A3-0279/93
Resolución sobre el futuro de las iniciativas comunitarias en el marco de los Fondos estructurales
El Parlamento Europeo,
-Vista la comunicación de la Comisión sobre el futuro de las iniciativas comunitarias en el marco de los Fondos estructurales (COM(93)0282 - C3-0299/93),
-Visto el Tratado de la Unión Europea y, en concreto, los artículos 130A y 130C,
-Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Edimburgo,
-Vista la revisión de los Reglamentos relativos a los Fondos estructurales, de 20 de julio de 1993 que establecen los criterios a los que han de ajustarse dichas iniciativas,
-Vista la solicitud de la Comisión de conocer la posición del Parlamento sobre el futuro de las iniciativas comunitarias,
-Vistos el informe de la Comisión de Política Regional, Ordenación del Territorio y Relaciones con los Poderes Regionales y Locales y las opiniones de la Comisión de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial y de la Comisión de Asuntos Sociales, Empleo y Condiciones de Trabajo (Doc A3-0279/93),
A.Considerando la importancia de la crisis coyuntural y estructural, así como el creciente desempleo en toda la Comunidad,
B.Considerando la realización del mercado interior y las repercusiones positivas que ha tenido sobre la competitividad de determinados sectores económicos,
1.Señala que, pese a los efectos beneficiosos de la política regional comunitaria durante el período de programación 1989-1993, las distancias económicas entre las regiones más desarrolladas y las regiones más atrasadas de la Comunidad no se han alterado sustancialmente y que ello es debido, en parte, a las grandes deficiencias estructurales de estas regiones;
2.Recuerda, en este sentido, que la propia Comisión ha indicado que para lograr acortar radicalmente las diferencias entre las regiones de la Comunidad se debería dedicar un 0,97% del PIB a la política regional comunitaria en lugar del actual 0,43% y que, en ausencia de ello, el principio de concentración es esencial en todos los instrumentos de los Fondos estructurales;
3.Subraya las dificultades a las que tienen que hacer frente las industrias y las regiones que tienen que adaptarse rápidamente a las nuevas condiciones creadas por un sistema europeo de comercio sin fronteras, en el que no existen medidas nacionales de protección, agravando de esta manera las desigualdades sociales y las asimetrías regionales, contrarias al objetivo de cohesión económica y social;
4.Subraya que las iniciativas, concebidas como instrumentos para alcanzar objetivos concretos que tengan un interés especial para la Comunidad o para superar deficiencias estructurales desde un punto de vista comunitario, han resultado ser eficaces ya que están mejor orientadas y sus objetivos están definidos de forma más precisa que las políticas estructurales de tipo general y podrían ser un instrumento para evitar la renacionalización de una parte importante del presupuesto;
5.Insiste en que las actuales iniciativas como NOW, KONVER, RESIDER y RECHAR, que han demostrado su eficacia, pero que todavía no han alcanzado sus objetivos finales, deben continuar y en que la autoridad presupuestaria debe incluir los créditos necesarios para la financiación de dichos programas;
6.Pide a la Comisión que justifique en el informe que acompaña a la presentación del balance, el abandono de cualquier iniciativa comunitaria existente;
7.Recuerda que las iniciativas comunitarias deben afirmar su vocación europea más allá de los intereses nacionales y que no deben transformarse en un instrumento indirecto de redistribución de los recursos financieros a los Estados;
8.Desea aumentar la transparencia de las iniciativas comunitarias mediante la adopción, en el curso del procedimiento presupuestario anual, de la nomenclatura presupuestaria pertinente que permita a la vez
-una mayor flexibilidad en la gestión de los recursos y
-un control democrático del Parlamento Europeo que conservaría el papel de iniciativa desempeñado en la ejecución de los programas PERIFRA y KONVER;
9.Acoge con satisfacción las propuestas de la Comisión y se congratula de que el 9% de los recursos asignados a las políticas estructurales se destine, en cada procedimiento presupuestario, a iniciativas de dimensión europea; insiste en que estas iniciativas no deben alterar el objetivo financiero global de las regiones del Objetivo 1 (70%); considera que el equilibrio financiero entre los distintos temas y los tipos de acciones propuestos debería facilitar la consecución de este objetivo; considera que este 9% constituye un mínimo, pero piensa que hubiera sido preferible un 15%;
