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PARLAMENTO EUROPEO - 22 aprile 1993
Política nuclear de la República Popular de Corea

RESOLUCION B3-0562, 0570, 0594 y 0607/93

Resolución sobre la política nuclear de la República Popular de Corea

El Parlamento Europeo,

A.Preocupado por la comunicación del Gobierno de la República Popular Democrática de Corea del Norte de querer retirarse del Tratado de no proliferación,

B.Tomando nota de la declaración de los Doce por la que se condena esta decisión,

C.Considerando que esta decisión de retirada fue adoptada sin consultar a las otras partes del Tratado,

D.Recordando que el 30 de enero de 1992 Corea del Norte firmó un acuerdo con el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) por el que autorizaba la inspección de las instalaciones nucleares situadas en su territorio,

E.Profundamente preocupado por el hecho de que el 17 de febrero de 1993 el Gobierno de Corea del Norte denegara su autorización a funcionarios del OIEA para llevar a cabo inspecciones de las dos instalaciones de Yongbyon, en donde, según indicios, se están construyendo armas atómicas, y que denegara nuevamente su autorización el 31 de marzo de 1993, fecha en que finalizaba el plazo concedido por el OIEA,

F.Recordando que en octubre de 1992 las autoridades rusas impidieron que un grupo de antiguos expertos soviéticos en misiles estratégicos viajara a Corea del Norte para reunirse con otros diez expertos que ya se habían desplazado a dicho país en agosto de 1992,

1.Reafirma su adhesión al principio de no proliferación y pide insistentemente a todos los Estados que se adhieran a él;

2.Condena firmemente la decisión de Corea del Norte de retirarse del Tratado de no proliferación y pide a las autoridades de dicho país que reconsideren esta decisión, que representa una verdadera amenaza para la paz en la región;

3.Apoya plenamente la declaración de los Doce;

4.Pide a Corea del Norte que autorice el acceso a los inspectores del OIEA;

5.Pide al OIEA y al Consejo de Seguridad que estudien todas las posibilidades de negociación con objeto de impedir que Corea del Norte se retire definitivamente del Tratado en el mes de junio de 1993;

6.Insta a los Miembros permanentes del Consejo de Seguridad a que extremen su vigilancia para tratar de evitar que Corea del Norte adquiera armas de destrucción masiva;

7.Pide a todas las partes contratantes del Tratado que suspendan todas sus relaciones científicas y tecnológicas con el Gobierno de Corea del Norte y con las instituciones industriales y científicas situadas en su territorio;

8.Lamenta los efectos nefastos de la actitud de Corea del Norte en las relaciones diplomáticas, económicas y comerciales de la región e insiste en que la economía de Pyongyang es la que corre mayor peligro;

9.Insiste en la necesidad de mantener garantías relativas a la seguridad de los países amenazados por el Gobierno de Kim II Sung;

10.Considera particularmente necesario, como medida de creación de confianza, que los países signatarios del Tratado de no proliferación apliquen plenamente todas las disposiciones del mismo y, en particular, el artículo 6;

11.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a los Ministros de Asuntos Exteriores reunidos en el marco de la Cooperación Política Europea, a los Secretarios Generales de las Naciones Unidas y del OIEA, así como al Gobierno de Corea del Norte.

 
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