A3-0341/94
Resolución sobre el estado de previsiones de los ingresos y los gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio de 1995
El Parlamento Europeo,
-Vista su Resolución de 24 de marzo de 1994 sobre las orientaciones presupuestarias para el ejercicio de 1995,
-Visto el informe del Secretario General y el proyecto de estado de previsiones para 1995,
-Visto el anteproyecto del estado de previsiones elaborado por la Mesa el 21 de abril de 1994, de conformidad con las disposiciones de los apartados 5 y 6 del artículo 22 y del apartado 1 del artículo 165 del Reglamento;
-Visto el informe de la Comisión de Presupuestos, (A3-0341/94);
I.MARCO GENERAL
1.Recuerda que el procedimiento presupuestario de 1995 se inscribe en el marco financiero que establecen las perspectivas financieras 1993/1999 y que, al tratarse del presupuesto del Parlamento, está marcado por las elecciones europeas que se celebrarán en junio de 1994;
2.Subraya a este respecto que:
-el aumento del volumen de los gastos administrativos de la categoría 5 de las perspectivas financieras 1993/1999 se calcula en un 6%;
-el aumento de los gastos de todas las categorías de las perspectivas financieras requiere que se tenga en cuenta la evolución de los ingresos disponibles y se prevea la aparición de un déficit para la totalidad de los créditos de pago necesarios para 1995;
-la tasa de inflación, el tipo de cambio, así como las tarifas públicas condicionan los aumentos de ciertos gastos;
-la tasa de inflación anual para 1995 se calcula en el 3,1%;
-la comparación de los créditos entre los ejercicios de 1994 y 1995 debería relativizarse para ciertos sectores de la actividad parlamentaria el carácter particular del presupuesto de 1994 que hace frente a los efectos de las elecciones europeas;
-el estado de previsiones se elabora sobre la base de 567 diputados al Parlamento Europeo;
3.Subraya que, de forma paralela al procedimiento presupuestario para 1995, se están produciendo procedimientos de ratificación con vistas a la ampliación de la Unión; considera que esta ampliación tendrá una incidencia financiera en el presupuesto del Parlamento cuya dotación global se calcula provisionalmente en 45 millones de ecus;
4.Aprueba el estado de previsiones del Parlamento para el ejercicio de 1995 que se adjunta en anexo al acta y que se eleva a 693.321.000 de ecus; subraya que este importe no tiene en cuenta la ampliación y que corresponde, por el contrario, a la financiación de las actividades regulares, dejando así al nuevo Parlamento el margen financiero necesario para permitirle establecer sus prioridades para la próxima legislatura;
5.Prevé que la dotación de nueva utilización se eleve a 1.580.000 ecus;
6.Recuerda su posición adoptada en su resolución de 24 de junio de 1993 sobre el estado de previsiones de los ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 1994 en cuanto a prestaciones a terceros y a las respectivas normas de aplicación; encarga al Secretario General que presente un informe sobre la evolución de este asunto en el marco de la primera lectura del proyecto de presupuesto para 1995;
II.ORGANIGRAMA
7.Subraya que la evolución del organigrama se basa en un informe anual relativo a la política de personal2; recuerda además que en el presupuesto de 1994:
-el organigrama global del Parlamento alcanzaba los 3.790 puestos;
-los créditos correspondientes a 39 puestos se incluyen en el capítulo 100 "Créditos provisionales";
-49 puestos permanecen inscritos sin dotación de créditos;
-2 puestos contienen el comentario " a suprimir", de conformidad con las disposiciones del apartado 2 del artículo 55 del Reglamento financiero;
-el artículo 50 del Estatuto, mencionado en su resolución relativa al estado de previsiones de 1994, se aplica en el caso de 4 funcionarios;
8.Subraya que la organización y la evolución de las jerarquías administrativas, en el seno de las diferentes Direcciones Generales, debería:
-tener en cuenta la redistribución de los puestos a raíz de la evaluación cualitativa y cuantitativa de los servicios;
-tener en cuenta un cálculo de unos 15 empleos que podrían ser objeto de la aplicación del artículo 41 del Estatuto;
-reconocer la necesidad de ajustar los efectivos de los servicios de las comisiones y delegaciones en función del plan de organización y de las necesidades de las comisiones y delegaciones interparlamentarias que aprobará el nuevo Parlamento; toma nota a este respecto del dictamen de la Conferencia de Presidentes de comisiones del 19 de abril de 1994 emitido sobre la base de su resolución de 16 de diciembre de 1993;
