B3-0694, 0704, 0715, 0716, 0717, 0737, 0738, 0740, 0742 y 0743/93
Resolución sobre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, que se celebrará en Viena en junio de 1993
El Parlamento Europeo,
A.Considerando que se propone enviar una delegación a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos que se celebrará en Viena del 14 al 25 de junio de 1993,
B.Insistiendo en la importancia de esta Conferencia, primera cumbre mundial sobre derechos humanos en 25 años, que se celebrará en un momento en que las numerosas violaciones del derecho humanitario y de los derechos humanos en diferentes partes del globo han subrayado las responsabilidades de la comunidad internacional en la era posterior a la guerra fría,
C.Convencido de que esta Conferencia podría ser una oportunidad única para revitalizar los organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas en un período en que las cuestiones humanitarias han pasado a ser un asunto de gran preocupación para los ciudadanos de todo el mundo,
D.Considerando sus resoluciones, y las decisiones y declaraciones más importantes sobre los derechos humanos emitidas por la Comisión, el Consejo y los Estados miembros de la CEE en los dos últimos años, que confirman la determinación de la Comunidad y de su Parlamento de continuar con una política activa sobre derechos humanos,
E.Considerando las propuestas relativas a la Conferencia Mundial y a las Naciones Unidas en su resolución de 12 de marzo de 1993 sobre los derechos humanos en el mundo y la política de derechos humanos en la Comunidad durante los años 1991-1992,
F.Considerando que en el mes de junio de 1993 Marruecos el país que se hará cargo de la vicepresidencia de la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos,
G.Considerando que la credibilidad de Marruecos frente a tal responsabilidad sólo tiene sentido si hace todo lo necesario para que se respeten los derechos humanos en este país,
1.Pide a los Doce que aprueben en la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos un enfoque coordinado y preciso encaminado a la adopción y mejora de las actividades y mecanismos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos para aumentar su eficacia, principalmente en situaciones de emergencia;
2.Propone que se examine, durante dicha Conferencia Mundial, el conjunto de los mecanismos referentes a la intervención, el control y la prevención previstos por los tratados internacionales, en particular en el seno de las Naciones Unidas, y destinados a garantizar el respeto de los derechos humanos;
3.Solicita a los Ministros de Asuntos Exteriores de los Doce que hagan hincapié en Viena sobre:
-la reforma y el fortalecimiento de los actuales instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, en especial los dispositivos in situ de la Comisión de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y los organismos del Tratado que controlan el cumplimiento de los acuerdos internacionales sobre derechos humanos,
-el funcionamiento concreto de los actuales instrumentos,
-la creación de un sistema de respuesta inmediata de las Naciones Unidas en casos de urgencia,
-nuevas medidas de acción preventiva,
-el refuerzo del Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra,
-la despolitización de la Comisión de Derechos Humanos y la designación de expertos verdaderamente independientes en aquellos organismos de las Naciones Unidas donde así se estipula,
-la creación de un tribunal penal permanente o un Tribunal internacional de derechos humanos que garantice que quienes violan los derechos humanos no actúen con impunidad,
-la mejora dentro del marco de la Comisión derechos humanos de los métodos e impacto del sistema de ponentes temáticos y por países y de grupos de trabajo, como los de tortura, "desapariciones", ejecuciones extrajudiciales y detenciones arbitrarias,
-una coordinación más eficaz entre los diferentes organismos de las Naciones Unidas y agencias especializadas de las Naciones Unidas,
-el aumento de las subvenciones y fondos para el programa de las Naciones Unidas sobre derechos humanos de las Naciones Unidas, ya que la cantidad destinada a los mismos supone menos del 1% del presupuesto de las Naciones Unidas, a pesar del proclamado interés por los derechos humanos y del número creciente de mandatos de las Naciones Unidas en el ámbito humanitario del mantenimiento de la paz,
-la revisión y el aumento de la cooperación y asistencia técnicas y de los servicios de asesoramiento de las Naciones Unidas;
