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Parlamento Europeo - 28 ottobre 1993
Haití

B3-1432, 1460, 1464, 1475 y 1485/93

Resolución sobre la situación en Haití

El Parlamento Europeo,

A.Considerando sus anteriores resoluciones y, en particular, la adoptada el 11 de febrero de 1993 sobre los derechos humanos y la situación en Haití, así como las de la Asamblea Paritaria y particularmente la de 7 de octubre de 1993,

B.Consternado por el régimen de terror implantado en Haití por la dictadura militar,

C.Recordando que el proceso de democratización iniciado en Haití tras las elecciones legislativas y presidenciales, que designaron al Padre Aristide Presidente de la República, ha sido brutalmente interrumpido por un sangriento golpe de estado del General Cedras,

D.Recordando que, gracias a las presiones internacionales ejercidas contra los golpistas, el 3 de julio de 1993 se celebró en Nueva York un acuerdo entre el Presidente Aristide y el General Raoul Cedras, acuerdo concluido bajo los auspicios de las Naciones Unidas y de la OEA,

E.Subrayando que según los términos de este acuerdo el Presidente Aristide debe ser restablecido en sus funciones el 30 de octubre de 1993, al tiempo que el General Cedras dejará de ejercer las suyas,

F.Tomando nota de la decisión unánime del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para restablecer las sanciones, con inclusión del embargo de petróleo y armas, a partir del 19 de octubre de 1993,

G.Considerando la situación económica desastrosa en Haití, donde el desempleo y la pobreza han aumentado de modo significativo tras el cierre de numerosas fábricas, la disminución de la producción agrícola y el declive de la industria,

H.Considerando que Haití ha suscrito el Convenio de Lomé IV y figura entre los países ACP con los cuales la Comunidad Europea mantiene una relación especial,

1.Condena el régimen de terror implantado en Haití por la dictadura militar;

2.Condena enérgicamente el asesinato del Ministro de Justicia, Sr. Guy Malavy;

3.Condena a la Junta Militar que procede a las peores brutalidades contra la población, cometiendo actos de violencia e intimidación con el fin de impedir la vuelta a la democracia y al Estado de Derecho, así como el regreso del Presidente Aristide;

4.Pide a los Estados miembros de la Comunidad, que actúan a partir del 1 de noviembre de 1993 en el marco de las disposiciones del Tratado de la Unión Europea, que hagan todo lo que esté en su poder para favorecer la aplicación del denominado Acuerdo de Governors Island;

5.Pide a los Ministros reunidos en el marco de la Cooperación Política Europea que estudien, junto con la OEA, las medidas que pueden adoptarse para entregar a la justicia a aquellos miembros de la Junta Militar conocidos por su implicación en el comercio internacional de drogas;

6.Pide a la Comisión que conceda ayuda humanitaria a la población, vele por que el embargo económico no afecte a los víveres y medicamentos que constituyan productos de primera necesidad para la población y que garantice que dicha ayuda llega a la población civil;

7.Pide a la Comisión que normalice sus relacione con Haití tras el regreso del Presidente Aristide y que apoye la economía de este país;

8.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo Europeo, a los Ministros de Asuntos Exteriores reunidos en el marco de la Cooperación Política Europea, a la Comisión, a los Estados miembros del Consejo de Seguridad, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Secretario General de la OEA, a los Copresidentes de la Asamblea Paritaria ACP-CE y al Primer Ministro de Haití.

 
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