-realizarse teniendo en cuenta la ampliación y la aplicación posible de medidas concretas referentes al cese definitivo de los funcionarios con motivo de las nuevas adhesiones;
9.Recuerda los términos del apartado 8 de su citada resolución de 16.12.1993, y toma nota del dictamen de la Conferencia de Presidentes de las comisiones que de él se derivó, por lo que:
-reconoce la necesidad de reforzar, en los diferentes sectores de actividad del Parlamento Europeo, los servicios de las comisiones legislativas;
-observa que, en la reunión del 2 de mayo de 1994, la Comisión de Presupuestos autorizó, para hacer frente a las necesidades más urgentes, la dotación de 15 puestos (3 A, 4 B, 8 C) del total de los 30 puestos necesarios;
-pide al Secretario General que verifique la posibilidad de dotar los puestos restantes mediante medidas de redistribución interna y que informe a la Mesa y a la Comisión de Presupuestos antes de la primera lectura del presupuesto de 1995;
10.Considera oportuno, en estas circunstancias, reconducir para el ejercicio 1995, el número total del personal inscrito en el cuadro de efectivos del presupuesto de 1994, así como la inscripción en la reserva de los créditos correspondientes a 24 puestos; solicita, no obstante, en el marco de la primera lectura del proyecto de presupuesto, un organigrama funcional por Dirección General; subraya a este respecto que el cuadro de personal se limita a describir la estructura piramidal del conjunto del personal, pero no precisa las relaciones establecidas y las tareas asignadas dentro de una Dirección General o entre varias Direcciones Generales;
11.Autoriza en estas circunstancias los créditos relativos a las transformaciones y revalorizaciones de los grados siguientes: 3 A4 en A3 (Gabinete del Secretario General, Servicio Jurídico, DG III - Servicio de Información de Estrasburgo); 5 A5 en A4; 1 A6 en A5; 19 B2 en B1; 3 B4 en B3; 76 C2 en C1; 18 C3 en C2; 20 D2 en D1; 7 LA 5 en LA 4; 1 LA3 en A7 (Dirección General II); 1 B1 en A7 (DG V - Gestión del Presupuesto); 3 C1 en B5 (fotocompositores-correctores); 10 D1 en C5; 1 A5 en A4 temporal; 2 B5 en B4 temporales; 1 A7 en A6 temporal (Secretaría de los no inscritos); así como 2 ad-personnam (1 B1 en A5 y C1 en B3) y las revalorizaciones siguientes para los grupos políticos: 2 A5 en A4; 4 A6 en A5; 1 A7 en A6; 3 B2 en B1; 3 B3 en B2; 1 B4 en B3; 13 C2 en C1; 2 C3 en C2; 1 C4 en C3;
12.Toma nota de la incidencia financiera estimada en 227.000 ecus a raíz de la aplicación del artículo 50, y se reserva el derecho, durante la primera lectura del proyecto de presupuesto para 1995, de precisar los puestos que se han de suprimir en el cuadro de personal;
13.Considera urgentemente necesaria, a la vista de las crecientes tareas del Parlamento, una reforma de su estructura administrativa sobre la base de un estudio realizado por especialistas externos;
III. EVOLUCIßN DE LOS CRÉDITOS
14.Fija los créditos del capítulo 11 en 284.884.000 ecus, del capítulo 12 en 6.139.000 ecus y del capítulo 18 en 9.665.000 ecus; observa que los créditos de la partida 1170 "Interpretes y operadores de conferencias" no tiene en cuenta el nuevo acuerdo en trámite de ratificación entre los intérpretes "free-lance" y las instituciones europeas; fija los créditos de la partida 1172/1 "Trabajos de traducción y de mecanografía encomendados a terceros" en 3 millones de ecus, incluida la asignación de 1 millón de ecus en el capítulo 100; recuerda y reitera su solicitud contenida en el apartado 8 de su resolución de 24 de junio de 1993 dirigida al Secretario General sobre la elaboración de un informe en lo que se refiere a los servicios liguísticos a la vista de la ampliación;
15.Asigna un importe de 18.100.000 ecus al artículo 130 "Gastos de misiones" y un importe de 1.578.000 ecus en la partida 1401 "Gastos de explotación de restaurantes y cantinas";
16.Subraya que el año 1995, a partir del 2º semestre, estará marcado por la ocupación del edificio D2 en Bruselas y que, en consecuencia, será necesario identificar el coste del alquiler y gastos adicionales; decide, a la espera de la confirmación de la fecha de recepción de dicho inmueble, inscribir en el capítulo 100 un importe de 4.180.000 Ecus, a título de los artículos y partidas presupuestarias 2000/3 "alquileres" - 3.500.000 ecus; 202/3 "agua, gas electricidad" - 140.000 ecus; 203/3 "limpieza y mantenimiento" - 340.000 ecus; 205/3 "seguridad y vigilancia de inmuebles" - 200.000 ecus.
