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PARLAMENTO EUROPEO - 27 maggio 1993
La suerte de los "desaparecidos" saharauis

B3-0699, 0711 y 0746/93

Resolución sobre la suerte de los "desaparecidos" saharauis en Marruecos y en el Sahara Occidental

El Parlamento Europeo,

A.Teniendo conocimiento, a través del informe de Amnistía Internacional de 14 de abril de 1993, de que en Marruecos se siguen produciendo "desapariciones" y detenciones clandestinas,

B.Lamentando los obstáculos interpuestos por las autoridades marroquíes a la elaboración del presente informe,

C.Consciente de que las autoridades marroquíes vienen utilizando este sistema de "desaparición" desde los años sesenta y de que, a pesar de que se han producido algunos cambios positivos, este sistema sigue estando en vigor,

D.Informado de que en los últimos quince años han "desaparecido" más de mil saharauis y de que, según las estimaciones de Amnistía Internacional, el número de saharauis todavía detenidos clandestinamente se eleva a 500 personas aproximadamente,

E.Preocupado por el hecho de que estas personas estén a menudo "desaparecidas" durante más de 10 años y de que otros detenidos en cárceles clandestinas hayan muerto entre 1976 y 1990, sin que nunca se haya informado de ello a sus familias,

F.Recordando la declaración sobre las relaciones euromagrebíes del Consejo Europeo de Lisboa, celebrado los días 26 y 27 de junio de 1992, en la que se hace hincapié en el respeto de los derechos humanos y de los principios democráticos,

1.Condena las detenciones arbitrarias, los actos de "desaparición" y de tortura y la detención en régimen de incomunicación, así como cualquier otra forma de violación de los derechos humanos;

2.Pide al Gobierno marroquí que libere inmediata e incondicionalmente a todos los saharauis detenidos en Marruecos y en el Sahara Occidental y que rompa el silencio que pesa sobre la suerte de los cientos de "desaparecidos" saharauis;

3.Pide a las autoridades comunitarias y a los Gobiernos de los Estados miembros que hagan todo lo posible por garantizar la protección del pueblos saharaui;

4.Pide de nuevo al Gobierno marroquí que autorice la entrada de observadores internacionales y de las organizaciones humanitarias y de defensa de los derechos humanos en los territorios ocupados del Sahara Occidental;

5.Pide de nuevo a la Cooperación Política Europea que exija a Marruecos que respete los derechos humanos y los acuerdos internacionales, en particular la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y los Convenios de Ginebra;

6.Reitera su solicitud de que Marruecos libere a todas las personas que se encuentren encarceladas a causa de sus actividades sindicales o políticas;

7.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a la CPE, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Gobierno marroquí y al Frente Polisario.

 
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