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Parlamento Europeo - 15 dicembre 1993
Protección de los animales

A3-0405/93

Resolución sobre la protección de los animales

El Parlamento Europeo,

-Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo (COM(93) 0384/2),

-Visto el informe de la Comisión de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (A3-0405/93),

A.Considerando que se está debatiendo bastante la futura dirección de la política comunitaria en materia de bienestar animal,

B.Considerando que es necesario volver a definir las competencias comunitarias, en particular, a la luz del debate sobre subsidiariedad,

C.Considerando que es claramente necesario que se incluyan como parte integrante de la Política Agrícola Común aspectos relativos al bienestar animal,

D.Considerando que se debe separar a los animales de los productos agrícolas,

E.Considerando que el Parlamento Europeo ha sido y debe seguir siendo un guía y una fuerza impulsora en materia de política de bienestar animal,

1.Acoge con satisfacción las conclusiones generales del documento de la Comisión, en el que se reafirma la importancia de los aspectos del bienestar animal, y la función clave que desempeña la Comunidad al elaborar una política que tendrá beneficios reales y efectivos para el bienestar animal;

2.Considera que, coincidiendo con la reforma de la PAC con el objetivo de reducir la superproducción, se debería aprovechar la ocasión para mejorar las condiciones que soportan los animales que se han visto sometidos a sistemas de producción cada vez más intensivos y restrictivos;

3.Opina que los niveles de cuidados en numerosos mataderos son inaceptablemente bajos y que se deben introducir sin demora métodos modernos de manipulación, encierro y aturdido y matanza humanitarios;

4.Reafirma su apoyo y su fe en la importancia del trabajo realizado por el Consejo de Europa, en particular, a la luz de la futura ampliación de la Comunidad y considera que este trabajo es complementario del emprendido por la Comunidad Europea y los Estados miembros;

5.Lamenta que la Comisión no reconozca plenamente la importante función del Parlamento Europeo a la hora de elaborar una política de bienestar animal o de proponer enmiendas a la legislación y considera que esta falta de interés por asuntos cada vez más evidentes será perjudicial para la reputación de la Comunidad Europea;

6.Lamenta que la Comisión esté presentando propuestas para adoptar medidas relacionadas con la organización común de mercados o con las disposiciones en materia de higiene que socavan los esfuerzos por mejorar la protección de los animales de ganaderías y pide a la Comisión que:

-retire la decisión de junio de 1993 de conceder para la exportación de animales vivos destinados al sacrificio una restitución a la exportación mayor que para la exportación de carne de vacuno,

-garantice, en el marco de las actuales negociaciones con vistas a la modificación de la Directiva 91/497/CEE (directiva sobre las carnes frescas), que pueda mantenerse una red de mataderos lo suficientemente densa para que el tiempo de transporte de los animales destinados al sacrificio desde la explotación ganadera hasta el matadero y la permanencia de los animales en el mismo sean lo más breves posible;

7.Pide que se modifique el Tratado de Roma con ocasión de la Conferencia Intergubernamental de 1996 con objeto de clarificar la competencia de la Comunidad en el ámbito del bienestar animal;

8.Pide que en la Comisión se cree una oficina, dotada de suficiente personal, que se ocupe, en particular del bienestar de los animales;

9.Llama la atención en relación con la persistente impotencia de la Comisión para controlar la aplicación y ejecución de las directivas sobre bienestar animal, con lo que se coloca a productores, transportistas y mataderos de algunos Estados miembros en una situación desventajosa desde el punto de vista económico; pide que se refuerce inmediatamente la inspección veterinaria para que se ocupe específicamente de la política de bienestar animal de manera que ésta se aplique con la misma energía en todos los Estados miembros;

10.Pide a la Comisión que presente propuestas que obliguen a los Estados miembros a designar autoridades u órganos de control que sean responsables del control de las disposiciones en materia de protección de los animales y a comunicar estos órganos a la Comisión para garantizar una aplicación coherente a escala comunitaria de las disposiciones en materia de protección de los animales;

11.Pide que se presente sin demora el informe y las propuestas de la Comisión sobre gallinas ponedoras, tal como exige la directiva 89/166/CEE;

12.Pide que continúen los trabajos sobre la revisión de las directivas 91/629/CEE y 91/630/CEE relativas a los terneros y los cerdos;

13.Pide que la Comisión y el Consejo acepten el dictamen del Parlamento sobre las actuales propuestas en materia de transportes;

14.Pide al Consejo que adopte sin demora la propuesta de la Comisión, modificada por el dictamen del Parlamento, del 8 de julio de 1992 sobre la protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza (COM(92) 0460 de 17.11.1992, DO C 238 de 12.12.1992, pág. 5);

15.Pide que se le consulte sobre cualquier propuesta futura y, en particular, sobre las propuestas de ejecución de los acuerdos celebrados en el seno del Consejo de Europea;

16.Opina que se debe otorgar un reconocimiento especial a los animales de las ganaderías y no considerarlos simplemente como productos agrícolas;

17.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de los Estados miembros.

 
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