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Parlamento Europeo - 6 maggio 1994
Importación de papel prensa

(artículo 52 del Reglamento)

A3-0282/94

Resolución sobre el régimen de importación de papel prensa en la Unión Europea

El Parlamento Europeo,

-Vista su resolución de 16 de septiembre de 1992 sobre la concentración de los medios de comunicación y el pluralismo,

-Vista la propuesta de resolución presentada por el Sr. Stavrou sobre el régimen de importación del papel prensa en la Comunidad (B3-0130/93),

-Visto el artículo 45 de su Reglamento,

-Habiendo delegado la facultad decisoria, de conformidad con el artículo 52 del Reglamento, en la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores,

-Visto el informe de la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores

(A3-0282/94),

A.Considerando que el fomento de la lectura constituye un instrumento decisivo para que el ciudadano pueda ejercer plenamente sus derechos de libre expresión e información y de acceso a la educación y la cultura,

B.Considerando que la industria editorial y la prensa escrita desempeñan un papel de primer orden no sólo en el fomento de las culturas de los Estados miembros sino también en la promoción del patrimonio cultural común,

C.Considerando que, contrariamente al predominio norteamericano en la cultura transmitida a través de los medios de comunicación audiovisuales, la industria editorial y la prensa escrita europeas contribuyen, con una presencia destacada, a la difusión y a la promoción de las culturas europeas en el mundo,

D.Considerando que, a pesar del elevado nivel de lectura ya existente en la Unión Europea, cabe esperar todavía un aumento en el mismo; especialmente en los Estados miembros donde el nivel de lectura es inferior,

E.Considerando que, en el mercado de los medios de comunicación social, la prensa escrita se enfrenta al dinamismo de los medios audiovisuales y, en especial, a la competencia cada vez mayor de la televisión,

F.Considerando que el papel representa entre el 20 y el 25% del precio de coste de la prensa escrita,

G.Considerando que el sector del papel debe disponer de condiciones favorables de competencia que le permitan reforzar su capacidad para competir en el mercado internacional, beneficiando de los progresos conseguidos en el nuevo Acuerdo del GATT,

H.Considerando que el régimen arancelario actual del papel prensa fue definido con el fin de permitir un cierto grado de competencia entre los productores comunitarios de papel prensa - que dependen de recursos forestales muy limitados en la Unión Europea - y los productores canadienses, que se benefician de los enormes recursos naturales disponibles en los bosques de este país,

I.Considerando que el sector del papel prensa en la Unión Europea ha incrementado espectacularmente su productividad como consecuencia de las inversiones en nueva maquinaria,

J.Considerando que la inestabilidad de los tipos de cambio modifica artificialmente las condiciones reales de competencia entre las empresas,

K.Considerando que el futuro de este sector aparece condicionado por el desarrollo de los recursos forestales de la Unión y por la eficacia en el reciclado del papel,

L.Considerando que la preservación de los bosques tiene un papel determinante en el mantenimiento de los equilibrios medioambientales del planeta,

M.Considerando que el 53% del papel producido en la Unión Europea tiene su origen en papel recuperado y adecuadamente reciclado,

N.Considerando que la industria del papel debería contribuir a la conservación de los recursos forestales mediante una sana gestion de los mismos,

O.Opina que los poderes públicos de los Estados miembros y de la Unión Europea deberían apoyar al sector de medios de comunicación escritos; sector que tiene un papel insustituible en la promoción y la diversificación cultural en Europa y que no puede ser reemplazado por los medios de comunicación audiovisuales,

P.Considera que debe asegurarse a dicho sector una sólida base económica, garantizando la supervivencia no sólo de las grandes empresas sino también de las pequeñas y medianas empresas editoriales, especialmente en los países con un menor nivel de lectura,

Q.Considera que el desmantelamiento escalonado de la protección arancelaria, de la que goza el sector del papel prensa en la Unión Europea, puede tener un impacto favorable en la reducción del precio de coste de la prensa escrita, y, por consiguiente, contribuir a mejorar la competitividad de los medios de comunicación escritos frente a los audiovisuales;

R.Considera que, gracias al esfuerzo inversor de los últimos años - que debe ser fomentado -, la industria del papel está en condiciones de afrontar la competencia internacional, siempre y cuando no se vea sometida al "dumping monetario", es decir, a la competencia desleal provocada por las devaluaciones competitivas;

5.Tiene la convicción de que deben garantizarse en la industria del papel unas condiciones que tengan en cuenta tanto a las grandes como a las pequeñas y medianas empresas con objeto de evitar la formación de monopolios;

6.Subraya que la ampliación de la Unión a los cuatro paises de la AELC y los aumentos de capacidad previstos reforzarán el peso de la Unión Europea en el mercado internacional del papel prensa; por ello, pide a la Comisión y al Consejo que adopten una posición favorable a la liberalización de los intercambios comerciales en este sector;

7.Considera que aún existe la posibilidad de aumentar el nivel de recuperación y de reciclado del papel en la Unión Europea, especialmente en las zonas urbanas; opina, sin embargo, que es preciso tener en cuenta todas las precauciones medioambientales, con el fin de encontrar un equilibrio adecuado entre madera y reciclado que permita optimizar la conservación del patrimonio forestal europeo y garantizar también las mejores condiciones medioambientales en el proceso productivo del reciclado;

8.Pide a la Comisión que, antes del 30 de noviembre de 1994, le presente un informe sobre las perspectivas del sector del papel en la Unión Europea ampliada en el que se analice :

-la compatibilidad con las normas comunitarias de la competencia de las ayudas nacionales concedidas a las empresas del sector en los países de la AELC candidatos a la adhesión,

-el impacto de la Ronda Uruguay en el sector y las posibilidades de modificar el régimen de los intercambios comerciales con países terceros en un contexto de reciprocidad,

-la ubicación geográfica de las inversiones previstas y sus consecuencias medioambientales,

-las posibilidades y los límites de la recuperación y del reciclado de papel,

-las medidas necesarias para incentivar los acuerdos entre administraciones locales y empresas del sector en la recogida y reciclado del papel;

9.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos de los Estados miembros.

 
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