RESOLUCION A3-0129/93
El Parlamento Europeo,
-Vista su Resolución de 18 de abril de 1991 sobre un esbozo general para acuerdos de asociación con los países de la Europa central y del Este,
-Vista la propuesta de resolución del Sr. De Clercq y otros sobre las relaciones económicas y comerciales entre la Comunidad Europea y Bulgaria (B3-0900/92),
-Visto el informe de la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores (A3-0129/93),
A.Considerando que en los Estados de la Europa central y oriental se están produciendo, desde el desmoronamiento del bloque oriental y de la antigua URSS, profundas transformaciones de los sistemas políticos en dirección hacia unas democracias pluralistas y de los sistemas económicos en dirección hacia unos ordenamientos basados en la economía de mercado,
B.Subrayando el gran interés que el mundo occidental y, en particular, la CE tienen en el éxito de estos procesos de reforma, cuyo fracaso tendría repercusiones negativas no sólo en dichos países, sino también en la CE,
C.Considerando los acuerdos de asociación negociados de momento en 1991 con Polonia, Hungría y la antigua República Federal Checa y Eslovaca, en cuyo marco la CE presta un apoyo significativo a estos países que actualmente ya han avanzado en el proceso de reforma, y teniendo en cuenta que la Comunidad debe dedicar también la misma atención a los otros países de la Europa central y oriental,
D.Considerando el programa PHARE y las ayudas prestadas por el Grupo de los 24 Estados industrializados occidentales (G-24), en cuyo marco los países de la Europa central y oriental reciben sobre todo las ayudas técnicas necesarias para los procesos de reforma,
E.Considerando la gran importancia estratégica que tiene el éxito de la transición democrática en Bulgaria y en toda la región para la estabilización de la región de los Balcanes,
F.Considerando que la ejecución de las reformas económicas presupone la existencia de un gobierno con capacidad de actuación que debería contar con el apoyo de una mayoría lo más amplia posible de la población para garantizar el consenso sobre la manera en que pueden superarse solidariamente en el curso de las reformas las dificultades económicas y sociales,
1.Acoge con satisfacción que Bulgaria, al igual que los demás Estados de la Europa central y oriental, desarrolle desde principios de los años noventa unos esfuerzos considerables con vistas a la transformación de su sistema económico para pasar de la economía planificada centralizada a la economía de mercado;
2.Constata que Bulgaria se encuentra actualmente en la fase intermedia de las reformas en la que los mecanismos de los antiguos sistemas económicos han perdido su función, pero en la que el nuevo sistema económico no se ha, sin embargo, realizado todavía lo suficiente para que puedan observarse los primeros resultados del éxito de la transformación;
3.Señala que durante esta fase transitoria se ha registrado una considerable paralización de la actividad económica en Bulgaria, habiendo disminuido la producción industrial en más de la mitad y los ingresos reales en más del 40% y habiendo aumentado el desempleo hasta un 15% de la población activa;
4.Subraya que Bulgaria había estado estrechamente vinculada en el aspecto económico, en tiempos del CAEM, a los demás Estados de la Europa central y oriental y, en especial, a la URSS, por lo que ahora sufre de manera particular como consecuencia del desmoronamiento del sistema comercial del CAEM; señala, al mismo tiempo, que Bulgaria ha logrado recientemente abrir nuevos mercados no sólo en Europa sino también en el Oriente Próximo;
5.Señala que, además de la pérdida de los mercados tradicionales para sus productos, Bulgaria debe enfrentarse a otras dificultades, en particular, como consecuencia de la desaparición de las fuentes baratas de materias primas y energía;
6.Considera que la cooperación, sobre todo económica, establecida recientemente entre los Estados ribereños del Mar Negro puede constituir un ejemplo útil de buena cooperación regional, en modo alguno incompatible o competitivo con las estrechas relaciones entre la Comunidad Europea y Bulgaria;
7.Subraya que la elevada inflación, en particular, durante 1991, fue consecuencia de la liberación de muchos precios y del recorte de numerosas subvenciones estatales a los productos de consumo, pero señala, sin embargo, al mismo tiempo la gran importancia que reviste un sistema estable de precios para el funcionamiento de una economía de mercado;
8.Reconoce los esfuerzos del Gobierno búlgaro por conseguir una estabilización macroeconómica de la masa monetaria, de los tipos de interés, del nivel de los precios y del déficit presupuestario, que ya han llevado a los primeros resultados positivos y han contribuido a proporcionar a los agentes económicos y, sobre todo, a los inversores extranjeros un marco más fiable para las decisiones en materia de inversión con vistas al futuro;
