Radicali.it - sito ufficiale di Radicali Italiani
Notizie Radicali, il giornale telematico di Radicali Italiani
cerca [dal 1999]


i testi dal 1955 al 1998

  RSS
mer 30 apr. 2025
[ cerca in archivio ] ARCHIVIO STORICO RADICALE
Archivio PE
Parlamento Europeo - 14 dicembre 1994
Situación de la familia

B4-0471, 0475, 0477, 0478 y 0481/94

Resolución sobre la protección de las familias y unidades familiares al final del Año Internacional de la Familia

El Parlamento Europeo,

-Vistas las conclusiones sobre tendencias demográficas, cambios en las estructuras sociales y nuevas exigencias a los sistemas de protección social de la reunión informal de ministros de la Unión Europea encargados de la política familiar celebrada en Berlín el 15 de septiembre de 1994,

-Visto el informe que prepara la Comisión sobre cambios demográficos en la Unión,

-Vista su Resolución de 9 de junio de 1983 sobre la política familiar en la Comunidad Europea,

-Vista la Resolución del Consejo de 29 de septiembre de 1989 sobre la lucha contra la exclusión social,

-Vista la propuesta de la Comisión sobre el nuevo programa Pobreza 4 y la Resolución del Parlamento de 27 de octubre de 1994 sobre un programa de acción a medio plazo para luchar contra la exclusión social y promover la solidaridad (1994-1999),

-Vista su Resolución de 11 de junio de 1986 sobre las agresiones a la mujer,

A.Considerando que está llegando a su fin el Año de la Familia proclamado por las Naciones Unidas y la Unión Europea,

B.Considerando que, de conformidad con el principio de subsidiariedad, son los Estados miembros los que son responsables en primera línea de una política familiar eficiente,

C.Considerando que más de 50 millones de ciudadanos de la Unión viven por debajo del nivel de pobreza; que, por consiguiente, se encuentran marginalizados y excluidos,

D.Considerando que en la Unión hay más de 17 millones de personas en paro y que el número de personas sin hogar se calcula en más de 3 millones,

E.Considerando la acentuación del proceso de exclusión social, debido en parte a cambios sociales estructurales que deben evaluarse y tenerse plenamente en cuenta,

F.Considerando que la dificultad de acceso al mercado de trabajo es un factor determinante en este proceso de exclusión; que unos modelos de trabajo rígidos obstaculizan, en particular, el acceso de las mujeres al mercado de trabajo,

G.Considerando que el desempleo y la pobreza son factores que contribuyen especialmente a disfunciones familiares como la violencia en el hogar contra las mujeres y los malos tratos a los niños,

H.Considerando que resulta necesario, para realizar la libre circulación garantizada por el Tratado CE y el mercado interior europeo, que se tengan en cuenta a nivel europeo los aspectos del Derecho de la familia y del Derecho social que podrían menoscabar la libertad de establecimiento,

I.Considerando que las familias y estructuras familiares han cambiado en Europa y que la convivencia es mucho más diversa en los últimos años, siendo muchos los jóvenes que viven en uniones no matrimoniales antes de fundar una familia y que muchas veces viven con sus hijos sin estar casados,

J.Considerando que es de interés para los Estados y las instituciones apoyar a las familias y crear un clima convivial para éstas, con objeto de que las personas puedan realizar su deseo de vivir con hijos,

K.Convencido de que las aportaciones de la familia en la educación de los hijos y en el cuidado de los familiares de edad y discapacitados son inmensa.

L.Convencido de que la familia, al asumir la responsabilidad de la educación de los hijos y la protección y la seguridad que ofrece a sus miembros, supone un alivio considerable para la sociedad y crea unas condiciones óptimas para una convivencia en sociedad,

M.Observando que en algunos Estados miembros este debate ya ha dado como resultado una reforma de la legislación en los ámbitos de la familia, la fiscalidad, el derecho de adopción y el derecho de sucesión,

N.Considerando que, en su interpretación del derecho a la vida familiar establecido en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado reiteradamente que son posibles diferentes interpretaciones de "familia",

1.Está convencido de la necesidad de satisfacer las exigencias de igualdad de oportunidades para las mujeres en lo que se refiere al acceso al mercado de trabajo, proporcionando las suficientes facilidades para el cuidado de los niños, mejores oportunidades de formación, educación continua, aprendizaje permanente y protección social eficaz, factores cruciales todos ellos para que funcionen adecuadamente las unidades familiares;

