A3-0263/94
Resolución sobre el proyecto de comunicación a los Estados miembros por la que se fijan las orientaciones para los programas operativos o las subvenciones globales que se les invita a proponer dentro de una iniciativa comunitaria de reconversión militar (KONVER) (COM(94)0046 - C3-0132/94)
El Parlamento Europeo,
-Visto el proyecto de comunicación de la Comisión a los Estados miembros (COM(94)0046 - C3-0132/94),
-Vistos los Reglamentos modificados relativos a los Fondos estructurales, en particular el artículo 11 del Reglamento (CEE) nº 2082/93 del Consejo y el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) nº 2083/93, que constituyen el fundamento jurídico de las iniciativas comunitarias,
-Vista su Resolución de 28 de octubre de 1993 sobre el futuro de las iniciativas comunitarias en el marco de los Fondos estructurales,
-Visto el código de conducta relativo a la aplicación por parte de la Comisión de las políticas estructurales, en particular, el apartado 2, en el que se establece que "siempre que sea posible la Comisión procurará tener en cuenta las solicitudes del Parlamento que se habrán de considerar antes de decidir cada iniciativa",
-Vista su Resolución de 15 de julio de 1993 sobre la repercusión regional de la reconversión de la industria del armamento y de los emplazamientos militares en la CEE,
-Visto el Acuerdo Interinstitucional sobre la disciplina presupuestaria de 29 de octubre de 1993 y las perspectivas financieras anejas,
-Vista su Resolución de 28 de octubre de 1993 sobre el proyecto de presupuesto general de las CE para el ejercicio 1994, sección III . Comisión, y en particular el apartado 8,
-Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 1994, y en particular el artículo B2-140 y el capítulo B0-40,
-Vistos el informe de la Comisión de Política Regional, Ordenación del Territorio y Relaciones con los Poderes Regionales y Locales y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial, de la Comisión de Energía, Investigación y Tecnología, de la Comisión de Asuntos Sociales, Empleo y Condiciones de Trabajo, así como de la Comisión de Derechos de la Mujer (A3-0263/94),
A.Considerando que, mediante decisión presupuestaria de 1991 y 1992, ha puesto en marcha los programas PERIFRA, destinados a apoyar a las regiones periféricas afectadas por los nuevos acontecimientos relacionados con la defensa, por ejemplo, la Guerra del Golfo,
B.Considerando que los programas PERIFRA han sido dotados con una cantidad total de 90 millones de ecus,
C.Considerando que ha continuado apoyando a las regiones afectadas por los cambios ocurridos en la política de seguridad internacional y por el consecuente cambio producido en las condiciones de las industrias relacionadas con la defensa y que, como sucesor de PERIFRA, ha puesto en marcha el programa KONVER como iniciativa comunitaria, regulado por las disposiciones de los Fondos estructurales,
D.Considerando que, en consecuencia, la Comisión aprobó para el ejercicio 1993, de conformidad con las decisiones presupuestarias, un programa ad hoc KONVER, dotado con aproximadamente 100 millones de ecus procedentes del FEDER y 30 millones de ecus procedentes del FSE, concebido especialmente para fomentar y apoyar medidas de reconversión en la industria de armamento y de los emplazamientos militares en las regiones afectadas por una reducción de la demanda de armamento con vistas a diversificar las actividades económicas de estas regiones y reconvertir para uso civil las actividades relacionadas con la defensa,
E.Considerando que reitera su esperanza de que los acontecimientos internacionales y las políticas de seguridad no modifiquen la tendencia hacia la reducción de la demanda de armamento,
F.Considerando que la reducción de la demanda de productos militares tradicionales, la clausura, parcial o total, de los emplazamientos militares, en particular de las bases militares extranjeras, y los recortes presupuestarios en el ámbito de la defensa, que hasta ahora han afectado principalmente a los gastos de explotación, han tenido serias repercusiones sociales y económicas en numerosas regiones de la Comunidad,
G.Considerando que la Comisión ha propuesto continuar la iniciativa KONVER con una dotación presupuestaria de 500 millones de ecus para el período 1994-1997,
1.Acoge favorablemente la propuesta de la Comisión sobre la continuación del programa KONVER, que sustituirá al programa ad hoc KONVER, aprobado con un calendario muy ajustado, lo que ha dado lugar a algunos resultados poco oportunos, como la existencia de demasiados programas parciales, escasez de planificación y coordinación globales y una insuficiente consideración de los criterios que regulan las acciones comunitarias;
2.Se felicita de que la iniciativa KONVER se encuadre perfectamente en el marco de los objetivos y parámetros de la política de desarrollo regional y de que responda plenamente a los principios de aplicación de los Fondos estructurales, en particular, los de concertación y cooperación;