9.Señala con inquietud la elevada deuda exterior de Bulgaria de más de 12.000 millones de dólares, cuyo servicio ha causado a este país en los últimos tiempos grandes dificultades y que supone una carga adicional para el proceso de reforma;
10.Destaca especialmente la gravedad del estado de emergencia medioambiental al que se enfrenta actualmente Bulgaria en algunas de sus regiones y considera que el saneamiento medioambiental debe ser objeto especialmente importante de la cooperación con Bulgaria y de las ayudas a este país;
11.Pide a Bulgaria, así como a todos los demás Estados ribereños del Danubio, que intensifiquen su cooperación con el fin de lograr el saneamiento ecológico de ese importante río europeo y pide a la Comunidad que aporte todo tipo de contribución útil a tal fin;
12.Señala que Bulgaria ha recibido de la CE créditos a medio plazo para el apoyo de la balanza de pagos por un importe total de 400 millones de ecus y espera que estos fondos sean suficientes para proporcionar a este país el margen necesario para equilibrar por sí mismo su balanza de pagos;
13.Considera necesario, en particular, un rápido acuerdo con los dadores privados de créditos de Bulgaria, que han proporcionado alrededor del 80% de los créditos en divisas de Bulgaria, con vistas a la conversión de la deuda como condición previa para el aflujo de inversiones privadas, acuerdo que es asimismo indispensable para el apoyo multilateral por parte del FMI y del Banco Mundial;
14.Considera que la mejora de la balanza de pagos de Bulgaria es un signo alentador de la estabilización en materia de economía exterior que se ha traducido en un aumento continuo de las reservas de divisas hasta más de 1.000 millones de dólares en otoño de 1992;
15.Acoge con satisfacción en este contexto la fijación de la convertibilidad de la moneda búlgara para todas las transacciones de la balanza de pagos corrientes y espera que dicha convertibilidad se amplíe próximamente también a las transacciones de capitales;
16.Reconoce, en la mejora de la balanza comercial de Bulgaria, los primeros signos de que progresa la reorientación hacia nuevos socios comerciales en los Estados industrializados occidentales, pero señala, sin embargo, que el volumen de intercambios sigue siendo claramente inferior al alcanzado a finales de los años ochenta;
17.Señala el claro incremento de las exportaciones de Bulgaria a la CE, que desde 1988 han aumentado en alrededor del 90%, mientras que las importaciones procedentes de la CE han disminuido en el mismo período en aproximadamente un 30%, por lo que el excedente de la balanza comercial de la CE se ha reducido pasando de unos 1.000 millones de ecus a, probablemente, 150 millones de ecus;
18.Considera que lo anterior es el resultado de la apertura del mercado de la CE en el marco del acuerdo de comercio y cooperación celebrado con Bulgaria en 1990, así como de las facilidades comerciales concedidas además a este país en el marco del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG);
19.Reconoce que, dadas las grandes tareas impuestas por la reforma, el Acuerdo de Comercio y Cooperación CE-Bulgaria no es suficiente para garantizar contractualmente la cooperación económica y en materia de política comercial entre ambas partes y acoge, por ello, con satisfacción la celebración del Acuerdo de Asociación CE-Bulgaria, que corresponde en gran medida a los acuerdos europeos celebrados con Polonia, Hungría y la antigua República Federal Checa y Eslovaca;
20.Se pronuncia a favor de una rápida ratificación del acuerdo de asociación, en particular, por parte de los Parlamentos de los Estados miembros de la CE y acoge con satisfacción el hecho de que las disposiciones económicas y en materia de política comercial vayan a entrar en vigor sin demora en el marco de un acuerdo provisional;
21.Subraya que la observancia de los principios democráticos, así como de los derechos humanos constituye una base esencial para la cooperación, tal como se establece expresamente en el artículo 6 del acuerdo de asociación;
22.Es consciente de que el acuerdo de asociación con la CE representa un paso más hacia una relación cada vez más estrecha entre la Comunidad y Bulgaria, tal como se expresa en el preámbulo del acuerdo;
23.Considera condición indispensable para ello el éxito de las reformas económicas, así como la plena aplicación del acuerdo de asociación durante el plazo previsto;
24.Acoge con satisfacción la creación de una Comisión parlamentaria mixta que permitirá a los representantes nacionales de ambas partes controlar la aplicación del acuerdo de asociación y hacer las correspondientes sugerencias constructivas;
