Radicali.it - sito ufficiale di Radicali Italiani
Notizie Radicali, il giornale telematico di Radicali Italiani
cerca [dal 1999]


i testi dal 1955 al 1998

  RSS
ven 01 mag. 2026
[ cerca in archivio ] ARCHIVIO STORICO RADICALE
Archivio PE
Parlamento Europeo - 21 aprile 1994
Asesinato de niños en el Brasil

B3-0446 y 0490/94

Resolución sobre el asesinato de niños en el Brasil

El Parlamento Europeo,

A.Expresando su consternación por el hecho de que el asesinato de niños callejeros y otros menores sigue siendo una práctica ampliamente difundida en el Brasil,

B.Recordando la masacre de Candelaria en la que fueron asesinados ocho gamines de entre 11 y 17 años en Río de Janeiro, el 23 de julio de 1993,

C.Considerando que, según las últimas estadísticas oficiales disponibles, en el Estado de Río de Janeiro fueron asesinados 328 menores sólo en los seis primeros meses de 1993,

D.Acogiendo positivamente los esfuerzos considerables realizados por determinados Gobiernos, entre ellos el del Estado de Río de Janeiro, para hacer frente a esta lacra,

E.Consternado por las pruebas de que los oficiales de la policía con frecuencia son los responsables del asesinato de menores, especialmente de chicos adolescentes, y que, según la Comisión de investigación del Parlamento federal sobre el exterminio de menores en febrero de 1992, el asesinato de niños y adolescentes por la policía civil y militar distaba mucho de ser excepcional y representaba la tercera causa conocida de homicidio de niños y adolescentes,

F.Consternado por la persistencia de los escuadrones de la muerte de los que con frecuencia forman parte policías, conocidos como "grupos de exterminio" o "justicieros" que son contratados para asesinar a niños callejeros que a veces tienen tan sólo cinco años, y considerando que estos crímenes frecuentemente presentan connotaciones racistas,

G.Escandalizado por el caso del Sr. Volmer Nascimento (representante del Movimiento Nacional de Niños Callejeros - MNMMRR) que debe comparecer ante el Tribunal Supremo a finales de abril de 1994, que afronta una sentencia grave, como consecuencia de unas oscuras acusaciones tras las investigaciones llevadas a cabo por el Sr. Nascimento acerca de la implicación de funcionarios de alto nivel en los escuadrones de la muerte,

H.Consciente de que, según ciertos cálculos, unos 7 millones de menores viven en las calles del Brasil, muchos de ellos obligados a practicar la pequeña delincuencia para sobrevivir, por lo que son automáticamente considerados como verdaderos o posibles criminales,

I.Visto el artículo 1 del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y la República Federativa del Brasil,

J.Considerando el informe "Final Justice: Police and Death Squad Homicides of Adolescents in Brazil" publicado por la organización Human Rights Watch/Americas,

K.Recordando sus anteriores resoluciones sobre los niños callejeros en el Brasil que han alentado a los brasileños a luchar contra esta lacra,

1.Se declara solidario con aquellos brasileños, como el Sr. Volmer Nascimento, que luchan por liberar a su país de esta lacra y que con frecuencia acaban siendo ellos mismos víctimas de ataques violentos, y pide al Tribunal Supremo que suprima las acusaciones dirigidas contra el Sr. Nascimento;

2.Se congratula de los esfuerzos realizados por las ONG, de los esfuerzos individuales realizados por adultos y los propios niños callejeros para garantizar su protección y satisfacer sus necesidades básicas;

3.Hace un llamamiento al Gobierno brasileño para que tome medidas a nivel federal para proteger a los testigos, para el registro y control de empresas de seguridad privadas y para denegar toda fianza a quienes son acusados de participar en los escuadrones de la muerte;

4.Destaca en particular la necesidad de proteger a los 58 niños testigos de la masacre de Candelaria;

5.Opina que los policías militares acusados de crímenes contra civiles deberían ser juzgados en tribunales penales normales antes que en tribunales militares especiales;

6.Llama la atención sobre la legislación existente destinada a proteger los derechos de los niños e insta a los fiscales brasileños a que velen por perseguir a las instancias oficiales que no logren imponer el respeto de dicha legislación;

7.Subraya la necesidad de unas medidas para integrar en la sociedad a los niños callejeros y considera que ello ha de constituir una prioridad en la ayuda de la Unión Europea al Brasil;

8.Insta a la Unión Europea y a sus Estados miembros a que expongan claramente a las autoridades brasileñas su profunda preocupación acerca de la difícil situación de los niños callejeros y recuerda a la Comisión que se ha de garantizar el principio fundamental del Acuerdo Marco de Cooperación entre la CE y la República Federativa del Brasil, a saber, el respeto de los derechos humanos;

9.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a la Organización de Estados Americanos, al Presidente del Parlamento Latinoamericano, al Presidente de la República Federativa del Brasil, a los Presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes del Brasil y al Gobierno del Estado de Río de Janeiro.

 
Argomenti correlati:
stampa questo documento invia questa pagina per mail