3.Lamenta que la dotación presupuestaria asignada en el marco de la iniciativa KONVER cubra únicamente un período de cuatro años en vez de la totalidad del período 1994-1999;
4.Propone un aumento de la asignación presupuestaria de 150 millones de ecus;
5.Insiste en que, en los próximos programas KONVER, se conceda prioridad a las medidas de reconversión apropiadas y que los proyectos cofinanciados se integren efectivamente en los planes nacionales de desarrollo, con vistas a lograr una regeneración económica real de las regiones que dependen en gran medida o totalmente de las actividades relacionadas con la defensa;
6.Advierte contra la financiación oculta de proyectos, que podría llevar a la modernización de los equipos militares o la renovación de la tecnología de armamento en los emplazamientos, y recuerda que los equipos modernos de defensa tienen muy frecuentemente un doble uso;
7.Pide que, en lo referente a la adjudicación de los recursos financieros de KONVER, se facilite el pleno acceso a la información y que no se oculte ningún tipo de información alegando como pretexto el secreto militar;
8.Subraya la importancia de la transparencia en la aplicación de la iniciativa KONVER mediante:
a)la armonización de los datos estadísticos y una aproximación metodológica a la recogida de estadísticas,
b)requisitos fiables y transparentes para la evaluación de todos los proyectos remitidos por los Estados miembros,
c)asignación de los créditos presupuestarios de conformidad con la contribución potencial de cada proyecto a la reconversión de las zonas afectadas;
9.Considera que el grado de flexibilidad geográfica previsto por la Comisión para el reparto de los fondos de KONVER responde a las necesidades (hasta el 50% de estos fondos pueden destinarse a regiones situadas fuera del objetivo geográfico);
10.Considera que el criterio de la cantidad de puestos de trabajo perdidos o amenazados a la hora de definir zonas geográficas susceptibles de recibir apoyo de la iniciativa KONVER debería ser completado mediante indicadores del grado de dependencia socioeconómica de la región respecto a las actividades militares y a la situación de aislamiento en relación a los ejes de desarrollo económico comunitarios, y que se debe tener fundamentalmente en cuenta la capacidad relativa de cada una de las regiones consideradas para absorber las pérdidas de empleo;
11.Propone que la Comisión amplíe su propuesta para emprender también estudios prospectivos sobre el grado de vulnerabilidad de las regiones de la Comunidad con instalaciones militares;
12.Desea que la Comisión elabore una lista de las iniciativas o programas comunitarios que surten efecto en las diferentes regiones de la Comunidad con el fin, en particular, de coordinar las intervenciones del objetivo 4 del Fondo Social Europeo;
13.Pide a la Comisión que revele sus intenciones en relación con el reparto de los fondos del FEDER y del FSE entre los programas operativos;
14.Subraya que, dado que los productos modernos de defensa exigen la utilización de alta tecnología, frecuentemente incluso tecnologías avanzadas, deben realizarse esfuerzos para garantizar que los proyectos subvencionados por la UE tienen como resultado actividades y productos que continúan convertidos al uso civil;
15.Señala que las zonas adecuadas para la reconversión militar frecuentemente cuentan con unos recursos humanos y unos conocimientos tecnológicos extraordinarios, que deberían preservarse y desarrollarse;
16.Señala que, debido al contenido altamente tecnológico de la producción y las actividades relacionadas con la defensa y el alto porcentaje de personal de la defensa competente en ámbitos muy diversos, se dispone de excelentes posibilidades para desarrollar una valiosa cooperación con otros sectores industriales y que se debe facilitar el reciclaje de los trabajadores que han perdido su empleo en el sector militar;
17.Recuerda que es posible que se necesiten acciones especiales para adaptar las antiguas instalaciones de producción militar a las nuevas normas de la competencia y a las nuevas condiciones de mercado, al no existir una demanda segura de los productos, ya que ésta dejará de ser determinada por los presupuestos y las políticas de defensa;
18.Pide que, teniendo en cuenta lo anterior, las partes interesadas fomenten una intensa cooperación con la pequeña y mediana empresa y los institutos tecnológicos orientados a la producción, con objeto de acelerar la revitalización de las regiones afectadas; recuerda, en este sentido, la obligación intrínseca de las iniciativas comunitarias de difundir los conocimientos obtenidos en los proyectos cofinanciados por la UE;
19.Acoge favorablemente la flexibilidad que se aplicará para decidir las zonas de nivel 3 NUTS III o por debajo del mismo, que podrán tener acceso a las ayudas, y reconoce que las industrias relacionadas con la defensa y los emplazamientos militares rara vez se han establecido o ubicado de acuerdo con los criterios de viabilidad que se utilizan normalmente para las actividades económicas civiles, sino que, frecuentemente y lógicamente, su ubicación ha sido determinada por razones de seguridad;