10.Pide a la Comisión que, en el momento de la concepción de nuevas iniciativas comunitarias, así como al decidir sobre la renovación de las actualmente existentes, se tengan especialmente en cuenta los problemas reales de las regiones más necesitadas;
11.Subraya que la cooperación transnacional e interregional, especialmente entre las regiones marítimas, debería ser un elemento importante de las nuevas iniciativas comunitarias;
12.Subraya la importancia de recurrir a todos los instrumentos financieros para mejorar las posibilidades de las iniciativas de tipo global que se basan en más de una política u objetivo sectorial así como en medidas innovadoras; considera que, para ser eficaces, su puesta en práctica deberá ser objeto de una mayor coordinación;
13.Señala que las iniciativas comunitarias ofrecen una flexibilidad única para intervenir, en cierta medida, fuera de las zonas que reciben ayuda, lo que reviste una particular importancia en lo que a la cooperación transfronteriza se refiere; en todos los demás casos, las áreas situadas fuera de las regiones de los Objetivos 1, 2 y 5 b se deberán seleccionar de acuerdo con criterios muy estrictos;
14.Insiste en el papel catalizador que los programas de iniciativa comunitaria están llamados a desempeñar en materia de cooperación interregional, especialmente a causa de la existencia de problemas comunes en varias regiones y del valor añadido que pueden aportar los intercambios de experiencias a nivel comunitario, en particular en materia de gestión de medio ambiente y de desarrollo de los transportes interregionales;
15.Acepta que una parte importante de los recursos debe consignarse como reserva; considera que, teniendo en cuenta la experiencia adquirida, esta reserva debería equivaler, como mínimo, al 25% del presupuesto; los programas PERIFRA y KONVER demuestran que es necesario contar con una reserva para responder a acontecimientos imprevistos y repentinos con importantes repercusiones económicas y sociales; recuerda que la utilización de esta reserva está sometida a normas presupuestarias que la Comisión está obligada a cumplir así como su compromiso de tener en cuenta el dictamen del Parlamento Europeo antes de aprobar un texto definitivo;
16.Recuerda, sin embargo, que las iniciativas comunitarias, así como los Fondos estructurales, por otra parte, deben ser objeto de:
-un control de eficacia,
-un control antifraude, que debería estar coordinado por la UCLAF,
-una evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente, en caso necesario, de conformidad con la legislación comunitaria;
17.Advierte que las iniciativas comunitarias no deben convertirse en programas permanentes que dependan de la asistencia financiera de la Comunidad; considera que la autosuficiencia de un proyecto al finalizar el programa debe ser un criterio para conceder la ayuda;
18.Está de acuerdo en que el número de iniciativas debe reducirse de acuerdo con el principio de concentración y considera que debe desarrollarse una mejor gestión y unos procedimientos de aplicación más adecuados, en particular:
(a)la simplificación de los procedimientos, tomando en consideración las exigencias específicas de la cooperación transnacional e interregional que ha de fomentarse,
(b)recurrir con más frecuencia a subvenciones de tipo global que se paguen directamente a un intermediario descentralizado responsable de la puesta en práctica a nivel regional, local o transnacional,
(c)la presentación por parte de los Estados miembros de programas que respeten las orientaciones de la nueva generación de iniciativas sobre la base de una evaluación de la realización concreta de las iniciativas en curso;
19.Insiste, en particular, en que los poderes regionales y locales y los interlocutores sociales deben participar muy de cerca en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de las iniciativas, según el principio de cooperación y utilizar sus propios conocimientos sobre este tipo de acciones;
20.Considera que, para poder reaccionar mejor e incluso anticipar los cambios industriales, la Comisión deberá dotarse de instrumentos de información y de análisis más precisos; sugiere a este fin que la Comisión cree un comité consultivo de alto nivel, integrado por representantes de los empresarios y de los trabajadores a nivel nacional, regional y local;
21.Considera, con respecto a la "cooperación transfronteriza", que:
