A3-0292/94
Resolución sobre la propuesta que el Parlamento Europeo presenta a la Conferencia Europea sobre el medio ambiente y la salud organizada por la Organización Mundial de la Salud
El Parlamento Europeo,
-Vista la propuesta de resolución presentada por los diputados Collins, Schleicher, Scott-Hopkins e Iversen sobre el medio ambiente y la salud (B3-0227/90),
-Visto el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en particular el artículo 100 A, la letra o) del artículo 3, el artículo 129 y los artículos 130 R a 130 T del Tratado CE,
-Vistos los resultados de la primera Conferencia europea de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre medio ambiente y salud, celebrada del 7 al 9 de diciembre de 1989 en Frankfurt, y a la espera de los nuevos resultados de la segunda Conferencia europea de la OMS que se celebrará en Helsinki, en junio de 1994, sobre el tema "Medio ambiente y salud",
-Vista su Resolución de 19 de noviembre de 1993 sobre la política de salud pública después de Maastricht, que fue adoptada tras la audiencia pública de 3 de junio de 1993,
-Vistas las restricciones que las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas de la Comunidad y las legislaciones en los Estados miembros imponen a la comercialización y utilización de sustancias peligrosas y sus preparados,
-Vista la estrategia de la Unión en materia de política sanitaria esbozada por la Comisión en su documento COM(93) 0559 final, de 24 de noviembre de 1993,
-Visto que el quinto programa de protección de medio ambiente de la Unión Europea requiere nuevos conocimientos sobre el vínculo existente entre el medio ambiente y la salud,
-Vistas las conclusiones del Consejo de 13 de diciembre de 1993, relativas al establecimiento de una red epidemiológica en la Comunidad,
-Visto el artículo 45 del Reglamento,
-Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A3-0292/94),
A.Considerando la creciente importancia que se concede al medio ambiente en el ámbito de la Unión y el papel que se atribuye en los Tratados al Parlamento Europeo a este respecto,
B.Considerando las consecuencias para la salud humana que pueden tener determinados daños en el medio ambiente (destrucción de la capa de ozono, elevación del nivel del mar, cambios climáticos, erosión del paisaje y del suelo, residuos, etc.),
C.Considerando que los atentados contra el medio ambiente o el deterioro del mismo pueden entrañar riesgos genéticos que, en última instancia pueden causar modificaciones en el material genético humano,
D.Considerando que las disposiciones relativas a la protección del medio ambiente han de adaptarse permanentemente al nivel del progreso científico y técnico ("state of the art") y que se han de aplicar según este principio,
E.Considerando que la política ambiental de la Unión Europea se basa en los principios de corrección de los atentados al medio ambiente preferentemente en la fuente misma, así como en el principio de quien contamina paga,
F.Considerando que ni de forma general ni en la política ambiental puede producirse una ausencia total de riesgos,
G.Considerando que los riesgos en los sectores del medio ambiente y la salud revisten diversa importancia y que las medidas han de responder al principio de su estricta correspondencia con el problema y han de ser las necesarias y adecuadas para alcanzar el objetivo previsto,
H.Considerando conveniente que las autoridades políticas dispongan de los instrumentos puedan facilitar el examen del valor de los resultados de la investigación epidemiológica particularmente importantes y que contribuyan a su transparencia,
I.Considerando que la publicación de datos epidemiológicos no confirmados puede provocar la inseguridad y la aparición de criterios erróneos en la población y en los responsables de la salud pública, lo cual puede entrañar consecuencias graves para la sociedad,
J.Considerando que se ha de conceder particular importancia al control de las sustancias químicas y radiactivas que son producidas o utilizadas por los seres humanos y que contribuyen a la contaminación o al deterioro del medio ambiente, todo lo cual tiene consecuencias finalmente también en la salud humana,
K.Considerando que cada vez hay más indicios que ponen de manifiesto los vínculos existentes entre la satisfacción vital y la salud,
L.Considerando que, junto a los indicadores biológicos para el carácter mutagénico (modificación de un gen mediante agentes o sustancias tóxicas), teratógeno (influencias en el feto) y carcinógeno (multiplicación de células cancerosas por agentes o sustancias tóxicas), ha de utilizarse asimismo como criterio de valoración la evaluación del riesgo vinculado a los casos únicos,
