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Parlamento Europeo - 27 ottobre 1994
Presupuesto general para 1995 (a)

A4-0017/94

Resolución sobre el Proyecto de Presupuesto General de las Comunidades Europeas para el ejercicio financiero 1995

Sección III - Comisión

El Parlamento Europeo,

-Visto el anteproyecto de presupuesto presentado por la Comisión (COM(94) 0400),

-Visto el proyecto de presupuesto establecido por el Consejo el 23 de julio de 1994 (C4-0110/94),

-Vistas las propuestas de adaptación de las perspectivas financieras con vistas a la ampliación de la Unión Europea (COM(94)0398),

-Vista su resolución de 24 de marzo de 1994 sobre las orientaciones para el presupuesto de 1995,

-Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de las otras comisiones interesadas (A4-0017/94),

A.Considerando que el presupuesto establecido por el Consejo el 25 de julio de 1994 no respeta el Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993 por lo que se refiere al límite de recursos propios del 1,21% del PNB, sino que se ha elaborado con un límite del 1,20% del PNB,

B.Considerando que ello ha privado de 596 millones de ecus al presupuesto comunitario,

C.Considerando que ello se debe al bloqueo, por parte de un Estado miembro, de la decisión sobre los recursos propios, pues no está dispuesto a cumplir las obligaciones que le incumben en virtud del Derecho comunitario,

D.Considerando que el presupuesto establecido por el Consejo no cumple la condición mencionada en el artículo 1 del Reglamento financiero de aprobar un presupuesto que "prevé y autoriza previamente, cada año, los ingresos y los gastos previsibles de las Comunidades", ya que no tiene en cuenta la previsible ampliación de la Comunidad en 1995,

E.Considerando que, a pesar de que la situación económica de la Comunidad y de sus Estados miembros ha mejorado por encima de las previsiones de principios de 1994, que sirvieron de base para la elaboración del anteproyecto de presupuesto, no obstante, el presupuesto debe ser prudente y permitir que la Comunidad cumpla tanto sus actuales compromisos como sus nuevas obligaciones, de modo que siga desempeñando su función en la consolidación de la recuperación económica de Europa y de modo que permita que la Unión actúe como un interlocutor atento y constructivo en su política exterior y de seguridad común,

Observaciones generales

1.Considera que debe adoptarse un presupuesto que responda a las expectativas de los ciudadanos de la Comunidad ampliada, que tome plenamente en consideración los compromisos del Acuerdo Interinstitucional del 29 de octubre de 1993 asumidos por los Estados miembros en la Cumbre europea de Edimburgo; opina, asimismo, que el presupuesto debería tomar en consideración la actual situación económica de la Comunidad ampliada y las nuevas obligaciones de esta Comunidad;

2.Decide que todos los recibos y demás documentos justificativos relativos al gasto comunitario estén a disposición del Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas y de los Tribunales de Cuentas nacionales;

3.Expresa su deseo de alcanzar un presupuesto completo que respete la legislación en vigor, y, asimismo, el límite de "recursos propios" del 1,21% del PNB; reitera que el presupuesto adoptado debe prever todos los gastos de la Unión ampliada;

4.Insiste en el pago de las multas impuestas a Estados miembros que no respetan la legislación comunitaria,

5.Decide, por consiguiente, aprobar un presupuesto que suponga el equivalente del 1,21% del PNB, incorporando recursos adicionales de hasta 678 millones de ecus respecto al proyecto de presupuesto del Consejo, particularmente en forma de "pagos congelados" temporalmente por un importe de 596 millones de ecus; estos pagos se mantendrán congelados hasta que se ratifique la decisión relativa a los "recursos propios";

6.Acoge con satisfacción la decisión acordada por el Consejo de aumentar los recursos propios de la Comunidad hasta el 1,21% del PNB, a los 22 meses de la decisión de la Cumbre Europea de Edimburgo;

7.Expresa, no obstante, su reserva en lo que atañe a la solución propuesta para el programa de cuotas lecheras e insta a su comisión competente a presentar un informe al respecto;