(a)la Iniciativa INTERREG debe ampliarse para incluir las fronteras marítimas, en lo que se refiere a los Estados que no tienen fronteras interiores con otros Estados miembros, así como por lo que se refiere a aquellos Estados que sí tienen fronteras interiores,
(b)teniendo en cuenta que existen nuevas posibilidades para una cooperación transfronteriza genuina entre los Estados miembros de la CE y aquéllos que participan en el programa PHARE, la línea presupuestaria especial destinada para este fin debería contar con recursos suficientes,
(c)la iniciativa INTERREG debe cubrir, asimismo, en una parte limitada, la cooperación interregional entre las regiones comunitarias con el fin de crear redes en las que regiones prósperas puedan trasvasar experiencias y conocimientos a regiones menos desarrolladas reforzando las relaciones interregionales tradicionales e intensas que deben mantenerse y desarrollarse a pesar de los cambios en los flujos comerciales provocados por la interrupción de los canales de tráfico existentes;
22.Se muestra de acuerdo con la Comisión en que la cooperación es el elemento central del programa de "desarrollo rural" pero que, asimismo, existe la necesidad de desarrollar actividades innovadoras y de demostración que, sin causar daños al medio rural, puedan contribuir a conservar los puestos de trabajo en este medio y evitar el éxodo de las zonas rurales (por ejemplo, utilización de residuos agrícolas y uso alternativo de las tierras para fines no alimentarios, así como el fomento de la investigación en el sector agroalimentario y su aplicación comercial);
23.Pide que se tomen en consideración, incluso si son de alcance más amplio y abarcan zonas más amplias que las de LEADER I, los programas innovadores de desarrollo rural destinados a contrarrestar la disminución del número de puestos de trabajo en el campo y el riesgo incrementado de despoblación, ejemplares en materia de creación de puestos de trabajo no agrícolas y de medio ambiente, propuestos y realizados en cooperación por un conjunto de colectividades locales y regionales y/o de interlocutores socioeconómicos;
24.Considera igualmente, en una versión integrada, que las medidas de desarrollo rural deberán cubrir aquellas zonas con una dependencia tanto del sector agrícola como del sector de la pesca;
25.Se muestra de acuerdo con la propuesta de la Comisión relativa a las "regiones ultraperiféricas", consideradas como objetivo prioritario por el Consejo Europeo celebrado en Edimburgo, y resalta que, además del factor insular, la característica de su lejanía con respecto al centro del continente europeo determina la necesidad de medidas específicas por parte de la Comunidad;
26.Considera que el medio ambiente debe constituir una de las prioridades de las iniciativas comunitarias, con el fin de garantizar a las regiones interesadas las bases de un desarrollo sostenible fomentando el respeto, el restablecimiento y la valoración de los recursos naturales y la aplicación de la política comunitaria de medio ambiente. En este sentido, pide a la Comisión que garantice la continuidad de la iniciativa ENVIREG, al menos con la misma financiación que en el pasado;
27.Se muestra en favor de un marco único para recursos humanos que cubra una serie de problemas y considera que:
(a)las iniciativas comunitarias deben tener como objetivo esencial, al igual que el conjunto de la política regional comunitaria, reforzar la cohesión económica y social de la Comunidad, y reducir las diferencias entre las diversas regiones y el retraso de las regiones menos favorecidas,
(b)hay que respetar en todo el proceso el principio de cooperación,
(c)debe prestarse una mayor atención a las personas que viven en áreas urbanas con problemas de marginación social y económica,
(d)que hay que fomentar la plena integración de la mujer en la vida activa,
(e)se requieren medidas específicas en el sector pesquero;
28.Subraya la necesidad de garantizar la autonomía financiera de las directrices que se adopten en el ámbito de la mencionada iniciativa marco;
29.Considera oportuno reagrupar las medidas propuestas para aumentar la repercusión del crecimiento en el nivel de empleo, para permitir la adecuación de la actual fuerza de trabajo al cambio industrial y lograr la transferencia de la innovación y de la investigación en una única directriz destinada a luchar y prevenir el desempleo; considera que dicha iniciativa contribuiría a garantizar la flexibilidad de acción necesaria para hacer frente a las distintas características de las situaciones del empleo a escala nacional, regional y local;
