B3-1572, 1574, 1575, 1585, 1635 y 1638/93
Resolución sobre la negativa de una multinacional a reconocer el sindicato de sus empleados.
El Parlamento Europeo,
A.Considerando que la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales fundamentales de los trabajadores establece claramente el derecho de todos los empresarios y trabajadores de la Comunidad Europea a adherirse libremente a cualquier organización profesional, sindicato o asociación de su elección legalmente constituidos,
B.Considerando que el Protocolo sobre la política social del Tratado de Maastricht define claramente el diálogo entre los interlocutores sociales como un objetivo expreso de la Comunidad y de sus Estados miembros,
C.Considerando que la información y la consulta a los trabajadores debe formar parte integrante de la relación entre la empresa y los empleados,
D.Considerando que Zurich Insurance ha creado en el Reino Unido una nueva filial, Zurich Municipal,
E.Considerando que Zurich Municipal se ha negado a reconocer a los mil trabajadores de la Municipal Mutual Insurance afiliados al sindicato MSF,
F.Considerando las propuestas del Gobierno del Reino Unido de abolir el Consejo de Salarios Agrícolas,
G.Considerando que según la Constitución de la OIT la negociación colectiva es el derecho de los trabajadores a negociar con los empresarios el conjunto de sus condiciones de empleo y trabajo y sus garantías sociales,
H.Considerando que el marco de los sistemas de negociación colectiva seguirá siendo competencia nacional tal como lo establece el Protocolo sobre la política social del Tratado de Maastricht,
I.Reconociendo los Convenios 99 y 101 de la OIT,
J.Considerando que el Consejo de Europa ha adoptado un Convenio, abierto a la firma el 28 de enero de 1981, relativo a la protección de las personas frente al tratamiento automatizado de datos de carácter personal,
1.Señala que todo trabajador tienen el derecho a afiliarse al sindicato que, en su opinión, mejor defienda sus intereses;
2.Rechaza la negativa de cualquier empresa, multinacional o de otro tipo, a reconocer los sindicatos de sus empleados;
3.Subraya la importancia de un diálogo social permanente con el fin de fomentar un ambiente de trabajo productivo;
4.Condena la negativa de Zurich Municipal a reconocer al sindicato MSF y pide a la dirección de la Municipal Mutual Insurance que restablezca el derecho que anteriormente tenían sus empleados a una representación colectiva a través del Sindicato MSF al igual que su compañía matriz, Zurich Insurance, lo hace con los correspondientes sindicatos en otros Estados miembros de la Comunidad;
5.Considera que la abolición del Consejo de Salarios Agrícolas eliminaría el mecanismo de conciliación y cooperación, por lo que no debería ser aceptada hasta que exista otro mecanismo de negociación colectiva;
6.Estima que el intercambio ilimitado de datos personales y de otros datos relativos a la vida privada constituye una amenaza sin precedentes para el respeto del derecho a la vida privada y condena estas prácticas;
7.Pide que las legislaciones comunitarias y de los Estados miembros garanticen un alto nivel de protección de la vida privada en la Comunidad sin rebajar el nivel alcanzado en las normas de determinados Estados miembros;
8.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno del Reino Unido y a la empresa Zurich Insurance.