8.Pide a la otra rama de la Autoridad presupuestaria que inste a los parlamentos nacionales a tomar las decisiones pertinentes respecto de la Decisión del Consejo, de 21 de octubre de 1994, sobre los "recursos propios", aprobada por el Parlamento; declara que los créditos correspondientes se descongelarán en las líneas originales en un presupuesto suplementario y rectificativo, una vez que todos los Estados miembros hayan ratificado la decisión sobre los recursos propios;

9.Considera que es importante subrayar que estos "pagos congelados" no implican ninguna reducción de las políticas y obligaciones ya acordadas en el ámbito de los Fondos estructurales y de la política de fusión controlada;

Revisión de las perspectivas financieras

10.Recuerda que el artículo 24 del Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993 contempla la adaptación de las perspectivas financieras en el momento de la ampliación para tener en cuenta "las necesidades y los medios nuevos" de la Unión Europea ampliada;

11.Considera que desde la entrada en vigor de las perspectivas financieras han surgido nuevas necesidades tanto en las políticas interiores como en las exteriores;

12.Toma nota de la comunicación de la Comisión sobre la adaptación de las perspectivas financieras; pide al Consejo que inicie sin demora las negociaciones con el fin de llegar a un acuerdo antes de finales del mes de noviembre y permitir de este modo que se apruebe el presupuesto para el ejercicio de 1995 respetando los compromisos asumidos en virtud del AII;

13.Manifiesta su aprobación por el hecho de que ya en primera lectura se aprobaran determinados créditos sin perjuicio de la adaptación de las perspectivas financieras;

14.Toma nota de que por lo que se refiere a la categoría 1, los créditos aprobados corresponden a las necesidades previsibles derivadas de la aplicación de la legislación agrícola a los nuevos Estados miembros;

15.Considera necesario, por lo que se refiere a la categoría 2, que los créditos consignados tengan en cuenta el esfuerzo adicional que deberán hacer algunos países con una renta per cápita inferior al 90% de la media de la Comunidad de 16 miembros para alcanzar los parámetros fijados por el Tratado de la Unión;

16.Considera que las previsiones de la Comisión por lo que se refiere a las políticas interiores no se corresponden con las necesidades a que deberá hacer frente la Unión en 1995; de hecho, además del programa para la industria textil de Portugal y la aplicación de las políticas interiores a los nuevos países miembros, la Unión Europea deberá reforzar su compromiso para con el empleo (Libro Blanco), las redes (telecomunicaciones, transportes, energía), las políticas en favor de la calidad de vida de los europeos del mañana, la cultura, la educación y la formación (Sócrates, Leonardo y Juventud con Europa); para terminar, deberá hacerse un esfuerzo particular en favor de las regiones de Irlanda, con el fin de que la Unión preste su contribución a la salvaguardia y la consolidación de la paz;

17.Reconoce la nueva necesidad de apoyar urgentemente el proceso de paz en ambas partes de Irlanda mediante acciones estructurales; recomienda que en las perspectivas financieras se introduzca provisionalmente una financiación extraordinaria destinada a esta nueva necesidad; pide a la Comisión que, en cooperación con los Gobiernos de los países interesados, presente los programas de desarrollo que podrán financiarse una vez que el Consejo haya adoptado las propuestas del Parlamento sobre la revisión de las perspectivas financieras;

18.Considera necesario, por lo que se refiere a las políticas exteriores, el incremento de los créditos para desarrollar una nueva iniciativa de la Unión destinada al sur de Europa (MEDA); aprueba, además, el esfuerzo financiero realizado en favor de la única acción PESC de la Unión, desarrollada en MOSTAR; esta acción ha puesto en evidencia la incapacidad del Consejo para garantizar la financiación de esta acción en el marco de la revisión de las perspectivas financieras; considera que las perspectivas financieras deberían ser más ambiciosas por lo que se refiere a la financiación de la PESC y a una acción de gran alcance de cara a la asistencia económica y técnica a los países de la cuenca mediterránea;

19.Confiere mandato a su comisión competente para el fondo para que inicie las negociaciones con el Consejo con el fin de garantizar una financiación adecuada de la Unión para el período de 1995 a 1999;

Clasificación

20.Recuerda la posición que adoptó respecto a la clasificación de los gastos, y especialmente su resolución de 24 de octubre de 1991, en la que se ducía que el tipo de gasto podía determinarse únicamente en relación con la forma del instrumento jurídico, es decir, el fundamento de la medida, y que, en consecuencia, el carácter obligatorio del gasto no se deriva del objeto en sí sino de la naturaleza implícita del acto legislativo,