20.Expresa, por ello, su satisfacción ante el hecho de que tanto los emplazamientos militares como las unidades de producción para la defensa, en el caso de los primeros cuando constituyan comunidades autónomas, podrán optar a la obtención de ayuda;
21.Considera, además, en este contexto que el porcentaje de los Fondos estructurales que se asigne a estos programas debe ser flexible, sin que esto se pueda interpretar como una infracción de las normas establecidas;
22.Apoya la prioridad concedida a todas las medidas que apoyan la creación de nuevo empleo mediante la diversificación de actividades de la producción militar, la reconversión de los edificios militares abandonados para nuevas actividades económicas o sociales y la utilización de todas las posibilidades que ofrece la transferencia de tecnología, y subraya el papel específico de las PYME en este proceso;
23.Subraya que la reconversión de las instalaciones debe recibir el mismo apoyo que la del armamento y pide que se conceda la máxima prioridad a la realización de mejoras ambientales en el marco de los procesos de renovación y reconversión de los emplazamientos militares, con el fin de efectuar inversiones de tipo no militar en ese sentido;
24.Pide a la Comisión que a la hora de examinar los programas que le sean sometidos, conceda prioridad a aquellos que ayuden a restaurar el medio ambiente, aprovechar desde el punto de vista civil el potencial de investigación y desarrollo de las industrias armamentísticas y desarrollar los recursos humanos;
25.Pide que se dé prioridad en esta iniciativa a los programas destinados a las mujeres y solicita de la Comisión que reserve recursos para programas, propuestas y acciones dirigidos a las mujeres y que informe regularmente al Parlamento Europeo al respecto;
26.Considera que el criterio que se establece para poder optar a las ayudas, un mínimo de 1000 personas que hayan perdido su empleo, es demasiado elevado en algunos casos y sugiere que en las zonas del objetivo 1 se acepte una cifra más baja si ésta está justificada por el Estado miembro en cuestión, que deberá demostrar que esta región depende en una medida desproporcionada de la presencia militar y de la industria militar y que tiene una tasa de desempleo especialmente alta;
27.Pide a la Comisión y a los Estados miembros que incluyan en la definición de "zonas elegibles" los criterios adicionales siguientes:
-el nivel de desempleo temporal o de jornada reducida en el número total de puestos de trabajo perdidos o en peligro,
-el nivel de dependencia de las actividades militares en la zona,
-el nivel general de desempleo en la zona,
-la proporción del área que ha recibido hasta ahora un uso militar, y que debe reconvertirse, en la extensión total de la región;
28.Debe insistir, sin embargo, en que las ayudas de KONVER no deben asignarse a las regiones o zonas ricas y con una economía sólida;
29.Insiste en que las unidades de una antigua línea de producción militar, que produzcan o contribuyan de alguna manera a la producción de armamento, incluido el uso doble y/o los artículos de defensa destinados a la exportación, no deben recibir ningún tipo de ayuda estructural y pide a las autoridades encargadas del control que, a este fin, se comprometan a efectuar una rigurosa verificación;
30.Pide que el abandono o reducción de la producción de estas empresas no supongan un proceso de desindustrialización de las zonas beneficiarias de la iniciativa KONVER y que, por el contrario, se aproveche su tecnología punta para incentivar la reconversión hacia otros sectores industriales.
31.Aprueba los criterios para optar a las ayudas enumerados en la propuesta de la Comisión, que parecen ser adecuados a las medidas de reconversión dentro del sector de la defensa y reconoce las posibilidades de utilizar para otros fines el potencial existente;
32.Insta a la Comisión a que elabore los criterios correspondientes de elegibilidad para la reconversión de las instalaciones militares;
33.Opina claramente que la iniciativa KONVER debe ser coherente y coordinarse con los programas e iniciativas regionales y estructurales que se realicen en la misma zona;
34.Subraya la obligación de los Fondos estructurales, que se recoge además claramente en el texto de la Comunicación a los Estados miembros, de que tanto las autoridades regionales y locales como los interlocutores sociales deben participar no sólo en la preparación, sino también en la ejecución de los programas operativos, de conformidad con el principio de cooperación y el pleno respecto del principio de adicionalidad;
35.Pide a la Comisión que informe periódicamente al Parlamento sobre la ejecución de esta iniciativa, incluyendo un desglose de las cantidades destinadas a cada objetivo;
36.Aprueba la solicitud de la Comisión a los Estados miembros para que propongan programas de reconversión de la industria del armamento y de las antiguas instalaciones militares de conformidad con la iniciativa KONVER;
37.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión y a al Consejo.