Radicali.it - sito ufficiale di Radicali Italiani
Notizie Radicali, il giornale telematico di Radicali Italiani
cerca [dal 1999]


i testi dal 1955 al 1998

  RSS
ven 01 mag. 2026
[ cerca in archivio ] ARCHIVIO STORICO RADICALE
Archivio PE
Parlamento Europeo - 9 marzo 1994
Contaminación de los vehículos de motor

A3-0101/94

Decisión sobre la posición común del Consejo sobre la propuesta de una directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las medidas que deben adoptarse contra la contaminación atmosférica causada por las emisiones de los vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/220/CEE (C3-0505/93 - 94/0448 (COD))

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

-Vistas las modificaciones, aprobadas por la Comisión el 31 de octubre de 1993, a las propuestas pendientes ante el Consejo para las que la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea supone un cambio de fundamento jurídico y/o de procedimiento (COM(93)0570),

-Vista la carta de 15 de noviembre de 1993 del Presidente de la Comisión sobre las propuestas de la Comisión que figuran en el documento COM(93)0570 (C3-0369/93) que deben adoptarse de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 189 B del Tratado CE (procedimiento de codecisión),

-Vista la posición común del Consejo (C3-0505/93 - 94/0448 (COD)),

-Visto su dictamen emitido en primera lectura sobre la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(92)0572), ratificado en la sesión del 2 de diciembre de 1993

-Vista la propuesta modificada de la Comisión (COM(93)0626),

-Visto el apartado 2 del artículo 189 B del Tratado CE,

-Visto el artículo 68 de su Reglamento,

-Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A3-0101/94),

1.Aprueba la posición común;

2.Pide al Consejo que adopte definitivamente el acto, de conformidad con la posición común, en el plazo más breve posible;

3.Encarga a su Presidente que, junto con el Presidente del Consejo, firme el acto de conformidad con el apartado 1 del artículo 191 del Tratado CE;

4.Encarga a su Secretario General que, conforme a sus competencias, proceda de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a la notificación del acto a los Estados miembros;

5.Encarga a su Presidente que transmita la presente decisión al Consejo y a la Comisión.

 
Argomenti correlati:
stampa questo documento invia questa pagina per mail