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Parlamento Europeo - 18 novembre 1993
Investigación e innovación tecnológica en la Comunidad Europea

A3-0318/93

Resolución sobre la explotación de los resultados de la investigación e innovación tecnológica en la Comunidad Europea

El Parlamento Europeo,

-Vista la propuesta de resolución presentada por el Sr. Seligman sobre la difusión, valorización y explotación de los resultados de la investigación científica de la Comunidad (B3-1545/92),

- Visto el informe de la Comisión de Energía, Investigación y Tecnología (A3-0318/93)

A.Considerando que si bien el nivel de nuestra investigación básica y aplicada es muy considerable, las empresas europeas se muestran a menudo menos eficaces que sus competidores para transformar e integrar los resultados de la investigación en procesos de innovación que conduzcan finalmente a la obtención de nuevos procesos, productos y servicios, siendo ello un factor determinante en la pérdida de competitividad,

B.Considerando que la investigación de carácter precompetitivo que se lleva a cabo a través de la política comunitaria de I+D no garantiza, por sí misma, la innovación tecnológica que haga a las empresas europeas más competitivas,

C.Considerando que la innovación y la transferencia tecnológica son un complemento obligado de los programas de I+D precompetitiva para acercar los resultados de la investigación al mercado convertidos en nuevos procesos, productos o servicios,

D.Considerando que la tecnología no es un fin en sí mismo, sino un medio para resolver un problema y, por consiguiente, los responsables políticos deben preocuparse de la demanda de tecnologías y no sólo de su oferta, de la difusión en el tejido económico y no sólo de la generación de las tecnologías,

E.Considerando que la Comunidad explota peor que sus competidores directos los beneficios de la investigación y el desarrollo. La innovación y transferencia de tecnología constituyen el punto débil de la política científica y tecnología comunitaria,

F.Considerando que países competidores como el Japón destinan el 60% de su gasto en I+D a las actividades de Innovación y Transferencia de Tecnología, mientras que en el actual III Programa Marco y en las propuestas para el IV Programa Marco no se alcanza el 4,5% incluyendo para difusión, valorización de resultados de I+D, innovación y transferencia tecnología,

G.Considerando que el interés por contribuir a la difusión y explotación de los resultados de la investigación se refiere no sólo a la investigación realizada con fondos comunitarios sino también a la que se realiza a nivel nacional y que, análogamente interesa la transferencia de las tecnologías disponibles cualquiera que sea su origen,

H.Considerando que muchas pequeñas y medianas empresas tienen más necesidad de tecnologías disponibles y comprobadas que de nuevas tecnologías procedentes de la reciente investigación y desarrollo comunitarios o nacionales y que estas tecnologías disponibles deben ser conocidas y adaptadas a nuevos usos procediendo, a menudo, a la transferencia entre distintos sectores industriales, por lo cual se requiere una acción centralizada con capacidad de actuación interdisciplinar,

I.Considerando que debe prestarse una atención especial a las PYMES industriales y de servicios cuya competitividad depende de la incorporación de nuevas tecnologías, pero que no tienen la capacidad o los medios para llevar a cabo actividades de investigación o explotar sus resultados,

J.Considerando que una política eficaz de innovación y transferencia tecnológica beneficia en primer lugar a las regiones que disponen de un tejido empresarial bien implantado, por lo cual habrá que llevar a cabo acciones orientadas específicamente a las regiones periféricas con escaso desarrollo industrial en colaboración con las autoridades nacionales y regionales,

K.Considerando que las asociaciones de investigación por contrato y otras organizaciones similares tienen el máximo interés, por su propia naturaleza y por sus intereses comerciales, en lograr la transferencia de tecnología, la explotación y la difusión de los resultados de la investigación,

1.Opina que para favorecer la obtención de nuevos procesos, productos o servicios en las empresas europeas es necesario, junto al Programa Marco de I+D de carácter precompetitivo, un programa ambicioso y bien dotado financieramente para impulsar la innovación y la transferencia de tecnología en las empresas de la Comunidad, orientado de manera especial a las PYMES;

2.Estima que hasta que se disponga de la financiación necesaria para lanzar este gran Programa Comunitario de Innovación y Transferencia de Tecnología y durante el período de vigencia del IV Programa Marco de I+D, debe destinarse al menos un 10% del gasto total en I+D a las actividades de difusión y explotación de los resultados de la I+D, apoyo a la innovación y a la transferencia de tecnología;

3.Defiende la necesidad de una acción centralizada para hacer transferencia interdisciplinar, para crear infraestructuras comunes (centros de enlace, CORDIS,...) y para disponer de un servicio de personal especializado, todo ello al servicio de los programas específicos;

4.Aboga por que la obligación contractual de explotar y difundir los resultados de la investigación se incorpore en la concepción y ejecución de cada uno de los Programas Específicos y se dote con fondos apropiados procedentes del propio Programa Específico;

5.Opina que los mecanismos de difusión y explotación de los resultados de la investigación deben incluirse en el propio diseño de los proyectos, como forma de contribuir a que las empresas involucradas en un producto lleven al mercado los resultados;

6.Pide a la Comisión que junto con el Banco Europeo de Inversión presente un nuevo concepto de capital riesgo en el ámbito de la investigación, prestando especial atención a las fuentes privadas y públicas de capital de riesgo para transferencias de tecnología, difusión y explotación en pequeñas y medianas empresas (Fondo para la integración de tecnologías para PYMES);

7.Opina que las organizaciones de investigación por contrato tienen que desempeñar un papel clave como agentes de transferencia de tecnología, especialmente en el contexto de programas específicos;

8.Opina que los grandes proyectos de investigación deben incluir, junto con las empresas y laboratorios participantes en la I+D, una serie de empresas pequeñas y medianas interesadas en la posible aplicación de los resultados, que sean futuros usuarios de la tecnología producida;

9.Pide a la Comisión que favorezca la constitución, a nivel comunitario, de una infraestructura fuerte para la transferencia de tecnología apoyándose sobre las estructuras existentes a nivel local, regional o nacional, constituyendo redes transnacionales que desarrollen una cultura de transferencia de tecnología; considera que las actividades desarrolladas a través de estas redes deben orientarse especialmente a las pequeñas y medianas empresas y a las regiones con menor desarrollo económico.

10.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de los Estados miembros.

 
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