Radicali.it - sito ufficiale di Radicali Italiani
Notizie Radicali, il giornale telematico di Radicali Italiani
cerca [dal 1999]


i testi dal 1955 al 1998

  RSS
ven 01 mag. 2026
[ cerca in archivio ] ARCHIVIO STORICO RADICALE
Archivio PE
Parlamento Europeo - 6 maggio 1994
Calidad de los productos de la pesca

A3-0289/94

Resolución sobre la política de calidad de los productos de la pesca (SEC(92)0353 - C3-0092/92)

El Parlamento Europeo,

-Vista la comunicación remitida por la Comisión al Consejo (SEC(92)0353 - C3-0092/92),

-Visto el informe de la Comisión de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y la opinión de la Comisión de medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A3-0289/94),

A.Considerando que el consumo de productos de la pesca y de la acuicultura en la Unión Europea ha experimentado una progresión importante en volumen, valor y diversidad en el curso de los dos últimos decenios;

B.Considerando que a pesar de las variaciones de carácter coyuntural, esta tendencia está llamada a persistir;

C.Considerando que el desequilibrio entre una demanda dinámica y una oferta restringida, debido a las limitaciones de los recursos, ha provocado hasta 1992 el alza de los precios del mercado así como un flujo considerable de importaciones, lo que ha dado lugar a una situación de profunda inestabilidad que se refleja en la situación actual de los mercados, caracterizada por una depresión en los precios acompañada de importaciones irregulares y mal controladas;

D.Considerando que este alza de los precios ha alcanzado ahora su límite debido a la competencia de los productos importados y de otros productos alimentarios, así como al desarrollo de la acuicultura; lo que en determinadas regiones de la Unión repercute muy negativamente en los productores;

E.Considerando que la salvaguardia de los ingresos de los pescadores y de la viabilidad de sus empresas está en relación directa con su capacidad para adaptarse a las exigencias de los consumidores, la primera de las cuales es la calidad de los productos pesqueros que se comercializan;

F.Considerando que una calidad superior de los productos implica un aumento relativo del precio de los mismos y una menor necesidad de intervención pública;

G.Considerando que la mejora de la calidad supone de hecho un medio para revalorizar la producción comunitaria y mejorar su competitividad, si bien la percepción de la calidad reside en última instancia en el comportamiento de los consumidores, tal y como lo conciben los profesionales en todo el sector; que, en este sentido, se puede educar a los consumidores en este sentido mediante campañas de promoción adecuadas;

H.Considerando que la relación entre calidad de los productos y preservación de los recursos puede tener aspectos positivos como el uso de artes mas selectivas y que no causen daños al pescado, pero que tiene también aspectos negativos, ya que los recursos sobreexplotados lo son precisamente porque ofrecen las mejoras oportunidades comerciales, y que en algunos casos la demanda se dirige hacia las especies o los individuos mas vulnerables como son los alevines, una situación que tendría que regular la autoridad pública por medio de un control reforzado y de una armonización de las tallas mínimas;

I.Considerando que el desarrollo de la parasitosis debe estudiarse con el máximo rigor, dado que conduce a una desvaloración de los productos y puede ser nefasto para la salud de los consumidores;

J.Considerando los riesgos de concentración de contaminantes químico-orgánicos y radiactivos en las cadenas alimentarias;

K.Considerando la eficacia, generalmente constatada, de las organizaciones interprofesionales, en cuanto a la aplicación de procedimientos y métodos de gestión de la calidad y al fomento de denominaciones de calidad en los sectores, sobre todo agrícolas, donde existen dichas organizaciones;

1.Acoge favorablemente la comunicación de la Comisión y comparte su preocupación por conseguir un enfoque global de la problemática de la calidad;

MEDIO AMBIENTE

2.Considera que la fragilidad del medio ambiente marino, especialmente en ciertas zonas costeras donde se ejerce una actividad tradicional de pesca artesanal, necesita medidas positivas de control y apoyo de la preservación o restauración de la calidad de las aguas, y lamenta el poco éxito de las presentes medidas;

