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PARLAMENTO EUROPEO - 22 aprile 1993
El V Programa de Acción para el Medio Ambiente

RESOLUCION B3-0523/93

El Parlamento Europeo,

-Vista su Resolución de 13 de febrero de 1992 sobre la participación de la Comunidad en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD),

-Vista su Resolución de 8 de abril de 1992 sobre la aplicación de la legislación comunitaria,

-Vista su Resolución de 17 de noviembre de 1992 sobre la propuesta de la Comisión al Consejo de una resolución relativa a un Programa comunitario de política y acción en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible,

A.Preocupado por el grave deterioro de la situación general del medio ambiente, en particular por lo que se refiere a los cambios climáticos, la contaminación atmosférica, los hábitats y la biodiversidad, la contaminación de las aguas, los residuos y la destrucción del medio urbano, pese a las medidas adoptadas en las últimas décadas,

B.Considerando que hasta ahora no se han llegado a aplicar los necesarios cambios estructurales de tipo ecológico,

C.Considerando que la futura política en materia de medio ambiente ha de estar orientada de manera sostenible hacia una economía que tenga en consideración la capacidad ecológica del planeta y que conceda una importancia decisiva a la utilización respetuosa de los recursos naturales,

1.Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que introduzcan cambios fundamentales en su política ecológica;

2.Acoge con gran satisfacción las directrices del V Programa de Acción para el Medio Ambiente, en particular las cláusulas relativas al respeto del medio ambiente y a la integración de la protección del medio ambiente en todas las políticas comunitarias;

3.Pide a la Comisión que establezca los procedimientos adecuados para asegurar una integración de la dimensión medioambiental en el plano organizativo de todas las Direcciones Generales;

4.Insta a la Comisión que publique regularmente un Libro blanco para evaluar si las demás políticas comunitarias tienen en consideración el apartado 2 del artículo 130 R del Tratado CEE y para proponer y actualizar las medidas y prioridades de orden medioambiental, así como los calendarios correspondientes, en aplicación del principio de la corresponsabilidad;

5.Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y al Consejo.

 
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