2.Lamenta la no aplicación de las directivas sobre trabajo parcial y licencia parental, ya que son elementos legislativos esenciales para una mejor conciliación del trabajo y de la vida familiar;

3.Lamenta asimismo la falta de una directiva sobre el cuidado de los niños que aplique la recomendación del Consejo sobre cuidado de los niños e insta a que se presente una propuesta de directiva cuando se revise esta recomendación en 1995; pide a la Comisión que tenga en cuenta las recomendaciones formuladas en su resolución de 19 de abril de 1991 sobre el cuidado de los niños y la igualdad de oportunidades;

4.Considera que las medidas destinadas específicamente a las familias monoparentales deben centrarse en encontrar soluciones que liberen al progenitor que cuide de los niños de las presiones de penuria económica; que las disposiciones en materia de salarios mínimos y de seguridad social deben asegurar que los ingresos son adecuados a las necesidades de la familia;

5.Considera que un enfoque exhaustivo de la política familiar debe incluir un compromiso sobre formas y métodos de trabajo razonables y flexibles, sin perjuicio de los derechos o condiciones de empleo, permitiendo así una combinación óptima del trabajo y la vida familiar;

6.Celebra que se haya iniciado un intercambio de experiencias y de opiniones entre los Estados miembros y espera que aquél también tenga en cuenta problemas clave dentro del gran espectro de la política familiar;

7.Pide que se convierta en parte integrante de todas las medidas comunitarias una política y una iniciativa positiva y constructiva para tener en cuenta las necesidades de la familia;

8.Pide que se tengan mejor en cuenta las actividades no remuneradas de uno de los padres en el ámbito de la educación de los hijos o del cuidado de familiares en los regímenes de seguridad social

9.Propone que la Comisión elabore además un programa de acción con las siguientes prioridades:

-continuación de la investigación en los ámbitos de la medicina, sociología, psicología y pedagogía, para que los Gobiernos y los Parlamentos pero también la sociedad puedan comprender todos los aspectos de la vida familiar de nuestros días,

-organización de reuniones que prevean la participación de los interlocutores sociales y de organizaciones especializadas, así como iniciativas prácticas, con objeto de que la vida económica y social se adapte mejor a la vida familiar y que exista una mayor compatibilidad de las tareas familiares y de la actividad profesional;

10.Insiste en la necesidad de adaptar, tanto en el ámbito nacional como europeo, la legislación sobre la familia a la evolución del papel y de la estructura de la familia moderna,

11.Afirma una vez más que el derecho a la vida de familia implica el derecho a la reagrupación familiar de los trabajadores migrantes;

12.Insta a la Comisión a que presente propuestas para eliminar las disposiciones de carácter restrictivo de la política agrícola común que se aplican a los cónyuges legales;

13.Insta a la Comisión a que dedique la misma atención a toda forma duradera de convivencia en relación con la lucha contra la pobreza, la ayuda a los minusválidos, las iniciativas en materia de empleo y el desarrollo de los recursos humanos;

14.Insta a la Comisión a que tenga especialmente en cuenta los intereses del niño como miembro más vulnerable de la familia y a que fomente y apoye la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño en todos sus ámbitos de funcionamiento;

15.Lamenta el bloqueo del IV Programa contra la Pobreza;

16.Considera que deben adoptarse medidas de neutralidad fiscal y de beneficios compensatorios de la seguridad social para apoyar a las personas que opten por la interrupción total o parcial de su vida laboral por razones de familia;

17.Considera que se deben crear y fomentar servicios destinados a ayudar a las familias en dificultades, lo que contribuiría a proporcionar un medio estable a las familias con niños, y pide con insistencia que la Comisión tome medidas en favor de las familias en situación precaria o de exclusión, en particular en materia de derecho a la vivienda, para que todos puedan beneficiarse de unas condiciones de vida dignas;

18.Pide de nuevo a la Comisión que presente una resolución al Consejo sobre la movilidad profesional y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres;

19.Insta a que se aprueben y apliquen las directivas pendientes sobre la licencia parental y el trabajo a tiempo parcial;

20.Pide a la Comisión que examine la posibilidad de realizar una campaña en la Unión Europea contra la violencia en el hogar y una campaña a escala europea contra los malos tratos a los niños en cualquiera de sus formas;

21.Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo y a la Comisión.

 
Argomenti correlati:
stampa questo documento invia questa pagina per mail