A3-0054/94
Resolución sobre el empleo de tecnología de construcción bioclimática en los edificios destinados a vivienda y servicios
El Parlamento Europeo,
-Vistas las propuestas de resolución, presentadas por
a)el Sr. Brito sobre el empleo de tecnología de construcción bioclimática en los edificios destinados a vivienda y servicios (B3-0129/93)
b)el Sr. Killilea sobre los niveles de gas radón en las casas situadas en la Irlanda occidental (B3-0460/92)
-Vista su Resolución de 19 de enero de 1993 sobre la promoción de formas de energía renovables,
-Visto el artículo 45 del Reglamento,
-Habiendo delegado su facultad de decisión en su Comisión de Energía, Investigación y Tecnología, de conformidad con el artículo 52 de su Reglamento,
-Visto el informe de la Comisión de Energía, Investigación y Tecnología (A3-0054/94),
A.Teniendo en cuenta el considerable ahorro energético que podría lograrse construyendo edificios o reestructurando los ya existentes a partir de principios arquitectónicos y de construcción que utilicen al máximo energías renovables locales,
B.Considerando la aportación positiva que este tipo de construcción implica en términos de reducción de emisiones de gas que provocan el efecto invernadero,
C.Considerando el estado de degradación de algunas zonas urbanas, tanto desde el punto de vista estructural como desde el de la calidad de vida de los habitantes,
D.Considerando que el sector de la construcción es uno de los que impulsan la economía de la Unión, con un volumen de negocios en torno a los 400.000 millones de ecus al año y con un elevado índice de empleo,
E.Considerando que el respeto del aspecto estético es fundamental para el mantenimiento del patrimonio cultural de la Unión,
F.Considerando el interés educativo indirecto que puede tener el uso de estos edificios para las poblaciones de la Unión, y en particular para los jóvenes, haciéndolos partícipes y conscientes de los ciclos energéticos naturales,
G.Considerando que la planificación urbana debe plantearse también en términos de racionalización del uso de la energía y que deben tenerse en cuenta principios como los relativos a la compatibilidad ecológica de los materiales,
H.Congratulándose con la DG XVII/C/2 de la Comisión por el estudio de las posibilidades de financiación por terceros y expresando su deseo de que pueda informar al Parlamento sobre el éxito del coloquio celebrado en Lisboa del 28 al 30 de octubre de 1993 sobre dicho asunto,
I.Felicitando a la DG XII/F/4 de la Comisión por la calidad del trabajo realizado en el ámbito de las energías renovables y, en particular, por haber asociado a arquitectos de fama mundial a los proyectos, en particular en relación con la reconstrucción del Reichstag,
1.Considera que la arquitectura bioclimática constituye un instrumento básico de ahorro energético y un factor esencial para la generación de nuevo empleo;
2.Considera indispensables la promoción y el desarrollo de una nueva cultura de la construcción, atenta a la protección del medio ambiente y a los ciclos energéticos del ecosistema y que utilice los principios rectores de la arquitectura bioclimática;
3.Considera sumamente importante la formación de una nueva generación de proyectistas, arquitectos y constructores preparados, técnica y culturalmente, para aplicar en la práctica profesional estos principios;
4.Pide a las facultades de arquitectura de las universidades de la Unión que introduzcan cursos obligatorios de arquitectura bioclimática;
5.Pide a la Comisión que elabore la normativa necesaria para crear una marca europea de calidad para los materiales empleados en la construcción, confiando al CCI la función de certificación;
6.Pide a la Comisión que elabore, en el plazo más breve posible, un estudio:
-sobre la relación coste/beneficio de la restauración del parque inmobiliario ya existente y de la construcción de edificios nuevos según los principios de la arquitectura bioclimática y del uso racional de la energía
-sobre el volumen de empleo directo e indirecto, cualificado y no cualificado, en el sector inmobiliario, tanto para dichas medidas como para la construcción de nuevos edificios;
7.Pide a la Comisión que presente una propuesta de directiva que fije normas vinculantes con respecto a la utilización de nuevas tecnologías de los materiales y concepciones de construcción expuestas en la presente resolución;
8.Pide a la Comisión que armonice los criterios de evaluación de la calidad de un edificio según los siguientes parámetros:
-presencia de gases tóxicos (por ejemplo, radón)
-incidencia de la "trama metálica" sobre los fenómenos de electromagnetismo natural o artificial
-presencia de materiales tóxicos (barniz, cola, amianto, formaldehído, disolventes, etc.)
-capacidad del edificio para la ventilación y eliminación de la humedad y las soluciones alternativas empleadas;
9.Pide a la Comisión que tenga presentes estos parámetros en la preparación de los programas específicos del IV programa marco;
10.Pide a la Comisión que establezca la normativa necesaria para que en las licitaciones relativas a la construcción de edificios públicos sea vinculante el uso de la arquitectura bioclimática;
11.Considera que la forma más interesante de financiación de la operación es la de la "financiación por terceros";
12.Pide a la Comisión que incluya la financiación necesaria para proyectos piloto de gran envergadura para la reestructuración del patrimonio inmobiliario existente y para nuevas construcciones;
13.Pide al BEI que incluya en los proyectos que se benefician de préstamos favorables amplios proyectos de restauración del patrimonio inmobiliario existente y de construcción de nuevas unidades según los principios de la arquitectura bioclimática;
14.Pide a la Comisión que consulte a empresas así como a organizaciones nacionales que ya trabajan en este sector, por ejemplo, el IBN alemán, el INBAR italiano, etc.;
15.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a los sindicatos de la construcción y a las asociaciones de constructores de los países de la Unión y a los presidentes de las facultades de arquitectura de la Unión.