25.Acoge con satisfacción el establecimiento progresivo y asimétrico en favor de Bulgaria de una zona de libre comercio que llevará a una plena apertura de los mercados de la CE en un plazo de seis años, mientras que para ello se le concede a Bulgaria un plazo de diez años;
26.Reconoce que los Estados miembros de la CE se encuentran en una fase de recesión, pero considera, sin embargo, que las industrias de la CE no se verán amenazadas por graves dificultades adicionales como consecuencia de la apertura de los mercados de la CE a los productos búlgaros;
27.No ve, en particular, en el ámbito de la industria siderúrgica ningún problema de importancia, puesto que Bulgaria dispone de unas capacidades de producción mucho menores que, por ejemplo, las de la antigua República Checa y Eslovaca, Polonia o Hungría;
28.Parte de la base de que los ingresos por exportación obtenidos por Bulgaria como consecuencia de la apertura del mercado de la CE van a prestar una contribución importante a la reducción del endeudamiento exterior y van a llevar a una recuperación de la demanda de productos procedentes de la CE por parte de Bulgaria;
29.Señala el importante potencial de Bulgaria en el sector agrícola que, en el caso de una mejora de la productividad, generará excedentes que intentarán penetrar en los mercados, de todas formas ya saturados, de la CE;
30.Alienta al Gobierno búlgaro a proseguir enérgicamente sus reformas, debiéndose considerar sobre todo a ese respecto, además de la estabilización macroeconómica, la creación de un marco jurídico para una economía de mercado que funcione;
31.Señala, en este contexto, la gran importancia que tiene la privatización de la economía como condición previa para la actuación económica individual, aunque en el ámbito de las grandes empresas pueden resultar todavía aconsejables durante la fase transitoria las formas de propiedad estatal, si con ello no se impide una gestión de las empresas orientada desde el punto de vista empresarial y se facilita la superación de los problemas sociales resyktabtes del cambio estructural;
32.Es consciente de que el acuerdo de asociación sólo puede proporcionar el marco para una cooperación más estrecha entre ambas partes y de que el éxito de las reformas económicas depende, en gran parte, de los esfuerzos propios de Bulgaria y de la medida en que pueda atraer capital de inversión procedente de los Estados industrializados occidentales;
33.Señala la gran importancia que reviste la transmisión de los conocimientos técnicos necesarios para el funcionamiento de una economía de mercado, que se realiza sobre todo en el marco del programa PHARE, en el que se han aprobado para Bulgaria proyectos por un valor total de 190 millones de ecus;
34.Espera una valiosa contribución, en particular, del intercambio de estudiantes y de profesores de enseñanza superior entre la CE y Bulgaria, tal como se realiza en el marco del programa TEMPUS, pero también de un intercambio en el ámbito de la formación profesional; Bulgaria debería ser asociada plenamente a este programa;
35.Pide a los Estados miembros de la CE que proporcionen a los profesionales búlgaros, en el marco de unos contingentes que se establezcan anualmente, la posibilidad jurídica de acumular experiencia profesional durante un período limitado en los Estados miembros de la CE;
36.Manifiesta su preocupación por la crítica situación del sector energético de Bulgaria que depende de algunas centrales nucleares de construcción soviética, cuyo mal estado representa una amenaza permanente no sólo para Bulgaria; acoge con satisfacción en este contexto los esfuerzos comunes de la Comisión y de las autoridades búlgaras para solucionar mediante equipamiento adicional y modernización los graves problemas de seguridad;
37.Pide a la Comisión que haga todo lo que esté en su mano para posibilitar a Bulgaria el cierre inmediato de sus reactores nucleares, manteniendo un abastecimiento energético suficiente, y señala que se han puesto a disposición 21,5 millones de ecus de créditos comunitarios para la cooperación en el sector del abastecimiento energético;
38.Atribuye un gran valor a la estrecha cooperación en el sector del medio ambiente, en el que debe dedicarse especial atención a los aspectos ecológicos del aprovechamiento del Danubio;
39.Aboga por un refuerzo de la cooperación regional de Bulgaria con los demás estados de la Europa central y oriental, que ayudará a todos los participantes a resolver sus proyectos de reforma, pero que no significa un sustitutivo de la perspectiva de ingreso en la CE;
40.Apoya en este contexto la participación de Bulgaria en la organización de los Estados del Mar Negro, en la que también participa un miembro de la Comunidad, a saber, Grecia;
41.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y al Gobierno de Bulgaria.