21.Toma nota de que el Consejo no ha respondido en ningún momento a las peticiones del Parlamento de 7 de abril de 1994, 7 de julio de 1994 y 25 de julio de 1994 de que tratara de justificar sus determinaciones línea por línea, de conformidad con la reglamentación en vigor; con el fin de facilitar la tarea del Consejo, enmienda los comentarios de líneas concretas para indicar los lugares en los que todo el gasto o parte del mismo tiene un elemento no obligatorio;

22.Reitera su actitud constructiva en materia de clasificación y, como hasta ahora, su voluntad de evitar toda contestación formal una vez que exista un acuerdo sobre los importes que han de consignarse en el presupuesto; pide una vez más al Consejo que inicie un diálogo sobre el carácter de cada línea;

Agricultura

23.Toma nota de que el Consejo ha aceptado modificaciones durante el procedimiento ad hoc establecido por el Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993, pero lamenta que no se hayan tomado debidamente en consideración otras modificaciones;

24.Aprueba la reducción de determinadas líneas presupuestarias sobre las que la Comisión tiene un margen discrecional de apreciación, en los casos en los que el derecho primario vigente no crea la obligación de pagar un importe fijo (automático) a los beneficiarios; recuerda a la Comisión su obligación de ejecutar el presupuesto de acuerdo con los créditos autorizados de conformidad con el artículo 5 del Reglamento Financiero; invita al Consejo, en un espíritu de cooperación, a un diálogo previo a su segunda lectura, con el fin de comprobar los importes consignados y de llegar a un acuerdo al respecto;

25.Aprueba, en particular, las reducciones practicadas en el capítulo B1-30 respecto a las restituciones por determinados productos alimentarios en razón de la parte marginal que estos productos representan en el conjunto del valor del producto final;

26.Hace hincapié en que las medidas de acompañamiento deben transformarse en créditos diferenciados, que permitirían una mejor planificación económica;

27.Considera que la no observancia de las normas y reglamentos comunitarios debe conducir no solamente al reembolso de cantidades indebidas, sino también a la imposición de sanciones, cuyas repercusiones financieras deben contabilizarse en el estado de ingresos del presupuesto;

Fondos estructurales

28.Acoge con satisfacción las decisiones presupuestarias relativas a las iniciativas comunitarias que racionalizan y aumentan la transparencia de las medidas decididas por la Comisión;

29.Lamenta que durante la ejecución del ejercicio 1994 la Comisión no respetara plenamente la voluntad del Parlamento sobre la división de la financiación entre las regiones del objetivo nº 3 y del objetivo nº 4; aprueba el restablecimiento del equilibrio entre estos objetivos posponiendo la financiación de la iniciativa comunitaria ADAPT y anticipando la financiación de las iniciativas para los recursos humanos Now, Horizon y Youthstart:

30.Reitera sus anteriores decisiones de que la financiación de la iniciativa destinada a la modernización de la industria textil portuguesa se funde en el apartado 3 de las perspectivas financieras; hace constar que esta financiación se inicia ya en 1994;

31.Pide a la Comisión que vele por que la definición de los nuevos instrumentos de programación para el período 1991-1999 permita garantizar que el esfuerzo en favor de los recursos humanos aumenta respecto al período anterior; pide a la Comisión que garantice que con la adopción de los nuevos marcos comunitarios de apoyo para los objetivos nº 2 y nº 5b se invertirá la tendencia negativa registrada en las regiones del objetivo nº 1; opina asimismo que la definición de los programas comprendidos en las nuevas iniciativas comunitarias debe proporcionar la mejor ocasión para lograr el objetivo mencionado; pide, finalmente, a la Comisión que, por lo tanto, acompañe cada nueva propuesta con una declaración en la que se describan las repercusiones probables de los medios propuestos en el desarrollo de los recursos humanos; pide que durante la ejecución del presupuesto se presente un análisis de los resultados de este apoyo acrecentado a los recursos humanos;

32.Lamenta que el Consejo haya suprimido los créditos inscritos en el anteproyecto para el programa THERMIE II, en contra del procedimiento de conciliación; manifiesta su satisfacción por el restablecimiento de estos créditos indispensables, entre otras cosas, para las actividades en el ámbito de las energías renovables, que pueden entrar en la fase de comercialización;