30.Apoya el punto de vista de la Comisión de que las iniciativas comunitarias no deberían basarse solamente en anteriores iniciativas relativas a los recursos humanos (EUROFORM, NOW y HORIZON) sino también en los programas comunitarios de formación profesional, asegurando de este modo la conexión de estos instrumentos comunitarios y su eficaz funcionamiento;
31.Considera que "los cambios industriales" deben cubrir:
(a)proyectos sobre las repercusiones económicas y sociales de la crisis en las regiones con industrias tradicionales (RETEX, KONVER, RECHAR, RENAVAL, RESIDER, etc.), teniendo en cuenta para la determinación de las áreas elegibles, además de los empleos perdidos, la tasa de desempleo, la dependencia económica respecto de la industria afectada y el grado de aislamiento geográfico o perificidad,
(b)el impulso de las acciones que prevén las transformaciones industriales en los nuevos sectores de elevado rendimiento, pero advierte de los peligros de distorsión de la competencia que pueden producirse si esta ayuda se dirigiese a regiones no elegibles,
(c)el fomento de acciones y la creación de líneas presupuestarias con el fin de permitir que las PYME regionales inviertan en sectores generadores de empleo, entre otros medios, mediante la bonificación de intereses,
(d)las dificultades a las que tienen que hacer frente aquellas industrias y regiones que deben adaptarse rápidamente a las nuevas condiciones creadas por un sistema europeo de comercio sin fronteras y aquéllas afectadas por los acontecimientos registrados en la Europa central y oriental; se trata en particular de las regiones del objetivo nº 1 con el fin de permitir que su industria, en particular sus pequeñas y medianas empresas, sean capaces de hacer frente al reto que supone la adaptación que la realización del mercado único requiere,
(e)una acción específica en las regiones del objetivo nº 1 en relación con los retos planteados por el mercado único y que comprenda, entre otros factores, elementos de STRIDE, TELEMATIQUE y PRISMA;
(f)el cambio a unos procesos productivos que ocasionen una contaminación drásticamente menor;
32.Considera que las zonas afectadas por la reducción de la actividad pesquera y por la política comunitaria, teniendo especial consideración de la problemática de la pesca artesanal, requieren la aplicación de una iniciativa comunitaria específica que contribuya a paliar las dificultades del sector en estas zonas;
33.Considera que la próxima reforma de los programas de formación profesional de la CE constituye una buena oportunidad para lograr una mejor coordinación entre éstos y las iniciativas comunitarias en el ámbito de los recursos humanos;
34.Insiste en que la labor realizada a través de EUROFORM, NOW y HORIZON debería continuar en una nueva iniciativa comunitaria denominada "Empleo y desarrollo de los recursos humanos";
35.Subraya que las nuevas iniciativas comunitarias relativas al empleo y al desarrollo de los recursos humanos y a la gestión de la transformación industrial deberán financiarse de forma adecuada;
36.Opina que, además de las medidas expuestas en el capítulo "Empleo y Desarrollo de los Recursos Humanos", que están destinadas a contrarrestar los elevados niveles de desempleo y exclusión social en general, se necesita un programa integrado específico de desarrollo urbano destinado a aquellas partes de las principales zonas urbanas comunitarias en las que el desempleo, y en particular el desempleo a largo plazo, sea anormalmente elevado. El objetivo de tal iniciativa sería fomentar el desarrollo económico local facilitando la intervención y el fortalecimiento de los esfuerzos realizados por los organismos locales cuya experiencia, conocimientos y compromiso son imprescindibles para la regeneración de zonas descuidadas y desfavorecidas y para facilitar el acceso al tipo de servicios y sistemas necesarios para fomentar la actividad empresarial local;
37.Considera indispensable que, tanto a nivel comunitario como a nivel de los Estados miembros, la cofinanciación en favor de las empresas sea administrada del modo más coordinado posible con las acciones de formación profesional de los trabajadores en virtud del objetivo nº 4;
38.Subraya el compromiso adquirido por la Comisión de tener en cuenta el dictamen del Parlamento sobre cada iniciativa antes de su aprobación;
39.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución y el informe de su comisión a la Comisión, al Consejo y al Comité de las Regiones.