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Parlamento Europeo - 9 febbraio 1994
Ampliación de la Unión Europea

B3-0148, 0150, 0151 y 0152/94

Resolución sobre el estado de las negociaciones de ampliación con Austria, Suecia, Finlandia y Noruega

El Parlamento Europeo,

-Visto el artículo 89 de su Reglamento,

-Vistas sus anteriores resoluciones sobre la ampliación, en particular sus Resoluciones de 15 de mayo de 1991 sobre la ampliación de la Comunidad y las relaciones con otros países europeos, de 15 de julio de 1993 sobre la ampliación de la Comunidad y de 17 de noviembre de 1993 sobre las negociaciones con vistas al ingreso de Austria, Suecia, Finlandia y Noruega,

-Vistas las conclusiones de las reuniones del Consejo Europeo en Lisboa, Edimburgo, Copenhague y Bruselas,

-Vistas las declaraciones de la Comisión y del Consejo sobre los progresos realizados en las negociaciones con los países candidatos,

1.Manifiesta su deseo de que concluyan con éxito las negociaciones de adhesión;

2.Se declara dispuesto a examinar con carácter urgente, junto con el Consejo, las cuestiones de orden institucional planteadas;

3.Subraya que le es imposible adoptar una decisión basándose únicamente en un documento de síntesis de los acuerdos y sólo podrá emitir su dictamen cuando haya recibido los textos completos de los Tratados;

4.Recuerda las conclusiones de su Resolución de 17 de noviembre de 1993 sobre los aspectos institucionales de la ampliación; insiste en que los Tratados de adhesión deberán introducir las modificaciones institucionales necesarias para garantizar un funcionamiento fluido de la Unión; y solicita, tanto a los países candidatos como a los Estados miembros, que se comprometan a realizar las necesarias reformas institucionales para garantizar una estructura de toma de decisiones democrática, eficaz y transparente;

5.Expresa su profunda insatisfacción por el modo en que el último Consejo Europeo de Bruselas ha reaccionado ante esta solicitud, haciendo caso omiso de ella en la práctica, como se desprende de los ajustes meramente mecánicos que propone para la ampliación;

6.En lo que se refiere al número de escaños en el Parlamento Europeo, constata con satisfacción que la Unión Europea propuso el número exacto de escaños que el propio Parlamento decidió en sus resoluciones al respecto; acepta que, teniendo en cuenta la población de Suecia, el número de diputados suecos se fije en 22;

7.Celebra que todos los países candidatos tengan una larga tradición de gobierno democrático; expresa su convicción de que, como miembros de pleno derecho, contribuirán activamente a los esfuerzos de los actuales Estados miembros de la UE con vistas a conseguir que las instituciones de la Unión sean más democráticas y abiertas; expresa su convicción de que la futura ampliación de la Unión Europea será beneficiosa para todos sus miembros, así como para los cuatro países candidatos, y contribuirá en gran medida a lograr una mayor estabilidad en el continente europeo;

8.Celebra que los cuatro países candidatos se hayan mostrado dispuestos a aceptar el acervo comunitario y el objetivo de la integración europea; señala asimismo que la política exterior y de seguridad común es uno de los pilares de la futura integración europea;

9.Expresa su satisfacción por el hecho de que las negociaciones en materia de Política Social Común hayan concluido aparentemente con éxito; recuerda que todos los países candidatos tienen muy altos niveles sociales, y espera que, en tanto que miembros de pleno derecho, aporten importantes contribuciones a la futura cooperación de los Estados miembros de la Unión Europea en el marco de la Política Social y del mercado de trabajo común, de conformidad con los objetivos fijados en el Tratado de la Unión, incluido el objetivo de lograr la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres;

10.Acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado en las conferencias ministeriales celebradas en el mes de diciembre, en virtud del cual se establecerá un período transitorio de cuatro años para las normas y estándares medioambientales y durante el cual se llevará a cabo la revisión de la legislación de la Unión Europea; no obstante, señala un problema medioambiental de especial importancia que sigue pendiente de solución, a saber: la caza de ballenas;

11.Está convencido de que podrá llegarse a un acuerdo sobre las políticas regionales y agrícolas que habrán de aplicarse en los países candidatos con objeto de mantener el empleo en sus regiones escasamente pobladas; señala que se podrían utilizar la latitud, la altitud y la duración de la estación productiva como criterios para la concesión de ayudas; señala, no obstante, que en el período transitorio los montantes compensatorios de acceso, como los que se utilizan con España y Portugal, no deberán aplicarse, puesto que podrían dar lugar a que se mantuvieran los controles fronterizos;

12.Subraya que la Unión Europea concluirá acuerdos de libre comercio con los países bálticos;

13.Constata la conclusión del capítulo fundamental sobre Política Exterior y de Seguridad Común y considera que todos los Estados candidatos deberán participar plenamente en la futura "definición de una política de defensa común que podría conducir, en su momento, a una defensa común";

14.Manifiesta, no obstante, su preocupación por el hecho de que las dificultades por las que atraviesa la UE hayan impedido la conclusión de los capítulos de la UEM;

15.Estima que los serios problemas planteados por el tráfico transalpino deben resolverse mediante disposiciones generales de alcance comunitario, de forma no discriminatoria y compatible con el medio ambiente;

16.Subraya que algunas regiones ecológicamente sensibles deben ser protegidas del turismo de masas mediante medidas restrictivas que, sin embargo, no deben conducir a discriminaciones entre ciudadanos de la Unión;

17.Pide a la Comisión que adopte todas las medidas necesarias para garantizar que la población de los cuatro países candidatos tenga acceso a una información adecuada sobre la integración europea;

18.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, así como a los Gobiernos y Parlamentos de Austria, Suecia, Finlandia y Noruega.

 
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