33.Manifiesta su satisfacción por el hecho de que, en el marco de la política comunitaria de turismo, se hayan destinado recursos financieros al fomento de una campaña de información sobre el turismo sexual practicado por ciudadanos de la Unión en terceros países;

34.Expresa su esperanza de que la Comisión contemple fórmulas para mejorar las inversiones del sector privado mediante las acciones de los Fondos estructurales;

35.Pide a sus comisiones competentes que comprueben que los créditos aprobados por la autoridad presupuestaria se ejecutan del modo más eficiente posible;

Políticas interiores

36.Aprueba la decisión de restablecer el APP en todos los sectores en los que el Consejo ha procedido a recortes sin justificación; señala, en particular, que ha reforzado los nuevos programas Sócrates y Leonardo, destinados a contribuir a la educación y formación de jóvenes europeos; decide, no obstante, consignar parte de estos créditos en la reserva, a la espera de la adopción del fundamento jurídico, y pide a la Comisión que presente informes periódicamente con el fin de supervisar la coordinación entre los dos programas hasta que el Consejo haya adoptado las enmiendas del Parlamento relativas a los mismos e insiste, asimismo, en que presente un informe antes del 31 de marzo de 1994 para garantizar que no se produce ninguna duplicación entre ambos;

37.Declara que no admitirá la inclusión en el acto legislativo de los importes considerados necesarios en los casos en que el Tratado no lo exija; pide al Consejo que acepte las propuestas de la comunicación de la Comisión a la autoridad presupuestaria (SEC(94)1106 final) e insta al Consejo a que renuncie a la práctica ineficaz de incorporar una estimación de gastos a la legislación; opina que, en lugar de ello, la autoridad presupuestaria debería transformar la ficha de financiación en un instrumento coherente de programación indicativa a medio plazo para las dotaciones presupuestarias de las políticas comunitarias;

38.Aprueba la decisión de dedicar parte de su margen a destacar la importancia del desarrollo de un sistema común de transporte sostenible y destaca especialmente los aspectos de seguridad y de medio ambiente mediante el incremento de los créditos para la seguridad del transporte y del transporte combinado;

39.Se felicita, en lo que respecta a la infraestructura de transporte en la Comunidad, por el hecho de que la definición de los mecanismos para la utilización de los créditos destinados a los distintos medios de transporte se base en el objetivo de una política sostenible; lamenta que el Consejo no plantee una estrategia ecológica en materia de transportes;

40.Afirma que ha garantizado la financiación adecuada de todas las políticas sociales puestas en peligro por las decisiones del Consejo;

41.Expresa su apoyo a los tradicionales valores europeos de tolerancia, comprensión de las diferentes culturas y respeto por la gran diversidad de creencias y religiones; decide, por consiguiente, apoyar las medidas destinadas a desarrollar y ampliar el debate sobre la evolución de la sociedad europea, debate fundado en las grandes tradiciones filosóficas y religiosas europeas y destinado a examinar el significado y la dirección de la construcción europea en un período de rápidos cambios;

42.Decide asimismo promover la solidaridad con los excluidos a escala nacional e internacional con el fin de fomentar la tolerancia, la diversidad cultural, el aprendizaje intercultural y la lucha contra el racismo y el antifeminismo y fijar, más allá de la comunidad política y económica, una orientación para la Unión Europea y sus habitantes;

43.Se congratula de que la política de investigación continúe desarrollándose gracias a la mejora de los procedimientos de toma de decisiones y la racionalización de la financiación del Cuarto programa-marco, así como el refuerzo del vínculo entre investigación e industria; recuerda que está a favor de proseguir la investigación en el ámbito de la fusión termonuclear en el marco de este programa;

44.Pide con insistencia una gestión más profesional de la política de información de la Comunidad; pide a la Comisión que prepare un informe sobre la reorientación de esta política e invita a su comisión competente a seguir este asunto;

Cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior

45.Considera que también debe financiarse con recursos comunitarios (una parte de) la cooperación en el ámbito de la justicia y de los asuntos de interior y pide al Consejo que considere la posibilidad de adoptar una decisión sobre la financiación de la cooperación en el ámbito de la justicia y de los asuntos de interior en virtud del primer guión del segundo párrafo del segundo apartado del artículo K.8 y que se ponga en contacto con el Parlamento Europeo a este respecto.