3.Reconoce que la preservación del medio ambiente marino supone el primer paso hacia la obtención de productos de calidad, y recuerda su compromiso en favor de las normas más estrictas posibles en la materia, en relación con la contaminación química, orgánica o nuclear, sea directa o indirecta;

4.Reafirma la necesidad de reglamentaciones y controles rigurosos en el ámbito de las contaminaciones marinas, de sanciones realmente disuasivas en los sectores del transporte marítimo y de medidas de tratamiento de las aguas residuales;

5.Recuerda su insistencia en la necesidad de programas de investigación biológica mas amplios y con suficiente dotación financiera que permitan tener un conocimiento fiable de la situación de los recursos y, particularmente, de los factores ambientales o de otro tipo que influyen en esta situación;

6.Considera que esta preocupación tiene también que reflejarse en la futura política pesquera común para el Mediterráneo ;

REGLAS SANITARIAS

7.Aprueba el principio de que la calidad sanitaria tiene que ser objeto de la mayor vigilancia y exige necesariamente una aplicación rigurosa de reglas sanitarias imperativas, tanto por claras razones de salud pública como por las consecuencias negativas que los incidentes sanitarios pueden tener en la opinión pública; manifiesta su opinión positiva tanto sobre el nivel actual de la reglamentación comunitaria en materia sanitaria, como por lo que se refiere a la eficacia de su aplicación por los Estados miembros;

8.Expresa su deseo de que se realice un programa de investigación ambicioso en relación con el desarrollo de parasitosis de pescados y de toxinas en el marisco;

ORGANIZACI N COMERCIAL

9.Considera que el aprovechamiento óptimo de los productos sólo es posible se puede ejercer en el marco de estructuras de comercialización eficaces y transparentes;

10.Considera que la mejora de la calidad comercial, tanto en la fase de la producción como en todo el proceso de transformación o distribución, debe tender a incrementar el valor añadido del sector y, por consiguiente, a favorecer la obtención de mejores márgenes de explotación por parte de los productores que se orientan en este sentido;

11.Apoya, por consiguiente, las acciones tendentes a incrementar la calidad comercial de los productos y considera que los proyectos en este sentido, tanto los que se refieren a inversiones en buques, artes o equipos de transformación, como los consistentes en acciones de formación profesional, deben beneficiarse de una atención particular a la hora de conceder ayudas comunitarias tanto con cargo al IFOP como con cargo a las iniciativas comunitarias;

12.Recuerda que los productos de la pesca y la acuicultura no constituyen un mercado homogéneo, sino que los distintos productos corresponden a segmentos de mercado con distintas expectativas, y que la definición de los criterios de los niveles de calidad debe basarse en las preferencias de los consumidores, que deberán ser objeto de estudio por los profesionales del sector;

LEGISLACI N

13.Pide a la Comisión que favorezca, tanto por medios legislativos como mediante la utilización de instrumentos estructurales, la aparición de estructuras interprofesionales en el sector, con vistas a definir los objetivos y métodos de mejora de gestión de la calidad, así como para crear y fomentar marcas regionales, nacionales o comunitarias, sin transgredir las disposiciones del artículo 85 del Tratado CE, e inspirándose para ello en las medidas análogas adoptadas en el sector agrícola;

14.Considera que la política de calidad tiene necesariamente una doble vertiente, por un lado a nivel práctico, por ejemplo, a través de acciones que la propicien o la mejoren en el marco de la política estructural con los medios que le proporciona el IFOP, y, por otro lado, a nivel reglamentario mediante el desarrollo progresivo de normas de calidad precisas, elaboradas de modo consensual con la profesión, adaptadas a las verdaderas necesidades del consumidor y, por lo tanto, de obligado cumplimiento en cualquier circunstancia;

15.Se opone, por el contrario, a toda definición arbitraria por vía reglamentaria del concepto de calidad, sus criterios o niveles, cuando dicha definición no se base exclusivamente en las conclusiones de los profesionales;

o

o o

16.Encarga a su Presidente que transmita la presente opinión al Consejo y a la Comisión.

 
Argomenti correlati:
stampa questo documento invia questa pagina per mail