A3-0195/94
Resolución sobre los procesos de democratización en los países del Africa del Oeste
El Parlamento Europeo,
-Vistas las propuestas de resolución presentadas por:
a)los Sres. Cabezón Alonso y Verde i Aldea, sobre la transición política en Guinea Ecuatorial (B3-1072/92),
b)el Sr. Balfe, sobre la democratización en el Camerún (B3-1501/92),
-Visto el artículo 45 de su Reglamento,
-Habiendo delegado, en aplicación del artículo 52 de su Reglamento, la facultad decisoria en su Comisión de Desarrollo y Cooperación,
-Visto el informe de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A3-0195/94)
A.Considerando que no existe un modelo único de democracia y que cada país tiene el derecho de elegir el modelo democrático más acorde con el tipo de sociedad que lo compone;
B.Recordando que, si bien los valores democráticos son universales, las instituciones democráticas deben tener en cuenta las particularidades étnicas y culturales de cada país;
C.Recordando que la democracia no se limita a la instauración de un sistema multipartidista y de elecciones sino que, además, forma parte de ella el respeto de las libertades fundamentales y de los derechos humanos, y la creación y el funcionamiento eficaz de todas las instituciones democráticas;
D.Considerando que la falta de democracia ecónomica internacional constituye un freno al desarrollo económico y social de la población africana y que las dificultades económicas son tomadas como excusa para la interrupción democrática por parte de algunos dirigentes;
E.Recordando que la cooperación descentralizada permite apoyar las fuerzas vivas de las sociedades civiles así como los partidos políticos, la prensa, los grupos de presión y las asociaciones, todos ellos deseosos de instaurar la democracia; recordando además que la cooperación descentralizada figura como un elemento destacado dentro del Convenio de Lomé;
F.Recordando que los programas de ajuste estructural sin dimensión social, las políticas de monocultivo controlado desde el exterior y el endeudamiento son causa de un empeoramiento en el nivel de vida de las poblaciones y subraya que estas dificultades económicas y sociales pueden ser origen de un cambio de valores democráticos por derivas autoritarias;
1.Felicita a los Estados de Africa Occidental, partidos políticos y sociedad civil en general que han optado por la democracia y se han comprometido en la instauración democrática de un régimen político basado en el pluralismo pacífico, sin exclusiones ni descriminaciones, y en el respeto de los derechos humanos;
2.Recuerda a la Comisión y al Consejo de la Unión Europea que las nuevas democracias de Africa Occidental, al igual que otras regiones del mundo, se ven confrontadas a la dificultad de proceder simultáneamente a reformas económicas, políticas e institucionales con los consiguientes esfuerzos financieros que ello requiere;
3.Solicita a la Unión Europea que adopte urgentemente medidas de acompañamiento destinadas a atenuar los efectos perversos de la devaluación del franco CFA sobre las poblaciones más desfavorecidas de Africa Occidental;
4.Pide a la Unión Europea y a sus Estados miembros que continuen apoyando financiera, política y técnicamente a los Estados y sociedades civiles deseosos de instaurar un marco institucional democrático y, en concreto, insiste sobre los programas de formación para personas implicadas en el buen funcionamiento de las instituciones democráticas -entre otras, jueces, abogados, fuerzas armadas, funcionarios en general- así como la sensibilización de la población sobre sus derechos democráticos;
5.Condena sin paliativos las violaciones de derechos humanos, los bloqueos o las interrupciones de los procesos democráticos por parte de algunos regímenes de ciertos países; condena asimismo la confiscación de las instituciones democráticas por las fuerzas armadas;
6.Insiste a la Unión Europea y sus Estados miembros a que continúen apostando claramente por la democracia y hagan de la democratización y de la defensa de los derechos humanos en Africa Occidental un elemento esencial de la cooperación y del discurso político, tal y como ya lo es en otros países en desarrollo:
7.Rechaza la configuración de un "Africa útil" por parte de ciertos gobiernos occidentales, los cuales, por intereses geoestratégicos o geopolíticos, sostienen democracias de fachada y regímenes autoritarios;
8.Exige a la Unión Europea y a sus Estados miembros el cese de toda política de apoyo a las democracias de fachada y a los regímenes autoritarios de Africa Occidental, al igual que otros PVDs, y que continúen las sanciones contra dichos regímenes, interrumpiendo la cooperación con los gobiernos concernidos, manteniendo la ayuda humanitaria, siempre que sea percibida directamente por sus destinatarios;
9.Pide al Consejo y a la Comisión que el artículo 5 del Convenio de Lomé se modifique y adecue a otros convenios ya firmados con otros PVDs y países del Este donde la democracia y los derechos humanos son elemento esencial de la cooperación y su prestación depende del efectivo respeto de esos derechos y de los valores democráticos;
10.Pide a las Instituciones de la Unión Europea que utilicen más ampliamente las posibilidades de la cooperación descentralizada, tal y como está inscrita en el Convenio de Lomé, de forma que se saque mayor partido de organizaciones populares independientes y democráticas que representan la base y que están ancladas en la tradición y la cultura de las poblaciones;
11.Insiste en que el Consejo y los Estados miembros utilicen todas las posibilidades a su disposición para que se instaure una verdadera democracia económica en el seno de las instituciones financieras internacionales;
12.Pide a los Estados miembros de la Unión Europea amplias medidas de condonación de deuda a fin de que disminuya la presión económica y social que pesa sobre las poblaciones a causa de programas de ajuste estructural excesivamente económicos;
13.Elogia las actividades de la OUA en sus esfuerzos para conseguir una solución pacífica de la guerra civil de Liberia que permita a Liberia y a sus vecinos alcanzar la democracia;
14.Insta a los países de Africa Occidental a promover el desarrollo armonioso de movimientos de oposición, partidos políticos, prensa libre, sindicatos y otras asociaciones, los cuales son signos perceptibles de democracia y derechos humanos;
15.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos de los Estados de Africa Occidental y de los Estados miembros de la Unión Europea, a la OUA y a las Naciones Unidas.