Políticas exteriores

46.Reconoce que la ejecución y la gestión de los programas Phare y Tacis han mejorado tras las recomendaciones del Parlamento sobre descentralización y contenido local y que la evaluación de los resultados de los proyectos se ha hecho más sistemática; acoge con satisfacción los progresos realizados;

47.Aprecia los esfuerzos que ha realizado la Comisión para asociar al Parlamento al proceso de revisión preparatoria con vista al lanzamiento de nuevas propuestas en la Cumbre Europea de Essen; expresa, no obstante, su preocupación en lo que atañe a los controles financieros oficiales y acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de presentar al Parlamento Europeo informes trimestrales regulares sobre el programa Phare en los que se especifiquen las asignaciones de créditos por país y sector;

48.Considera que la ampliación de la Comunidad reforzará probablemente la necesidad de una iniciativa mediterránea que reúna a los países del espacio mediterráneo en sentido amplio en el marco de programas de ayuda técnica, de cooperación en materia de investigación y desarrollo y de formación y empleo; propone que esta nueva necesidad se refleje en las perspectivas financieras;

49.Acoge con satisfacción, por consiguiente, la decisión presupuestaria de lanzar un nuevo programa mediterráneo (MEDA) que subraye el compromiso económico de la Comunidad respecto a la Europa del Sur y sus vecinos; acoge con satisfacción la decisión de la Comunidad de lanzar la iniciativa relativa a la cuenca del Mediterráneo y confía en que la Cumbre Europea de Essen apoye sin reservas esta acción; declara que sigue apoyando el proceso de paz en Oriente Medio;

50.Acoge con satisfacción los mayores esfuerzos realizados para fomentar el proceso de reconstrucción y desarrollo en Sudáfrica tras las elecciones democráticas que se celebraron en abril de 1994; decide financiar un programa que ayude a consolidar el desarrollo económico y la democracia en ese país;

51.Expresa su voluntad de proporcionar ayuda económica y de otro tipo a las regiones en desarrollo del mundo y a las poblaciones que sufren hambre, guerra, enfermedades y otras crisis graves, aunque es consciente de que el proceso de toma de decisiones de la comunidad internacional es a veces lento e inadecuado ante la gravedad de una crisis como la de Rwanda;

52.Acoge con satisfacción la continuidad de la normalización en Chile y hace constar que la forma de su ayuda a ese país se modificará a medida que siga mejorando la situación;

53.Acoge con satisfacción el hecho de que, el año pasado, la Oficina Europea de Ayuda Humanitaria de Urgencia (ECHO) haya firmado con sus principales interlocutores acuerdos marco de cooperación que han contribuido a acelerar la capacidad de reacción de la Unión Europea en asuntos relacionados con la ayuda humanitaria;

54.Propone que la política exterior y de seguridad común de la Unión, con sus primeras decisiones sobre las acciones que han de realizarse, sea debidamente establecida mediante créditos inscritos en líneas separadas en el capítulo B8 del presupuesto, con un importe inscrito en la reserva para acciones planeadas e imprevistas;

55.Toma nota del esfuerzo preciable realizado para garantizar la financiación con cargo al presupuesto comunitario de la acción común decidida por los Estados miembros en favor de MOSTAR, sobre todo teniendo en cuenta la incapacidad de estos mismos Estados miembros para garantizar la financiación de su acción; recuerda, no obstante, que, en la medida en que el presupuesto de la Unión garantice la financiación, los créditos sólo podrán desbloquearse con el consentimiento de la autoridad presupuestaria respecto a su utilización y con la participación y gestión de la acción por la Comisión;

56.Hace constar su voluntad de crear una nueva línea prespuestaria destinada, de conformidad con la Conferencia de Río, a garantizar la participación de la Unión Europea en el Fondo Mundial para el Medio Ambiente, a diferencia del Consejo que desea limitar tal participación a los Estados miembros con carácter individual;

57.Considera conveniente iniciar una reflexión con el fin de revisar la estructura de la nomenclatura presupuestaria de las acciones exteriores de la Unión con vistas a la preparación del presupuesto 1996;

