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Parlamento Europeo - 22 aprile 1994
Situación en Sri Lanka

A3-0236/94

Resolución sobre la situación en Sri Lanka

El Parlamento Europeo,

-Vista la propuesta de resolución presentada por el Sr. SABY y otros sobre la situación en Sri Lanka y el problema del ELTT (B3-1275/92),

-Vista su resolución de 16 de septiembre de 1988 sobre la situación política en Sri Lanka,

-Habiendo delegado, en aplicación del artículo 52 de su Reglamento, el poder de decisión en su Comisión de Asuntos Exteriores y de Seguridad,

-Visto el artículo 45 de su Reglamento,

-Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y de Seguridad y la opinión de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A3-0236/94),

A.Considerando el interés y la obligación de la Unión Europea de contribuir a proteger la democracia y de fomentar el respeto por los derechos humanos en Sri Lanka, donde se instauró el sufragio universal adulto en 1931, antes que en cualquier otro país de Asia,

B.Considerando que la democracia en Sri Lanka viene sufriendo ataques de organizaciones terroristas desde hace varios años, y considerando la alarma que ha causado la reanudación de las acciones violentas por parte del ELTT en la península de Jaffna, que han costado la vida a cientos de personas en octubre y noviembre de 1993,

C.Reconociendo que durante la culminación del segundo levantamiento del JVP entre 1988 y 1989, el Gobierno recurrió al reclutamiento de milicias localmente seleccionadas y controladas (con escaso entrenamiento) y que por ambas partes se registraron numerosas violaciones de los derechos humanos, especialmente asesinatos y desapariciones de carácter indiscriminado, y que el reciente descubrimiento de uan fosa común en Suriyakande constituye un triste recordatorio de este período,

D.Considerando la determinación de mantener la democracia en Sri Lanka, demostrada a través de la celebración de elecciones regionales libres y limpias en mayo de 1993, a menos de un mes del asesinato del Presidente, en las que la oposición obtuvo el control de tres de los siete Consejos provinciales,

E.Considerando los esfuerzos decididos realizados por el Gobierno de la India para limitar las actividades ilegales del ELTT en Tamil Nadu,

D.Considerando que la retirada de fuerzas indias de Sri Lanka, efectuada de común acuerdo entre Colombo y Nueva Delhi, ha mejorado en gran medida las relaciones entre los Estados del Asia meridional,

1.Pide al Gobierno de Sri Lanka que aplique en su totalidad las recomendaciones del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Desapariciones y de Amnistía Internacional;

2.Pide al Gobierno de Sri Lanka que garantice el funcionamiento en libertad de los medios de comunicación, libres de toda intimidación y coacción;

3.Pide a la Comisión que cree, sin más dilación, una misión permanente en Colombo, tal como se ha venido considerando desde mediados de la década del 80;

4.Pide a la Unión Europea que, en el marco de su política exterior y de seguridad común, cierre todas las oficinas del ELTT en los territorios de sus Estados miembros, dado que son utilizadas para propagar el terrorismo contra un país amigo y para extorsionar a los tamiles que viven en el territorio de la Unión Europea con el fin de continuar realizando acciones violentas;

5.Pide a la Unión Europea que ayude a todos los colectivos de Sri Lanka que luchan por la defensa de los derechos humanos y la democracia y, en particular, pide encarecidamente que se apoye a la Jaffna University Teachers Association, cuyos miembros, corriendo grandes riesgos, llevan un registro de las violaciones de los derechos humanos cometidos tanto por el ELTT como por las fuerzas de seguridad en la península de Jaffna, y al Council for Liberal Democracy, una organización no partidaria comprometida activamente en conseguir un acercamiento entre las partes con objeto de llegar a una solución democrática del conflicto étnico;

6.Hace un llamamiento al Gobierno y al Parlamento de Sri Lanka para que adopten una legislación que proteja los derechos humanos, que incluya el proyecto de ley presentado por la Comisión de Derechos Humanos;

7.Pide a las autoridades de Sri Lanka que lleven ante la justicia a los responsables de graves violaciones de los derechos humanos, especialmente las cometidas durante la represión del levantamiento del JVP, y de asegurar que las personas sospechosas de haber cometido violaciones de los derechos humanos, o de haberlas tolerado, tanto las perpetradas contra cingaleses como contra tamiles u otros grupos de población de Sri Lanka, sean apartados de los cargos de poder;

8.Pide al Gobierno de Sri Lanka que entregue certificados de defunción a los parientes más próximos de personas dadas por desaparecidas o consideradas muertas, una vez transcurrido un año desde su desaparición;

9.Recuerda al Gobierno de Sri Lanka que éste admitió una recomendación del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias en el sentido de que, si se descubren cadáveres de los que se piensa que corresponden a personas desaparecidas, puede solicitar la ayuda de expertos forenses internacionales, y considera que debe recurrirse a tales expertos para examinar las fosas comunes de Suriyakande;

10.Insta a las autoridades de Sri Lanka a que acaben con la práctica de las reiteradas detenciones de personas que ya ha probado que no apoyan el terrorismo;

11.Insta al Gobierno de Sri Lanka a que considere la posibilidad de introducir la enseñanza de la lengua tamil en los centros escolares del sur y en contrapartida, facilite los medios necesarios para la enseñanza de la lengua cingalesa en el norte y este del país;

12.Estima, entre otras cosas, que una forma útil de ayuda de la Unión Europea a Sri Lanka podría ser el envío de libros y de material educativo para la enseñanza del idioma inglés;

13.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de la India y de Sri Lanka.

 
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