan un nivel de formación suficiente para satisfacer las nuevas exigencias y para evitar la contratación de tripulaciones no cualificadas,
-el análisis de los problemas suscitados en relación con los recursos humanos, con objeto de que los marinos comunitarios tengan un nivel de formación suficiente para satisfacer las nuevas exigencias y para evitar la contratación de tripulaciones no cualificadas,
-sin perjuicio de los debates que se están celebrando en el seno de la OCDE sobre las ayudas a la construcción naval, el examen de nuevas modalidades de fomento a la construcción naval en el seno de la Comunidad, en una Octava Directiva sobre la construcción naval, y asimismo un firme seguimiento de las propuestas hechas por el Foro Marítimo en materia de financiación,
-el examen de los problemas planteados por la reconversión de los astilleros militares existentes en astilleros civiles, y las perspectivas para los astilleros militares en general,
-garantías de que la estrategia comunitaria tome plenamente en consideración la situación que atraviesan las industrias marítimas de los países del EEE y de la Europa central y oriental;
24.Pide a los Gobiernos de los Estados miembros que apoyen y apliquen las propuestas enumeradas y las recomendaciones contenidas en el informe final del Foro Marítimo;
25.Considera que el presupuesto para 1993-1994 debería facilitar suficientes recursos presupuestarios para mantener la cooperación en el plano europeo y poner en práctica las medidas comunitarias necesarias para fomentar la competitividad de sus distintas industrias marítimas;
26.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros.