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Parlamento Europeo - 15 dicembre 1993
Las conclusiones del Consejo Europeo en lo relativo a la PESC

B3-1758, 1762 y 1768/93

Resolución sobre las conclusiones del Consejo Europeo en lo relativo a la PESC

El Parlamento Europeo,

En cuanto a la antigua Yugoslavia

1.Toma nota de la declaración sobre la antigua Yugoslavia, al tiempo que constata que la política del Consejo con respecto a la antigua Yugoslavia no ha logrado hasta ahora poner fin a la guerra contra Bosnia-Herzegovina ni ha aportado solución alguna a los problemas entre Serbia y Croacia;

2.Pone de relieve el desastre humano que todo ello representa para Bosnia-Herzegovina e insta al Consejo a que haga todo lo que esté en su poder para proteger a la población de Bosnia-Herzegovina y para restablecer la autoridad de los poderes públicos en este territorio;

3.Lamenta que el Consejo no haya contemplado el problema de la financiación del tribunal ad hoc para juzgar los crímenes perpetrados en la antigua Yugoslavia; pide a los Estados miembros de la Unión que se comprometan a garantizar la necesaria financiación y a reaccionar dentro de las instancias competentes para que se resuelva inmediatamente dicho problema;

4.Pide al Consejo y a los Estados miembros que cumplan con su promesa de garantizar la distribución de ayuda humanitaria a la población afectada y de proteger las "zonas de seguridad" mediante el envío de otros 4.000 soldados;

En cuanto al "Plan de Estabilidad"

5.Se felicita de la decisión de impulsar el proceso diplomático y de convocar una Conferencia inaugural con el fin de llegar a un Pacto de estabilidad en Europa;

6.Pide al Consejo que tome nota de que este plan ha dejado patentes hasta la fecha sus numerosas limitaciones (al excluir, entre otras, a las partes más directamente afectadas en la actualidad o que podrían estarlo en el futuro);

7.Toma nota de que el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores deberá promover a este respecto una acción común de conformidad con lo establecido en el Tratado de la Unión e insiste en que se le consulte en la debida forma antes de que el Consejo adopte su decisión;

En cuanto al proceso de paz en el Oriente Medio

8.Pide a la Unión Europea que intensifique y, a continuación, concrete su contribución al proceso de paz, en particular mediante un apoyo económico y político para superar los obstáculos y construir las instituciones de una administración palestina autónoma;

9.Considera que la Unión Europea debe alentar y apoyar a las fuerzas de la sociedad civil israelí y palestina que demuestren capacidad de diálogo, y que debe cooperar sentando las bases de un proceso de pacificación duradero;

10.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, de Bosnia-Herzegovina y de Israel, a la OLP y al Secretario General de las Naciones Unidas.

 
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