B3-0946, 0954, 0955 y 0956/93
Resolución sobre el embalse de Gabcikovo-Nagymaros
El Parlamento Europeo,
-Vista la declaración de la Comisión de 25 de junio de 1993 sobre el problema relativo a la presa de Gabcikovo-Nagymaros y sus Resoluciones al respecto,
A.Considerando la falta de resultados tras las consultas celebradas el 18 de junio de 1993 en Bratislava entre las partes eslovaca y húngara, relativas a la solución de los problemas pendientes vinculados a las disposiciones provisionales con respecto a las aguas,
B.Considerando las repercusiones negativas del proyecto de Gabcikovo en la naturaleza y en el medio ambiente; considerando, en particular, que estas repercusiones se ven agravadas por el hecho de que no se haya llegado a un acuerdo sobre el control del caudal de las aguas, divididas entre el lecho del Danubio y el canal de alimentación de la central,
1.Reitera su preocupación acerca del posible aumento de la tensión política en esta zona como consecuencia de este conflicto;
2.Expresa su preocupación por el hecho de que todavía no se haya encontrado una solución a la cuestión relativa a una gestión del caudal de las aguas, aceptable tanto para los eslovacos como para los húngaros;
3.Critica al Gobierno eslovaco por su continuada negativa a aceptar las propuestas de compromiso formuladas en las consultas de 16 de febrero de 1993 y por la no aplicación de las medidas necesarias para dar comienzo al procedimiento en el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya;
4.Pide al Gobierno eslovaco que abandone sus tácticas dilatorias y exponga sus argumentos ante el Tribunal Internacional de Justicia a la mayor brevedad;
5.Insta a todas las partes implicadas a que aumenten sus esfuerzos para llegar a un compromiso de conformidad con las líneas de la propuesta presentada por los expertos de la CE en enero de 1993;
6.Espera que la Comisión y los ministros de Asuntos Exteriores, reunidos en el marco de la Cooperación Política Europea, intervengan sin demora en Bratislava y Budapest, con objeto de que no se tomen medidas unilaterales que pudieran tener consecuencias imprevisibles;
7.Considera que la CE y sus Estados miembros deberían tomar en cuenta las posiciones adoptadas sobre dicho asunto por Hungría y Eslovaquia en el desarrollo de sus relaciones económicas y políticas con ambos países;
8.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos de los Estados miembros, así como a los Gobiernos de Eslovaquia, Hungría y la República Checa, a la CSCE y al Consejo de Europa.