17.Asigna un importe de 7.600.000 ecus al artículo 203/3 "Limpieza y mantenimiento", incluido el importe de 140.000 ecus mencionado anteriormente y un importe de 2.800.000 ecus en el artículo 204/3 "Arreglo de los locales";
18.Fija un importe de 5.966.000 ecus en la partida 2101/1 "Material informático disperso" incluida la inscripción de un importe de 500.000 ecus en el capítulo 100, así como de un importe de 3.400.000 ecus en la partida 2102/3 "Trabajos de explotación informática confiados a terceros", incluida la inscripción de un importe de 400.000 ecus en el capítulo 100; subraya a este respecto su solicitud de una auditoría externa sobre la gestión y eficacia de los proyectos informáticos en el Parlamento formulada en el marco del cierre de cuentas del Parlamento para el ejercicio de 1993;
19.Autoriza para la partida 2250/1 "Fondos de biblioteca" una dotación de 320.000 ecus; para la partida 2252/2 "Suscripciones a diarios y revistas" una dotación de 330.000 ecus y para la partida 2253/1 "Suscripciones a agencias de prensa" una dotación de 620.000;
20.Autoriza además la inscripción de un importe de 60.000 ecus en el capítulo 100 con cargo a la partida 2312 "Alquiler por hora de línea de televisión"; precisa que este crédito está destinado a cubrir los gastos de tasas por la transmisión de reportajes relativos a las actividades de los órganos del Parlamento; estas transmisiones deben quedar garantizadas en directo o en diferido el día en que se celebran estas actividades, desde los lugares de trabajo del Parlamento hacia las capitales o los centros de emisión de los Estados miembros; se concederá prioridad a las televisiones regionales europea. Solicita además a los órganos competentes del Parlamento que surja de las elecciones de 1994 que elaboren un informe sobre las líneas directrices de la política de información televisiva relativa a sus actividades;
21.Observa que los créditos de la formación profesional registran un aumento importante (+ 27%) y encarga al Secretario General que presente, antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto, un informe relativo al programa de actividades para el ejercicio de 1995; aprovecha la ocasión para solicitar al Secretario General que examine la conveniencia de confiar al Comité de personal la responsabilidad de la aplicación de actividades destinadas a favorecer la integración y las relaciones sociales entre los agentes y sus familias y la institución, y que presente un informe al respecto en el marco del procedimiento presupuestario de 1995;
22.Fija los créditos de la partida 2994 "Programa Euroescola" en 1.500.000 ecus, los de la partida 3708 "Actividades de información" en 13 millones de ecus y los créditos de la partida 3709 "Cotizaciones en las organizaciones internacionales" en 16.000 ecus, incluidos los 5.000 ecus para el "instituto de la democracia" en cooperación con el Consejo de Europa.
23.Incluye un importe de 8 millones de ecus en el capítulo 101 "Reserva para imprevistos" con vistas a permitir que el nuevo Parlamento financie sus propias orientaciones;
24.Insta a que se realice un estudio sobre las posibilidades de ahorro en el marco de las disposiciones relativas a los gastos de viajes;
25.Considera imprescindible que el Parlamento establezca una orientación política general acerca de las reuniones fuera de sus sedes -y, en particular, las reuniones de sus comisiones- antes de la primera lectura del presupuesto para el ejercicio 1995,"
IV.DEFENSOR DEL PUEBLO
26.Recuerda que en el presupuesto de 1993 se creó la estructura presupuestaria de acogida para el Defensor del Pueblo, mientras que en el presupuesto de 1994 se incluyó un importe de 202.000 ecus en el capítulo 100 con cargo al artículo 380 "Defensor del Pueblo" y que, finalmente el 9 de marzo de 1994, se aprobó su Decisión sobre el Estatuto del Defensor del Pueblo;
27.Incluye en el artículo 380 "Defensor del Pueblo" un importe de 1.200.000 ecus a la espera de la decisión sobre su designación;
V.ASISTENTES PARALAMENTARIOS
28.Recuerda que en su resolución sobre la política de personal de las instituciones comunitarias del 21 de abril de 1994:
-constata que, desde la elección directa, la asistencia parlamentaria ha estado dirigida sobre todo a través de la Secretaría General y de las secretarías de los grupos políticos;
-considera que se debería llevar a cabo un refuerzo de la asistencia parlamentaria individual durante el período 1995-1999;
-apoya las medidas temporales propuestas por la Junta de Cuestores, incluida la creación de un registro de asistentes;
-considera necesario que se efectúe un mejor control de los gastos destinados a los asistentes;
-pide a la Comisión que incluya las modificaciones necesarias en el Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas para definir y reconocer lo antes posible el papel que desempeñan estos asistentes.
29.Insiste en que, al cierre de cada ejercicio presupuestario anual, se haga público un informe que establezca las prioridades políticas del Parlamento en el marco del presupuesto comunitario y que contribuya en primer lugar a la información de los Parlamentos nacionales.
30.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a las instituciones pertinentes.