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Parlamento Europeo - 16 settembre 1993
Sistema Monetario Europeo

B3-1333 y 1339/93

Resolución sobre la crisis monetaria

El Parlamento Europeo,

-Vista su Resolución de 30 de octubre de 1992 sobre el desarrollo y las perspectivas del SME y de la UME,

-Vista su Resolución de 24 de junio de 1993 sobre el Consejo Europeo de Copenhague de 21 y 22 de junio de 1993,

A.Recordando la crisis monetaria del otoño de 1992, que puso en evidencia la ineficacia de los procedimientos de coordinación de las políticas económicas en el seno de la UEM,

B.Seriamente preocupado por la grave recesión que afecta a las economías de los Estados miembros,

C.Profundamente preocupado por el aumento pronunciado de las cifras de desempleo en la mayoría de los Estados miembros,

D.Lamenta el fracaso político e institucional hasta la fecha en la tarea de lograr la necesaria convergencia económica entre los Estados miembros,

E.Preocupado por la gravedad de la crisis política, que constituye una amenaza para la existencia de la Comunidad, y por la debilidad de la respuesta política dada por ésta en numerosos ámbitos, a partir de la crisis de confianza derivada del proceso de ratificación del Tratado de la Unión,

1.Lamenta la falta de una reacción firme, tanto por parte del Consejo como por parte de la Comisión y de las autoridades monetarias nacionales, lo cual hace que siga persistiendo la incertidumbre en los mercados financieros, agravándose así la la crisis económica y el desempleo;

2.Pide al Consejo y a la Comisión que mantengan y continúen apoyando con firmeza todos los pasos hacia la Unión Económica y Monetaria, según lo acordado en el Tratado de Maastricht;

3.Considera que ningún elemento económico o monetario justificaba la reciente crisis monetaria y manifiesta su inquietud por los efectos desastrosos que puede generar esta situación en la cohesión económica europea y en el buen funcionamiento del mercado interior;

4.Señala que un sistema de cambios fluctuantes trae aparejado un incremento del coste de los créditos y de las operaciones de cambio, haciendo cada vez más insalvables nuestras desventajas en el ámbito de la competitividad;

5.Pide a los Estados miembros que contribuyan a una mayor credibilidad de las políticas monetarias nacionales y europeas y que no devalúen deliberadamente sus propias monedas para conseguir una mayor competitividad frente a otros Estados miembros, ya que ello ni siquiera serviría a sus propios intereses a medio plazo;

6.Considera que esta segunda crisis monetaria del SME, que sigue a la de septiembre de 1992, es de una amplitud política excepcional, ya que ha puesto de manifiesto la falta de voluntad política y la incapacidad de resolver el problema y puesto que entraña la desintegración económica, política e institucional de la Comunidad,

7.Manifiesta su preocupación por las consecuencias, tanto económicas (funcionamiento del mercado interior, incertidumbre económica, aumento de los costes financieros, dislocación de la política agraria, presupuesto comunitario, aplicación de las políticas comunitarias) como sociales (empleo, gasto público), y por las decisiones adoptadas por el Consejo de Ministros de Finanzas,

8.Expresa su preocupación en términos de cohesión económica y social por las medidas tomadas sin concertación europea y por las consecuencias de la crisis económica y monetaria para los asalariados y la protección social, y reitera su propuesta de pacto social europeo por el empleo;

9.Insiste en la necesidad de tomar medidas inmediatas para reducir el impacto de las olas de especulación en la estabilidad de los tipos de cambio y propone que se adopten disposiciones que permitan mejorar la transparencia de los mercados financieros, solicitando, en particular, al Comité de los Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados miembros que realicen, a partir de ahora mismo, un análisis preciso y un seguimiento de las operaciones efectuadas en el mercado de capitales y que informen regularmente al respecto a la Comisión, al Consejo, al Parlamento Europeo y a los Estados miembros;

10.Pide que se acelere el examen de las medidas a medio plazo que deberían incrementar la capacidad de los bancos centrales de defender mejor los niveles de paridades conformes a los equilibrios económicos generales;

11.Pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que hagan todo lo posible para conseguir credibilidad en los planos político y monetario, mediante una mayor coordinación y cooperación, y para acelerar la instauración de la moneda europea común;

12.Comprueba que la crisis monetaria reciente tiene las características de una crisis de las paridades y del sistema monetario en su conjunto, por lo que pide a la Comisión y al Consejo que, dentro de su ámbito de competencias, propongan y apliquen medidas que vayan más allá de una simple restauración del SME, con objeto de alcanzar la estabilidad monetaria prevista en el Tratado de Maastricht;

13.Pide que se refuercen las instituciones comunitarias, especialmente a través de la creación del Instituto Monetario Europeo, que será dotado por los Estados miembros de los medios necesarios para la coordinación efectiva y eficaz de la política monetaria, ya desde su misma fundación, en el marco del Tratado de Maastricht y según su calendario;

14.Encarga a su comisión competente que le someta en el período parcial de sesiones de octubre conclusiones sobre las consecuencias que se han de sacar de la crisis con miras a la creación de la Unión Económica y Monetaria;

15.Pide a la Cumbre Europea que se celebrará a finales de octubre de 1993 que reitere claramente su firme compromiso de alcanzar la plena UEM, absolutamente necesaria para mantener el nivel competitivo de la Comunidad y fortalecer el mercado interior; que, a este fin, encargue a la Comisión y a la Presidencia belga que, con carácter de urgencia, presenten propuestas dirigidas a restaurar, lo antes posible, el orden y la estabilidad monetarios dentro del SME;

16.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros, a los Parlamentos nacionales y al Comité de Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados miembros.

 
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