B3-0693 y 0713/93
Resolución sobre los prisioneros y desaparecidos israelíes en el Líbano
El Parlamento Europeo,
A.Considerando la captura y consiguiente privación de libertad del piloto israelí, capitán Ron Arad, a quien se obligó a abandonar su avión el 16 de octubre de 1986 en el sur del Líbano,
B.Preocupado porque desde septiembre de 1987 no ha habido noticias del capitán Arad y que en ningún momento durante los seis años y medio de cautividad se le ha permitido recibir visitas de ninguna organización humanitaria, ni siquiera de la Cruz Roja Internacional, o de miembros de su familia,
C.Considerando que otros tres soldados israelíes (Zachary Baumenl, Zvi Feldman y Yehuda Katz) desaparecieron a raíz de una batalla que tuvo lugar en el valle libanés de Sultan Yekub,
D.Acogiendo con satisfacción los esfuerzos del Secretario General de las Naciones Unidas, Butros Butros Ghali, y del anterior Vicesecretario General de las Naciones Unidas, Giandomenico Picco, en las negociaciones con las partes implicadas en el Líbano, libanesas y sirias, para la liberación de los rehenes israelíes, y alentando al Secretario General para que continúe sus esfuerzos,
E.Conmovido por la visita al Parlamento Europeo, el 10 de febrero de 1993, de la madre, Batya Arad, y dos hermanos del capitán Arad, como parte de sus esfuerzos para conseguir su liberación,
1.Pide a Siria que use de su influencia en la zona y en el Irán para conseguir la liberación del capitán Arad;
2.Pide a Siria, como país cuyas fuerzas armadas participaron en la batalla de Sultan Yakub, que investigue el caso y tome las medidas necesarias para descubrir el paradero de Zachary Baumel, Zvi Feldman y Yehuda Katz, que se hallan en paradero desconocido desde la batalla;
3.Pide al Líbano, país en cuyo territorio tuvieron lugar los sucesos arriba mencionados, que haga lo posible para conseguir la liberación de los prisioneros y permitirles volver indemnes a sus casas;
4.Invita a todas las partes implicadas a respetar lo establecido en las Convenciones de Ginebra;
5.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de Israel, Siria, Líbano, Irán y al Secretario General de las Naciones Unidas.