B3-0707, 0721, 0756, 0759 y 0773/93
Resolución sobre las iniciativas de la Comunidad Europea contra la anunciada reanudación de la caza de la ballena por parte de Noruega y el Japón
El Parlamento Europeo,
-Recordando su compromiso respecto de la moratoria sobre la caza de la ballena,
-Vista la aprobación por la Comisión Ballenera Internacional (CBI), en la reunión celebrada del 10 al 14 de mayo, del principio de la protección de la ballena,
A.Considerando que la caza de la ballena, en este siglo, ha hecho que muchas especies se encuentren al borde de la extinción,
B.Señalando que las ballenas son mamíferos sensibles con un alto nivel de inteligencia y actividades sociales y culturales complejas, cuya matanza cruel y sangrienta no puede ser considerada en términos de "cosecha" con el fin de obtener un beneficio comercial,
C.Considerando la propuesta francesa de crear una zona de protección de las ballenas en la zona marítima situada por debajo del paralelo 40, hasta que el Comité Científico de la CBI determine el número de ballenas que existen en el hemisferio sur,
D.Considerando que la reunión de la Comisión Ballenera Internacional ha confirmado la moratoria de la caza de la ballena y ha aprobado una propuesta de estudiar la posibilidad de crear una zona de protección internacional para dicha especie,
E.Considerando que el Japón ha manifestado su intención de reanudar la caza de la ballena, en contradicción con las decisiones adoptadas por la Comisión Ballenera Internacional,
F.Considerando la decisión del Gobierno noruego del 15 de mayo de 1993 de reanudar unilateralmente la caza de la ballena, haciendo caso omiso de las recomendaciones de la CBI relativas al establecimiento de una moratoria,
G.Considerando que tal decisión se ha tomado en un momento en el que Noruega es candidata a la adhesión a la Unión Europea y en el que, con tal objetivo, está celebrando negociaciones con los Doce,
H.Considerando que el Convenio sobre el Comercio Internacional de las Especies de Flora y Fauna en Peligro de Extinción (CITES) prohíbe el comercio de productos derivados de la ballena,
I.Considerando que la Directiva comunitaria sobre los hábitats establece la estricta protección de los cetáceos,
1.Apoya la propuesta de creación de una zona de protección internacional para las ballenas;
2.Pide a la Comisión, al Consejo y a todos los Estados miembros que apoyen el mantenimiento de la moratoria global de la caza comercial de la ballena y que inmediatamente pongan esta política en conocimiento de los Gobiernos del Japón y Noruega;
3.Condena la decisión del Gobierno noruego de reanudar la caza comercial de la ballena; se debe informar a Noruega en las negociaciones relativas a la entrada de nuevos miembros en la CE de que tendrá que adherirse al CITES, a la Directiva sobre los hábitats y otras directivas comunitarias sobre la protección de las ballenas como especie en peligro;
4.Pide al Gobierno noruego que, dado que está participando en una negociación de adhesión a la Unión Europea, reconsidere su posición y suspenda, en particular, su decisión de autorizar la pesca de 296 rorcuales, a pesar de la prohibición de la CBI;
5.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, al Consejo de Europa, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a los Gobiernos del Japón y Noruega y al Secretario de la Comisión Ballenera Internacional.