M.Considerando que el ser humano permanece aproximadamente un 80% del día en espacios cerrados; que se utilizan de forma generalizada las instalaciones de acondicionamiento de aire, y que resulta esencial la investigación en los ámbitos de la contaminación del aire en espacios cerrados, en particular en lo que se refiere a las enfermedades que pueden ser causadas por instalaciones de acondicionamiento de aire ("síndrome del edificio enfermo, enfermedades relacionadas con los edificios"),
N.Considerando que los científicos examinan la relación entre los contaminantes atmosféricos, procedentes, en particular, de las emisiones del gasóleo, y las enfermedades de las vías respiratorias,
1.Pide que, a la hora de alcanzar de forma concreta los objetivos ambientales y de política sanitaria, se procure respetar el principio de proporcionalidad (correspondencia de la relación medios-objetivos);
2.Pide que, en la investigación de agentes mutágenos, teratógenos y cancerígenos, se tenga aún más en cuenta la valoración global de todos los riesgos sanitarios conocidos;
3.Solicita una investigación más intensiva de las sustancias químicas nuevas antes de que entren en contacto con los seres humanos (toxicología predictiva);
4.Pide una nueva orientación más autocrítica de la política ambiental y sanitaria en la valoración de los llamados riesgos mínimos;
5.Pide, además de las disposiciones existentes, el desarrollo de más estrategias preventivas destinadas a prevenir el cáncer y otras enfermedades, en particular la investigación de la posible influencia de nuevos productos químicos en la aparición de todo tipo de enfermedades por contacto en el lugar de trabajo o en cualquier otro espacio de actividad humana;
6.Solicita una investigación más amplia y de mayor alcance de las relaciones entre los hábitos alimentarios de las personas, sus déficits alimentarios y las consecuencias para la salud vinculadas a estos aspectos, sobre todo en lo referente a la aparición del cáncer;
7.Pide que se examine con más detalle el vínculo existente entre la mortalidad causada por el cáncer, en particular la diferencia existente a este respecto entre hombres y mujeres, y las condiciones de vida y de trabajo en las regiones de Europa;
8.Pide que las políticas de protección del medio ambiente y la salud se concentren en limitar o eliminar riesgos, mediante métodos de trabajo basados en un análisis de los riesgos previo y sistemático y en una valoración de los mismos, realizando para ello un examen de los valores límite existentes y elaborando otros nuevos;
9.Solicita una investigación más profunda de la importancia de las defensas del sistema inmunitario humano frente a la contaminación del medio ambiente;
10.Pide, en lo que se refiere a la investigación biotecnológica, una actitud pragmática con orientación de futuro, que elimine los factores de estrés psíquico de los ciudadanos, de forma que la política tenga en cuenta los temores justificados de la población, pero contribuya asimismo a eliminar los temores injustificados mediante medidas de transparencia e información;
11.Pide que se lleve a cabo en mayor medida una investigación sociológica de las relaciones entre el descontento vital y profesional y la aparición del cáncer y otras enfermedades;
12.Pide que se valoren de forma responsable los resultados toxicológicos y epidemiológicos (estadísticas médicas) para evitar la confusión en la población, así como para garantizar la adopción de medidas más eficaces en el ámbito sanitario;
13.Pide que la investigación epidemiológica en el ámbito de la salud se fomente en el futuro de forma sistemática -en la medida en que sus datos hayan sido explicados claramente- y que de esta manera se puedan utilizar los datos comprobados como base para las decisiones políticas;
14.Pide que se recojan datos epidemiológicos y toxicológicos comparables, y que se fomente el intercambio transfronterizo de datos en Europa, en particular para llevar a cabo una cooperación a largo plazo entre la Agencia de Medio Ambiente de la Unión Europea y la Oficina Regional de la Organización Mundial de la Salud, y acoge con satisfacción el intercambio internacional de datos y estadísticas que se refieren específicamente al medio ambiente y a la salud;
15.Insta a que se lleve a cabo una educación equilibrada de la población en lo que se refiere a la utilización responsable de las sustancias estimulantes y a la forma de actuar sobre el medio ambiente, con objeto de conservar el hábitat humano;
16.Pide que se apoye la adopción de medidas destinadas a mejorar una prevención de las enfermedades;
17.Solicita que se amplíe la formación de los médicos en el ámbito de la medicina ambiental;
18.Se felicita por la aprobación de la Carta europea del medio ambiente y la salud, que supone un primer paso hacia una cooperación más estrecha en este ámbito entre los 32 Estados miembros de la Región Europa de la Organización Mundial de la Salud;
19.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a la Conferencia de la OMS sobre el medio ambiente y la salud, a la Comisión y al Consejo, así como a los Gobiernos de los Estados miembros.