58.Decide pedir a las comisiones parlamentarias competentes que examinen la presentación de la categoría 4 del presupuesto para que refleje mejor el cambio de énfasis de la política exterior de la Unión Europea, modificada por el Tratado de la Unión Europea, y con el fin de que la Comisión de Presupuestos pueda presentar al Parlamento Europeo capítulos revisados en la categoría 4 para el presupuesto de 1996 y ulteriores presupuestos;

Gastos administrativos

59.Considera que las instituciones deben disponer de medios para funcionar eficazmente y cumplir con las obligaciones que les corresponden en virtud del Tratado de la Unión Europea;

60.Considera que el refuerzo de los recursos humanos de la Comisión es una de las prioridades del presupuesto de 1995, en particular en los sectores anti-dumping, de las medidas destinadas a aplicar las conclusiones del Libro Blanco sobre el crecimiento, la competitividad y el empleo y del control financiero sobre el uso de los Fondos estructurales y de otro tipo; acoge con satisfacción las decisiones que prevén la inscripción en la reserva de créditos para 210 nuevos puestos; recuerda la importancia de estos puestos que, entre otras cosas, permitirán, por una parte, consolidar la acción anti-dumping -que necesitará al menos 118 nuevos puestos (permanentes y temporales), en dos tramos, el segundo en 1996- y, por otra parte, reforzar las delegaciones exteriores, sobre todo en los países en los que la Comunidad financia asistencia técnica o apoyo al desarrollo económico y social; señala que al menos 12 nuevos puestos deberán atribuirse a estas nuevas delegaciones en 1995; pide a la Comisión que presente un inf

orme al Parlamento, antes del 31 de diciembre de 1995, sobre el funcionamiento de estas delegaciones exteriores;

61.Anima a la Comisión a continuar convirtiendo créditos en puestos con vistas a reforzar su autonomía y su independencia; apoya los esfuerzos que realiza para redistribuir su personal entre servicios basados en las nuevas prioridades políticas; pide que, en el curso del primer trimestre de 1995, se presente un informe a la autoridad presupuestaria sobre la atribución de nuevos puestos financiados en 1995 y sobre la movilidad;

Misiones específicas

62.Toma nota de las enmiendas aprobadas en la parte A-3 del presupuesto; considera positivo que el presupuesto de la Unión pueda financiar un mayor número de actividades vinculadas al desarrollo de la idea europea; considera indispensable, no obstante, que, antes de la presentación del APP de 1996, la Comisión presente a la autoridad presupuestaria un informe sobre la evaluación de las actividades de todos los organismos beneficiarios de una subvención comunitaria, con el fin de realizar una evaluación coste/eficacia de las diferentes misiones financiadas a cargo de esta partida; pide a la Comisión que presente criterios claros y operativos destinados a los beneficiarios de tales subvenciones;

Cooperación interinstitucional

63.Expresa su preocupación por el bajísimo nivel de cooperación interinstitucional en materia administrativa y de personal; expresa su total insatisfacción ante la falta de imaginación y el despilfarro que caracterizan las orientaciones propuestas por el Consejo Europeo y apoyadas por la Comisión en lo que se refiere al nuevo centro de traducción, el cual debería poder estar al servicio de todas las instituciones y no solamente de las agencias especializadas; hace hincapié en que los fondos destinados a futuros servicios de traducción (sean internos o externos) se bloqueen hasta que la Comisión presente un programa global eficaz respecto a los costes y hasta que dicho programa sea aprobado por la Autoridad presupuestaria;

64.Insta a la Comisión y al Parlamento a organizar sus oficinas de información y representación en dependencias comunes en los nuevos Estados miembros y a perseguir como objetivo que éste sea el caso en todos los Estados miembros antes del año 2000;

65.Encarga al Consejo y a la Comisión que adopten disposiciones prácticas significativas en el sentido de una cooperación interinstitucional constructiva y útil, de manera que se reduzca la proporción de gastos administrativos en el presupuesto global y se incremente aún más la eficacia de la función pública Europea;

66.Expresa su determinación a no seguir comprometiendo el dinero de los contribuyentes el apoyo a agencias mal concebidas y burocracias lejanas y aisladas que no responden ante ninguna autoridad electa y que son resultado de un espíritu localista nacional o institucional;

