B3-1589, 1598, 1602, 1611 y 1632/93
Resolución sobre las exportaciones de residuos tóxicos
El Parlamento Europeo,
A.Recordando sus anteriores resoluciones relativas al transporte y reciclaje de residuos tóxicos,
B.Considerando el Convenio de Basilea, firmado en 1989 bajo la égida de la ONU, y el Reglamento CEE nº 259/93 sobre el transporte de residuos,
C.Alarmado por las informaciones según las cuales la sociedad suiza Refonda exporta toneladas de residuos que contienen dioxina y metales pesados a Setúbal (Portugal),
D.Considerando que la solicitud de repatriación a su lugar de origen de estas 29.000 toneladas de residuos, que fueron exportadas en los años 1987-1990, formulada en repetidas ocasiones por las autoridades portuguesas, jamás ha obtenido satisfacción,
E.Consciente de que un camión ha transportado un cargamento de estos residuos tóxicos a Suiza sin obtener permiso para ello,
F.Considerando el riesgo que puede implicar el abandono de estos residuos para los habitantes de Setúbal,
1.Denuncia la prácticas de la sociedad suiza Refonda, que constituyen una violación del Convenio de Basilea y de la legislación suiza en esta materia, y pide la repatriación inmediata de estos residuos depositados en Portugal a su lugar de origen en Suiza;
2.Recuerda que el Convenio de Basilea y el Reglamento CEE de 1990 prohíben todo traslado de residuos a otro país si éste no ha dado su consentimiento y si no se dispone de una instalación adecuada;
3.Reitera su oposición a la exportación de residuos tóxicos, incluso a países del Tercer Mundo, auténtico basurero del mundo industrializado, y pide que los Estados en los que están instaladas empresas que producen residuos tóxicos obliguen a éstas a realizar el tratamiento de dichos residuos en su lugar de origen;
4.Pide al Consejo y a la Comisión que intervengan ante las autoridades suizas para que éstas obliguen a la sociedad Refonda a respetar el Convenio de Basilea y su propia legislación;
5.Pide a la Comisión que examine las posibilidades de controlar el transporte transfronterizo de residuos tóxicos, teniendo en cuenta que este caso demuestra que los controles vigentes son completamente inadecuados o no se aplican;
6.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, al Gobierno suizo y a los Secretarios Generales del PNUMA y de la OMS.