4.Pide que se incluya en la declaración de derechos fundamentales el derecho a un medio ambiente sano;
5.Considera que, para alcanzar estos objetivos, las Naciones Unidas deben nombrar a un Comisionado Especial para los Derechos Humanos, con un mandato flexible que cubra todos los ámbitos relativos a los derechos humanos y con la autoridad e independencia necesarias para actuar con eficacia en situaciones críticas de los derechos humanos y desarrollar nuevos métodos encaminados a la protección de los derechos humanos y a coordinar e integrar las actividades al respecto en las demás áreas de trabajo de las Naciones Unidas;
6.Piensa que en la Conferencia se debería examinar la cuestión, importante, de los conceptos de deber/derecho de ingerencia/asistencia humanitaria cuando los Estados acuerdan una acción colectiva a través de las Naciones Unidas;
7.Piensa que también deberían examinarse en dicha Conferencia los derechos de las minorías, origen de muchas de las violaciones de los derechos humanos que se cometen hoy día;
8.Apoya a las Naciones Unidas en su misión preeminente al servicio de los derechos humanos y pide que se refuercen las organizaciones regionales de defensa de los derechos humanos en Europa, en Africa y en la América Latina y que se creen tales organizaciones en Asia;
9.Pide a la Comunidad y a sus Estados miembros que presionen a las autoridades marroquíes para que hagan un gesto significativo en el marco de la preparación de la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos;
10.Pide a la Comunidad y a los Estados miembros de las Naciones Unidas que presionen en favor del fortalecimiento del mandato del Grupo de trabajo de los pueblos indígenas, incluso después de la aprobación de la Declaración sobre los Pueblos Indígenas;
11.Reitera su llamamiento a la Comisión y a los Estados miembros para que destinen fondos al Fondo voluntario de las Naciones Unidas para el Año Internacional con el fin de apoyar el programa y las actividades;
12.Pide a la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos que, a la hora de adoptar la declaración final de principios, tenga en cuenta los trabajos del GTNUPI (Grupo de trabajo de las Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas) y el texto del proyecto de Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas, en particular a lo que se refiere al problema de la autodeterminación;
13.Pide a las Naciones Unidas que hagan todo lo posible por facilitar la participación en sus reuniones de los representantes de los pueblos indígenas, en particular los del mundo en desarrollo, cuando se vayan a examinar temas que les afecten, así como en la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de Viena;
14.Pide que la violencia sexual, fenómeno universal que varía según la cultura, la raza y la clase social, sea reconocida como una violación de los derechos humanos que exige una acción inmediata e insta, en consecuencia, a la Conferencia Mundial a que reconozca en particular que la violencia sexual de que es objeto la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado, supone una violación de los derechos humanos y representa la forma más grave de discriminación sexual;
15.Pide a todos los Gobiernos que no hayan ratificado todavía el CEDAW (Convenio sobre la eliminación de cualquier forma de discriminación contra las mujeres) que lo hagan antes de 1995 y pide la creación de un grupo de trabajo en la Comisión sobre la Situación de las Mujeres que esboce los procedimientos necesarios para la elaboración de un protocolo opcional que permita establecer un procedimiento individual de queja en virtud del Convenio, así como la aprobación de un protocolo opcional de esta índole;
16.Pide a la Conferencia de las Naciones Unidas que se celebrará en Viena que establezca que todos los Estados que siguen manteniendo la pena capital en su legislación apliquen una moratoria de las ejecuciones con objeto de eliminar la pena capital de todas las legislaciones;
17.Pide al Consejo, a la Comisión, a los representantes de los Estados miembros en la Conferencia de Viena y a su delegación en Viena que utilicen todos los medios de que disponen para reafirmar los principios de esta resolución;
18.Pide a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a la Cooperación Política Europea, al Consejo de Europa, al Secretario General de las Naciones Unidas y a los Gobiernos de los Estados miembros.