Agencias especializadas

67.Lamenta que los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo prosigan una política que consiste en crear una multiplicidad de agencias e instituciones nuevas dotadas de servicios independientes, cuya independencia rara vez está justificada, y que suponen una carga para el presupuesto; recuerda a los Estados miembros que son sus propias decisiones mal concebidas las que han alimentado este crecimiento burocrático;

68.Recuerda que es indispensable que la autoridad presupuestaria pueda ejercer un control a priori sobre todos los compromisos financieros susceptibles de tener una incidencia directa o indirecta en el presupuesto comunitario;

69.Destaca los problemas sociales planteados por la transferencia de la sede del CEDEFOP de Berlín a Salónica y pide a la Comisión que presente urgentemente propuestas concretas sobre este asunto;

70.Pide a todos los representantes de la Comisión en los Consejos Administrativos que presenten previamente a la autoridad presupuestaria los proyectos de decisiones de las agencias que puedan tener una incidencia directa o indirecta significativa en el presupuesto de la Unión;

Escuelas europeas

71.Pide a los órganos directivos y administrativos de las Escuelas europeas que continúen el impulso de las reformas, en particular en lo que se refiere a los compromisos adoptados en los dos últimos años; insta a las Escuelas a que apliquen un régimen de compensación fiscal que sitúe a los profesores en igualdad de condiciones; pide a los Estados miembros que cumplan sus compromisos de proporcionar infraestructuras escolares adecuadas y asuman, mediante la remuneración nacional de base, una parte mayor de la carga financiera que representan las remuneraciones de los profesores, incluidos los profesores a tiempo parcial;

72.Decide dividir las líneas presupuestarias relativas a las Escuelas europeas de forma que se establezca una línea que incluya en el presupuesto todos los ingresos del ejercicio y la reserva no presupuestada; recomienda que se revise el reglamento financiero de las escuelas de forma que se excluya la posibilidad de tales reservas no presupuestadas;

La ampliación

73.Constata que el presupuesto de 1995, tal como ha sido aprobado en primera lectura, prevé créditos relacionados directamente con la ampliación de la Comunidad; es consciente, por otra parte, del hecho de que estas previsiones deberían revisarse tras la ampliación y, por lo tanto, considera necesario que se presente a la autoridad presupuestaria un presupuesto suplementario y rectificativo durante el año 1995;

Nueva utilización de créditos

74.Constata que las previsiones de nueva utilización de créditos autorizadas en el presupuesto no siempre corresponden a la ejecución observada en el ejercicio n-2; considera que debe presentarse un análisis más fiable y que deben hacerse mayores esfuerzos en los sectores en que estos ingresos pueden ser incrementados (por ejemplo, publicaciones);

Ingresos

75.Reafirma su voluntad de inscribir todos los ingresos previsibles en el momento de la aprobación del presupuesto, especialmente los impuestos de nuevos puestos financiados en el presupuesto de 1994 y en lo que se refiere a las nuevas utilizaciones;

76.Considera que es necesario inscribir en la parte "ingresos" del presupuesto todas las sanciones que los particulares o Estados deban pagar a la Comunidad; considera que esto debe aplicarse también al respeto de los reglamentos en materia agrícola, especialmente el relativo a las cuotas lecheras, cuyo incumplimiento debe comportar una sanción que debe imputarse a la línea B1-370;

Créditos inscritos en la reserva

77.Subraya su intención de mantener un cierto control presupuestario y mejorar la transparencia política mediante la inscripción en la reserva de determinados créditos, tales como:

-Sócrates y Leonardo - por ausencia de fundamento jurídico

-Fusión termonuclear - por ausencia de fundamento jurídico

-210 nuevos puestos - a la espera de propuestas relativas a la jubilación anticipada

-12 puestos, a la espera de que se pongan en marcha las iniciativas para establecer delegaciones en Sri Lanka y Nicaragua

-Foro de migrantes - con vistas a reforzar las actividades de este organismo, así como una representación más democrática;

-Fondo Europeo de Inversiones - se pide a la Comisión que presente un informe sobre los resultados de la actividad de este fondo.

78.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a las instituciones y organismos comunitarios correspondientes.

 
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