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Parlamento Europeo - 20 gennaio 1994
Inundaciones en Europa

B3-0056, 0072, 0073, 0079, 0099 y 0129/94

Resolución sobre las inundaciones en Europa

El Parlamento Europeo,

-Vista su Resolución de 16 de septiembre de 1992 sobre una política comunitaria de ordenación del territorio: Europa 2000,

A.Considerando la oleada de lluvias y desbordamientos de ríos que ha afectado gravemente a Europa desde octubre de 1993, concretamente a Alemania, los Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Italia, España, Francia, Grecia y el Reino Unido,

B.Considerando que, como consecuencia de las inundaciones, las explotaciones agrícolas y hortícolas y otras pequeñas y medianas empresas han sufrido fuertes pérdidas, y que un gran número de estas empresas se ven amenazadas de cierre, con el consiguiente desempleo,

C.Observando que la Comisión concedió en diciembre de 1993 y enero de 1994 un total de 500.000 ecus en concepto de ayuda urgente a las víctimas de inundaciones en Francia, Alemania, Luxemburgo, Bélgica y los Países Bajos, y reconociendo que la ayuda de urgencia concedida por la Comisión constituye, en sus propias palabras, "un gesto humanitario simbólico",

D.Considerando que las inundaciones producidas en estos países son un signo evidente de que existe un grave desequilibrio hidrogeológico y haciendo hincapié en la necesidad de una política común europea coordinada para reparar las consecuencias de tales catástrofes y de una política de planificación regional que contribuyan a impedir que éstas se repitan,

E.Considerando que la concentración parcelaria, las alteraciones realizadas en el curso de los ríos y las canalizaciones han elevado el peligro de inundaciones y que los daños se han visto con frecuencia agravados por la insuficiencia y la falta de mantenimiento de las obras y de los medios de protección,

F.Considerando que las inundaciones han puesto en evidencia la necesidad de obras de ingeniería hidráulica,

1.Expresa su condolencia a las familias de las víctimas y a las personas siniestradas;

2.Rinde homenaje a los bomberos, militares y servicios públicos que, auxiliados por colaboradores voluntarios, han respondido sin descanso a la llamada de todos aquellos que se encontraban en dificultades;

3.Se congratula por la concesión de ayuda de emergencia, pero destaca que la ayuda ha de ser mucho más importante, vista la amplitud de las consecuencias de las inundaciones;

4.Destaca que las medidas de reparación no se han de basar únicamente en un enfoque ad hoc, sino que han de tomarse medidas estructurales para las regiones más afectadas y pide a la Comisión que proponga medidas para reforzar los medios de prevención y protección contra las inundaciones;

5.Pide a la Comisión que presente propuestas para averiguar de qué modo pueden utilizarse los instrumentos existentes de política estructural para la reconstrucción de dichas regiones; pide, además, a la Comisión que proponga urgentemente una armonización de los seguros a fin de que los daños de este tipo queden cubiertos por los seguros privados, tal como ya es el caso en Francia;

6.Destaca que estas catástrofes han demostrado una vez más la necesidad de una política europea común de planificación regional orientada hacia un desarrollo armonioso y compatible con el medio ambiente; pide el establecimiento de un fundamento jurídico que permita a la Unión coordinar un enfoque paneuropeo de la planificación regional;

7.Pide, por otra parte, a la Comisión que desbloquee los fondos suplementarios procedentes del FEDER en el marco de las acciones destinadas a las zonas 5 b, con el fin de aportar apoyo financiero a los trabajos de reparación de daños y conceder ayudas a las personas que se hayan quedado sin hogar y a los agricultores cuyas explotaciones hayan quedado devastadas;

8.Pide a la Comisión que ponga a disposición de las personas y regiones afectadas una ayuda adicional importante con cargo a los capítulos Protección Civil (B4-33) y Ayudas a las poblaciones de la Comunidad víctimas de catástrofes (B4-34), así como otras formas de ayuda con cargo al Presupuesto de la Comunidad;

9.Pide a la Comisión que realice un estudio de los contratos de las compañías de seguros que excluyen de forma sistemática el riesgo de catástrofes naturales, a la luz de la legislación europea en este ámbito y del Tratado de la Unión Europea, y recaba propuestas oportunas que ofrezcan soluciones viables en caso de catástrofes naturales; observa que en algunos Estados miembros resulta imposible asegurarse contra catástrofes naturales como inundaciones y seísmos y que las compañías de seguros incluso se han puesto de acuerdo de forma conjunta para excluir sistemáticamente esta clase de riesgos, de manera que las personas afectadas por catástrofes naturales son "víctimas por partida doble";

10.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales de las regiones afectadas.

 
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